El Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna de la Organización Mundial de la Salud (en adelante, el Código) es un instrumento fundamental que aborda la comercialización y promoción de productos diseñados para sustituir la lactancia materna. Su creación responde a la necesidad de apoyar la salud infantil y prevenir prácticas de comercialización inescrupulosas y predatorias que pueden socavar la lactancia materna.

Origen y Propósito del Código
El Código fue adoptado por la Asamblea Mundial de la Salud (AMS), el órgano político de la Organización Mundial de la Salud, en 1981. Este documento se basa en una publicación compilada originalmente por Helen Gray y ha sido objeto de análisis continuo.
El objetivo principal del Código es: "contribuir a proporcionar a los lactantes una nutrición segura y adecuada, protegiendo y fomentando la lactancia materna y garantizando el uso correcto de los sustitutos de la leche materna, cuando sean necesarios, sobre la base de una información adecuada y mediante una comercialización y distribución apropiadas."
Así, el Código busca proteger a todas las madres y a sus bebés de las prácticas inapropiadas de comercialización de las fórmulas comerciales infantiles, prohibiendo su promoción, así como la de biberones y tetinas. Además, busca asegurar que las madres reciban información adecuada y objetiva por parte del personal de salud. Antecedentes útiles sobre el Código se pueden encontrar en el sitio web de IBFAN, y su historia y análisis han sido detallados por Sami Shubber en 2011, con un prólogo de Sir Robert Jennings, expresidente de la Corte Internacional de Justicia.
Alcance y Contenido Principal
El Código abarca la comercialización y promoción de productos destinados a sustituir la lactancia materna, incluyendo lactantes, leches ‘de seguimiento’, chupetes y biberones. Consiste en 11 artículos adoptados en 1981 y una veintena de resoluciones posteriores que forman parte integrante del mismo. Estas resoluciones subsecuentes y relevantes de la AMS han clarificado, actualizado y ampliado el Código.
El Código establece un marco estricto de los procedimientos publicitarios relacionados con este tipo de productos, con el fin de garantizar que los padres dispongan de información adecuada e independiente de cualquier asunto comercial para decidir sobre la alimentación de sus hijos.
La industria que elabora fórmulas comerciales infantiles no debe, entre otras cosas, realizar las siguientes prácticas:
- Dar suministros de fórmulas comerciales de forma gratuita o a bajo coste a las instalaciones sanitarias.
- Promover sus productos al público o al personal de la salud.
- Utilizar imágenes de bebés en sus fórmulas infantiles, biberones o tetinas.
- Dar regalos a las madres o trabajadores de la salud, incluyendo financiación para la formación de estos.
- Dar muestras gratuitas de sus productos a las familias.
- Exponer o distribuir materiales promocionales (calendarios, bolígrafos, etc.) en las instalaciones de los centros asistenciales.
- Promover alimentos infantiles o bebidas para lactantes menores de 36 meses de edad.
Desafíos en la Implementación y Cumplimiento
El Código es una Resolución de la Asamblea Mundial de la Salud, lo que significa que es una recomendación para que las naciones aprueben legislación para implementar sus orientaciones y hacerlas ejecutables. Sin embargo, no existe ninguna sanción legal si una nación no implementa una resolución que adoptó. Como resultado, excepto en muy pocos países que han incluido algunas partes del Código en la legislación, no hay forma de penalizar a ningún fabricante o distribuidor de fórmula u otros productos cubiertos por el Código si no cumple con sus obligaciones.
A pesar de que los estados miembros de la Unión Europea deberían implantar mecanismos sólidos para vigilar el cumplimiento del Código, se observa que las compañías productoras de fórmulas comerciales infantiles siguen sin cumplirlo. Un estudio sobre “Violaciones al Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de Leche Materna en México” en 2017 ya identificó múltiples infracciones.
La serie The Lancet 2023 sobre lactancia materna analiza cómo los gobiernos y la salud pública ignoran o no valoran la lactancia materna, y expone cómo la industria de las fórmulas lácteas comerciales explota las inseguridades de las mujeres y los padres en estrategias de marketing predatorias. En una serie de tres artículos publicados en The Lancet en 2023, se explica que las estrategias publicitarias empleadas por las empresas que fabrican preparaciones para lactantes son abusivas y que es necesario adoptar medidas urgentes para combatir sus injerencias políticas y la información engañosa que difunden. En particular, Estados Unidos aún no ha legislado el Código, en parte debido a la primera enmienda de su Constitución sobre la libertad de expresión, aunque el gobierno puede restringir declaraciones falsas o engañosas.
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Actualizaciones y Adaptación a Nuevos Contextos
Cada dos años, la Asamblea Mundial de la Salud (AMS) revisa los cambios en la industria, como las comunicaciones y otros avances tecnológicos que permiten nuevos medios para llegar a las familias a través de la publicidad. La AMS analiza cualquier cambio en la comercialización de sucedáneos de la leche materna que pueda ser necesario abordar para la protección de la salud y el desarrollo de los lactantes y niños pequeños. Una versión actualizada del Código, publicada en 2020, analiza las normas que rigen la comercialización de sucedáneos de la leche materna, prestando especial atención a la actividad comercial de las fórmulas infantiles en las plataformas digitales.
En la actualidad, la actividad comercial de las fórmulas comerciales infantiles utiliza plataformas digitales y datos individuales para realizar técnicas de difusión más personalizadas, aumentando su influencia y capacidad de alcance tanto al usuario como al personal sanitario y a las entidades reguladoras. Los entornos digitales se están convirtiendo rápidamente en la principal fuente de exposición a la promoción de los sustitutos de la leche materna en todo el mundo. El marketing digital amplía el alcance y el poder de la publicidad y otras formas de promoción en estos entornos, y la exposición al marketing digital aumenta la compra y el uso de sustitutos de la leche materna.
A la luz de estos elementos, la 75.ª Asamblea Mundial de la Salud (2022) pidió a la OMS que elaborara directrices para los Estados miembros sobre medidas reglamentarias destinadas a restringir la comercialización digital de los sucedáneos de la leche materna.
Impacto y Relevancia
La práctica de la lactancia materna es crucial para el correcto desarrollo de los lactantes y niños pequeños y se ve amenazada por la comercialización abusiva y engañosa destinada a promover la venta de sucedáneos de la leche materna, biberones y tetinas. La lactancia materna es una forma normal de alimentar al bebé durante toda su vida, protegiéndolo de enfermedades y muertes. Según un estudio internacional, cada año se podrían evitar 100 000 muertes infantiles en la India si las prácticas de lactancia fueran adecuadas. En el caso de la COVID-19, la lactancia materna puede proteger tanto a los bebés como a las madres gracias a sus anticuerpos.
Además, esta promoción inadecuada socava las prácticas óptimas de alimentación de lactantes y niños pequeños, incluida la lactancia materna y una alimentación complementaria segura y adecuada, poniendo en riesgo la supervivencia, el crecimiento y el desarrollo del niño. También puede contribuir al creciente problema de salud pública que suponen el sobrepeso y la obesidad infantil, que pueden conducir no solo a la mortalidad prematura por enfermedades no transmisibles (ENT), sino también a resultados adversos para la salud a lo largo de toda la vida. En Europa Oriental y Asia Central, el número de niños menores de cinco años con sobrepeso ha aumentado de 1,6 millones en 2000 a 4,5 millones en 2016.
El Comité de los Derechos del Niño (CDN) considera que la aplicación del Código Internacional es una de las medidas que permiten a los Estados cumplir sus obligaciones con respecto a los derechos del niño, y más concretamente el derecho del niño al disfrute del más alto nivel posible de salud (artículo 24 de la Convención sobre los Derechos del Niño). Los expertos en derechos humanos de las Naciones Unidas han recordado a los Estados sus obligaciones de “adoptar todas las medidas necesarias para proteger, promover y apoyar la lactancia materna, y poner fin a la promoción inadecuada de sucedáneos de la leche materna y otros alimentos destinados a lactantes y niños pequeños de hasta 3 años de edad”.

Iniciativas de Apoyo y Monitoreo
En 2021 se cumplieron 40 años del Código, ocasión en la que se organizó un evento para revisar la situación actual, los avances y las necesidades de mejora, entre UNICEF, la OMS y 25 agencias que conforman el Global Breastfeeding Collective. Este evento puso de manifiesto que, aunque se ha hecho un avance importante en lactancia, se sigue permitiendo que las empresas fabricantes de sucedáneos de leche realicen prácticas comerciales irregulares con la complicidad de profesionales de la salud.
Para ayudar a los países a reforzar sus esfuerzos para aplicar plenamente el Código, la OMS y UNICEF organizaron el primer Congreso Mundial sobre la aplicación del Código de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna, celebrado del 20 al 22 de junio de 2023. Delegados de más de 100 países se reunieron en la sede de la OMS para reforzar la protección de la lactancia materna.
Los informes sobre el estado de implementación del Código son publicados cada dos años por la OMS, UNICEF e IBFAN. La World Breastfeeding Trends Initiative (WBTi) incluye desde 2005 en su evaluación el estado de implementación del Código en el país donde se realiza la auditoría, siendo este el indicador 3 de un total de 10. La Iniciativa Hospital Amigo del Niño (IHAN) destaca la importancia del cumplimiento del Código en la revisión de sus criterios de 2018 al estipular que es necesario “Cumplir plenamente con el Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna y las resoluciones posteriores de la AMS pertinentes al tema.”
Es responsabilidad de todos -gobiernos, fabricantes, minoristas, el mundo de la salud y del cuidado- monitorear el cumplimiento del Código y señalar a los responsables en cada país. Las organizaciones no gubernamentales, las asociaciones profesionales, las instituciones y las personas interesadas tienen la responsabilidad de denunciar las infracciones del Código a los industriales implicados y a la autoridad nacional competente.
Otros Productos Cubiertos: El Caso de los Sacaleches
El sacaleches es un instrumento que permite continuar con la lactancia materna cuando se produce una separación entre la madre y el niño. Puede facilitar el inicio de la lactancia o compensar una disminución debida a diversos problemas maternos, ofreciendo mayor flexibilidad. Aunque se valora la amplia gama de productos disponibles en el mercado, GIFA, como miembro de la red IBFAN, expresa sus reservas sobre la publicidad invasiva de los productos y herramientas relacionados con la lactancia materna. Es importante tener en cuenta que el objetivo de las empresas es ante todo comercial. IBFAN no está en contra de los sacaleches, sino contra la comercialización (predatoria o no) de los mismos. Si los sacaleches fueran utilizados estrictamente por quienes los necesitan, no habría objeción; lamentablemente, esto no siempre ocurre debido al marketing de las empresas.
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