La transparencia y el control en la gestión de las finanzas públicas están sujetos a normativas estrictas que garantizan la estabilidad presupuestaria y la sostenibilidad financiera. La Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, desarrolla las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, estableciendo los mecanismos necesarios para el seguimiento de la actividad económica de las entidades públicas.
Obligaciones trimestrales de suministro de información
De acuerdo con el artículo 16 de la normativa vigente, las entidades deben remitir la información necesaria antes del último día del mes siguiente a la finalización de cada trimestre del año. Este suministro de información es fundamental para el control y la rendición de cuentas.

Información financiera y presupuestaria requerida
El reporte trimestral debe incluir los siguientes elementos clave para la correcta supervisión:
- Actualización de presupuestos: Inclusión de modificaciones tramitadas o previstas, junto con las previsiones de ingresos y gastos, abarcando también a las entidades sujetas al Plan General de Contabilidad de Empresas.
- Obligaciones con terceros: Detalle de las obligaciones vencidas, líquidas y exigibles que aún no han sido imputadas al presupuesto.
- Capacidad o necesidad de financiación: Datos que permitan relacionar el saldo de ingresos y gastos con la capacidad o necesidad de financiación, bajo las normas del Sistema Europeo de Cuentas.
- Informe de cumplimiento: Actualización sobre el cumplimiento del objetivo de estabilidad, la regla de gasto y el límite de deuda, emitido por la intervención.
- Resumen de ejecución: Estado acumulado de ingresos y gastos, incluyendo los derechos recaudados tanto del ejercicio corriente como de ejercicios cerrados, comparándolos con las previsiones iniciales.
- Compromisos plurianuales e inversiones: Situación detallada de los compromisos de gastos a largo plazo y la ejecución del anexo de inversiones con su correspondiente financiación.
- Lucha contra la morosidad: Informe trimestral regulado según la Ley 15/2010, relativo a las medidas de lucha contra la morosidad en operaciones comerciales.
Plan de tesorería y deuda viva
Uno de los componentes más críticos es la actualización del Plan de Tesorería y el detalle de las operaciones de deuda viva. Esta sección debe contener obligatoriamente:
| Concepto | Descripción de la información |
|---|---|
| Plan de Tesorería | Calendario de cobros y pagos mensuales, previsiones de ingresos y mínimo mensual de tesorería. |
| Impacto financiero | Cuantificación y calendario de las medidas de ahorro e ingresos previstas. |
| Deuda viva | Vencimientos mensuales a corto y largo plazo, necesidades de endeudamiento y perfil de vencimientos para los próximos diez años. |
| Obligaciones pendientes | Evolución del saldo de obligaciones reconocidas pendientes de pago de años anteriores y del ejercicio actual. |
Introducción a la gestión de cobros - Curso de tesorería
Normas presupuestarias en el ámbito local
La periodicidad para informar sobre el estado de ejecución del presupuesto debe indicarse explícitamente en las bases de ejecución del presupuesto. Estas bases constituyen normas presupuestarias propias aprobadas por las corporaciones locales e integradas en el presupuesto general de la entidad.
Según la normativa establecida, el órgano que tenga atribuida la función de contabilidad o la Intervención es el responsable de dar cuenta sobre el estado de ejecución del presupuesto, siempre ajustándose a los plazos y la periodicidad establecidos por el pleno de la corporación local.
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