Las familias numerosas pueden aplicar una deducción por familia numerosa en la declaración de la renta o cobrar el importe de forma anticipada mes a mes. El Modelo 143 de la Agencia Tributaria es el formulario administrativo que permite solicitar este abono anticipado, facilitando un alivio económico constante sin tener que esperar a la presentación anual del IRPF.

¿En qué consiste esta ayuda económica?
El Modelo 143 permite solicitar el abono anticipado de la deducción por familia numerosa, por ascendientes o descendientes con discapacidad a cargo, o por tener a cargo a un cónyuge con discapacidad. Las cuantías son significativas:
- Categoría general: hasta 1.200 euros al año (100 € al mes).
- Categoría especial: hasta 2.400 euros al año (200 € al mes).
Esta deducción aumenta según lo hace el número de hijos. En el caso de familias numerosas de categoría especial con 5 hijos (o 4 hijos si uno tiene discapacidad, ya que cuenta como 2), el importe asciende a 200 € al mes. Además, la deducción se incrementa 50 € al mes por cada hijo que exceda del número mínimo requerido para ser familia numerosa de categoría general o especial.
Adhesión a solicitud colectiva (resto de solicitantes). Modelo 143
Requisitos para solicitar el abono anticipado
Para poder acceder a esta ayuda, es imprescindible cumplir con una serie de condiciones establecidas por la normativa:
- Título oficial: Estar en posesión del título vigente de familia numerosa emitido por la Comunidad Autónoma donde resides.
- NIF: Todos los solicitantes, incluyendo los titulares de la familia numerosa y los descendientes o ascendientes reflejados en la solicitud, deben tener un Número de Identificación Fiscal (NIF).
- Cotización: El requisito principal es realizar una actividad por cuenta propia o ajena, estar dado de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad y cumplir con los plazos mínimos de cotización.
Nota: Si estás en paro, eres pensionista o recibes prestaciones de mutualidades, no se aplica el requisito de estar dado de alta en la Seguridad Social. En las solicitudes colectivas, es suficiente que el primer solicitante cumpla con esta condición.
Modalidades de solicitud: Individual vs. Colectiva
La solicitud del abono puede realizarse de dos formas, y es posible cambiar la modalidad, aunque solo una vez al año, durante el mes de enero:
- Solicitud individual: Cada progenitor presenta su solicitud y recibe, por lo tanto, la mitad del importe de la deducción que le corresponde por anticipado.
- Solicitud colectiva: Uno de los progenitores cede el derecho de cobro al otro. La ayuda se paga cada mes al solicitante que aparece primero en la solicitud. Para realizar una solicitud colectiva, deberán suscribirla todos los solicitantes que pudieran tener derecho a la deducción.
Cambio de titular y cesión del derecho
Si deseas cambiar el primer titular de una solicitud colectiva (por ejemplo, porque el primero ya no tiene derecho a la deducción), el progenitor que quiere recibir el importe debe realizar una nueva solicitud colectiva y el otro progenitor debe proceder a su adhesión. Asimismo, el derecho a la deducción puede cederse al cónyuge si no estás obligado a presentar la declaración del IRPF o si no tienes suficiente cuota íntegra para aplicarte la totalidad de la deducción.
Plazos y formas de presentación
El Modelo 143 puede presentarse en cualquier momento del año. Las vías disponibles son:
- Telemática: A través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
- Telefónica: Llamando al Centro de Atención Telefónica de la AEAT (901 200 345).
- Presencial: Presentando el formulario impreso (obtenido desde la web de la AEAT) en cualquier oficina de Hacienda.