La gestación subrogada, comúnmente conocida como "vientres de alquiler", es un tema que genera un intenso debate a nivel internacional. Desde diversas perspectivas, se argumenta que esta práctica constituye una forma de explotación reproductiva que cosifica a las mujeres y convierte a los niños en objetos de contrato.

El Informe de Naciones Unidas y la Crítica a la Gestación Subrogada
Reem Alsalem, relatora especial sobre la violencia contra las mujeres y las niñas, ha concluido un informe dedicado a la gestación subrogada que será presentado ante la Asamblea General de Naciones Unidas. En este informe, Alsalem afirma que "esta práctica se caracteriza por la explotación y la violencia contra las mujeres y los niños, incluidas las niñas".
Argumentos a Favor y la Realidad Subyacente
Quienes defienden la maternidad subrogada la presentan como una forma de ayudar a parejas (heterosexuales u homosexuales), mujeres solas o varones solos que no pueden tener hijos, dándoles la oportunidad de ser padres o madres. Argumentan que un contrato con una "madre de alquiler" se celebra entre adultos autónomos y responsables, con libertad de elección y de ejercer el derecho a la autonomía de su voluntad, sugiriendo que la ley no debería interponerse. Sin embargo, la realidad, según muchos críticos, es bien distinta.
El debate en torno de la gestación subrogada - Punto y Contrapunto
Una madre de alquiler es una mujer que acepta, por acuerdo (en la mayoría de los casos por remuneración económica), quedar embarazada con el objetivo de gestar y dar a luz un niño que será criado por otros. Por consiguiente, en los contratos de subrogación la mujer "alquila su cuerpo". También existe la modalidad altruista, sin remuneración económica, donde una mujer fértil se compromete a llevar a término el embarazo para una mujer infértil. Esta modalidad, aunque menos frecuente, es muy citada por quienes promueven la maternidad por sustitución.
La Instrumentalización de la Mujer y el Niño
Uno de los problemas fundamentales de la maternidad subrogada es que supone la utilización de la mujer como una máquina de reproducción y se regula a través de un contrato. En este contrato, el hijo en el vientre de la mujer también es visto como un objeto meramente comercial. Esto implica la instrumentalización y la despersonalización del cuerpo de la madre gestante, ignorando la distinción básica entre personas y cosas. Las personas, incluyendo el cuerpo (el vientre de la mujer), no pueden ser objeto de comercio.
Por todo ello, la maternidad por subrogación o gestación de alquiler es, inequívocamente, una nueva forma de explotación de la mujer, contraria a su dignidad, al usar su cuerpo y, por tanto, su persona, como un objeto negociable, incubadora humana o un simple receptáculo de una gestación para satisfacer deseos ajenos.
Ausencia de un "Derecho al Hijo"
No existe un "derecho a la procreación" o un "derecho al hijo" que justifique un pretendido derecho individual a la maternidad subrogada. Aunque el deseo de las parejas estériles debe ser escuchado, no debe ser a cualquier precio. La sociedad ha asumido los derechos humanos como pilares básicos, lo que implica proteger a los ciudadanos para que sus actuaciones en el ámbito de estos derechos sean respetadas, pero no todo deseo adquiere categoría de derecho.
Para satisfacer el deseo reproductivo de algunas personas de ser padres o madres (que no un derecho), y que no pueden conseguirlo de manera natural, existe la adopción. Facilitar la adopción (reduciendo costes, acelerando trámites y plazos) evita el mercado de personas y ayuda a niños que no tienen recursos ni familia. La autonomía personal no significa aceptar como válida cualquier decisión. En definitiva, la maternidad subrogada cosifica a la mujer al utilizar su cuerpo para una finalidad distinta de su propio bien, tratándola como una mercancía, algo que se puede comprar y vender, lo que es incompatible con la dignidad de las mujeres y sus propios derechos.
Supone la compraventa de personas que pretende legalizarse bajo el epígrafe de "derecho a ejercer la paternidad" y "libertad a decidir sobre el propio cuerpo". En el fondo, las mujeres gestantes son utilizadas en este negocio como una mera factoría que fabrica bebés para otros.
El Bebé como Objeto de Compraventa
Si se admitiese el deseo de los padres se le estaría negando al bebé la consideración de bien absoluto en sí mismo y por sí mismo. En la gestación de alquiler, el bebé es tratado como un objeto de compraventa. Muchos contratos establecen que la madre subrogada deberá devolver el dinero si no logra dar a luz o si el bebé no tiene las condiciones de salud establecidas, lo que acentúa la inseguridad que afecta tanto a la madre subrogada como al niño.

Además, la criatura queda en una posición muy vulnerable en la maternidad subrogada, ya que su situación depende de las cláusulas establecidas en dicho contrato, lo cual no asegura, en absoluto, la protección de sus intereses y derechos. En definitiva, el niño se convierte en un producto de mercado que se encarga, se compra y se vende.
Consecuencias Psicológicas para la Madre Gestante
El vínculo materno natural queda reflejado en la fisiología del cerebro de la madre durante el embarazo. La maternidad subrogada afecta psicológicamente a la madre que ha gestado al bebé, le ha dado a luz y tiene que separarse de él. Estos lazos biológicos son ajenos a las intenciones por las cuales ese embarazo se promueva, por lo que también afectan a la maternidad subrogada altruista.
Recientemente se ha constatado que el genoma de la madre puede influir, modificándolo, en el genoma del hijo, lo que añade una razón más para los lazos que se dan entre ambos.
Un Negocio Mundial Millonario
El recurso a las madres de alquiler se ha convertido en un negocio mundial que mueve cientos de millones de euros o dólares al año. Las agencias empresariales seleccionan a la candidata como "vientre de alquiler". El objetivo, como el de cualquier negocio, es que la producción sea buena y que la mujer gestante cumpla su parte del contrato para que el producto sea justamente lo que se había contratado.
Para ello, dicho contrato comienza con los procesos de selección de las madres de alquiler que incluyen un sinfín de pruebas y requisitos personales para garantizar la "calidad" de los óvulos y del vientre que llevará al futuro hijo. Con todo, se puede concluir que la maternidad por subrogación no altruista es un negocio muy lucrativo, basado en la mercantilización del cuerpo de las mujeres y la explotación de las mujeres más vulnerables, en beneficio de individuos o parejas ricas.
Contexto Jurídico y Legislativo
La Maternidad desde la Perspectiva Jurídica
Hasta ahora, para el derecho, era incuestionable que la mujer que gesta y da a luz un niño era la verdadera y única madre. Desde el punto de vista jurídico, la maternidad subrogada está permitida solo en algunos países de todo el mundo.
Regulaciones por País
- Rusia y Ucrania: La ley solo permite este procedimiento bajo justificación médica de incapacidad de gestar.
- Tailandia: En agosto de 2015, se prohibió la subrogación comercial, admitiéndola solo si la madre gestante es hermana de uno de los padres contratantes. En ausencia de hermanas, se permite recurrir a una madre subrogada ajena a la familia. Se permite solo para parejas heterosexuales nacionalizadas (las parejas compuestas por una tailandés/a y un extranjero/a deben esperar tres años a partir de la boda).
- India: Legalizó la subrogación comercial en 2002, pero en septiembre de 2016 su gobierno anunció su propósito de prohibirla con fines comerciales. Desde entonces, solo pueden recurrir a ella de forma altruista las parejas heterosexuales indias legalmente casadas al menos durante cinco años, que justifiquen médicamente su infertilidad y que exista un vínculo de parentesco entre la gestante y los comitentes.
- Grecia: Desde julio de 2014, se permite la gestación por subrogación solo en su modalidad altruista a griegos y ciudadanos comunitarios, si son matrimonios heterosexuales o personas solteras.
- México: La ley de 2016 prohíbe la gestación subrogada para extranjeros o quienes no cumplan los estrictos requisitos establecidos, es decir, solo pueden acceder a ella los ciudadanos mexicanos.
- Estado de Tabasco: Solo se permite la gestación subrogada altruista a parejas heterosexuales mexicanas incapaces de gestar, la madre comitente debe ser menor de 40 años; la gestante debe tener entre 25 y 30 años, contar con seguro médico y aprobación de la Secretaría de Salud.
- Estado de Sinaloa: La ley solo permite la maternidad subrogada a parejas heterosexuales mexicanas siempre que exista una incapacidad médica.
- Estado de Coahuila: La gestación de alquiler está prohibida.
- Otros países con prohibición: Arabia Saudita, Pakistán, China y Japón.

Posición de Organismos Internacionales y España
El Parlamento Europeo, en 2011, adoptó una resolución en contra de la legalización de la maternidad subrogada, "por constituir una explotación del cuerpo de la mujer y los órganos reproductivos", basándose en la Convención de los Derechos del Niño. El Comité de Asuntos Sociales, Salud y Desarrollo Sostenible de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa debatió en 2016 los "Derechos Humanos y Aspectos Éticos relacionados con la Subrogación".
En España, la legislación no permite la gestación de alquiler; los contratos de gestación por sustitución son nulos en cualquiera de sus dos modalidades. Sin embargo, un español puede firmar un contrato en el extranjero donde este procedimiento sea legal y volver con su bebé a España después del parto, siempre y cuando se respeten las leyes locales del país de origen.
La Ley 14/2006 sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida prohíbe los contratos de gestación por sustitución. Para el Código Civil español, la determinación de la filiación se basa en la verdad biológica (el parto), con la posibilidad de reclamación de la paternidad por el padre biológico. Aunque exista un contrato formal, la madre de alquiler puede reclamar la potestad.
Ante este complejo problema social y jurídico, las parejas que contratan a madres subrogadas solicitan que se les reconozcan sus derechos de ser padres de la criatura nacida. Si esto ocurriese, la maternidad dejaría de estar vinculada al hecho físico de la mujer que gestó al niño y que lo dio a luz, reconociendo que el deseo de ser padre y madre es suficiente para otorgar el derecho de paternidad. Esto abriría las puertas a individuos solos, parejas del mismo sexo, etc., que podrían inscribir a los niños en el Registro Civil y así legalizar su paternidad.
Sin embargo, la situación jurídica española es incoherente, ya que la Dirección General de los Registros y del Notariado sigue inscribiendo las filiaciones de los niños obtenidos mediante gestación de alquiler en el extranjero a favor de los comitentes, actuando en contra de la legalidad vigente de su propio país (desatendiendo la Ley de Técnicas de Reproducción Humana Asistida de 2006 y las sentencias del Tribunal Supremo español de 2014 y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de 2017).
Países sin Legislación Específica
Argentina, Brasil, Chile, Chipre, Guatemala e Irlanda no disponen de leyes que regulen la maternidad subrogada.
La "Trata de Personas" en el Contexto de la Gestación Subrogada
Una nueva Directiva de la Unión Europea en preparación pretende que los Estados miembros se concentren en la protección y los derechos de las víctimas de trata. Se busca garantizar que sean punibles la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas recurriendo a la amenaza, el uso de la fuerza u otras formas de coacción, el rapto, el fraude, el engaño, el abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad, o a la concesión o recepción de pagos o beneficios, con el fin de obtener el consentimiento de una persona con fines de explotación.
Esto se alinea con la definición de trata de personas recogida en el Protocolo de Palermo. Sin embargo, relatoras como María Eugenia Rodríguez Palop y Malin Björk, aunque afirman que el texto no busca prohibir la gestación subrogada en general, solo la aborda en el contexto de la trata cuando se lleva a cabo con fines de explotación reproductiva (es decir, si una mujer es reclutada bajo amenaza para convertirse en madre subrogada con fines de explotación reproductiva).
El debate en torno de la gestación subrogada - Punto y Contrapunto
Esta postura ha sido criticada por no considerar la coacción por necesidad. Muchas madres "gestantes" se encuentran en situación de pobreza y vulnerabilidad económica extrema, lo que constituye una coacción significativa. También se ignora la coacción emocional en el caso de quienes se sienten impelidas por el entorno social y familiar a "regalar" hijos por altruismo, sacrificando su integridad física y psíquica.
A esto se suma el traslado de mujeres de un país a otro (o de un estado a otro dentro del mismo país) para eludir restricciones legales o abaratar el proceso a los clientes. Por ejemplo, contratos cerrados en Ucrania (donde solo se permite a parejas heterosexuales) y traslados a la República Checa (para parejas homosexuales o personas solas) o a Bruselas para evitar desplazamientos incómodos.
El Engaño Sistémico en la Captación
La captación mediante engaño de mujeres con fines de explotación reproductiva es una constante intrínseca a la gestación subrogada. Clínicas, agencias, clientes y medios de comunicación difunden el engaño de que la gestante no es la madre del bebé que trae al mundo, sino que este es de otra u otras personas que lo desean mucho y pagan por él. Este engaño es asumido incluso por las mujeres reclutadas como gestantes, quienes, impulsadas por la necesidad económica o un falso concepto de altruismo, pierden la conciencia de ser madres al no tener vínculo genético con el bebé.
La industria de la gestación subrogada se enriquece con la trata de mujeres captadas con engaño y la venta legalizada de sus hijas e hijos recién nacidos, haciendo creer que la criatura que trae al mundo una mujer no es su hijo o su hija, sino de las personas que pagan por el bebé. Si no fuera por este engaño, no habría industria.
Perspectivas Feministas sobre la Gestación Subrogada
El debate feminista sobre la gestación subrogada ha evolucionado a lo largo de las décadas.
Feminismo Radical vs. Liberal
Las feministas liberales adoptaron, en general, una postura positiva, enfatizando el derecho de las mujeres a determinar sus derechos reproductivos y, por tanto, decidir libremente si querían participar como gestantes o proveedoras de óvulos. Sin embargo, las herederas del feminismo radical de la década de 1980 se oponen firmemente, comparando la gestación subrogada con la industria del sexo y la explotación.
La máxima feminista liberal "Mi cuerpo, mi decisión", utilizada en las luchas por el derecho al aborto, ha sido adoptada por sectores que buscan legalizar la gestación por sustitución. Sin embargo, feministas como Lola Robles argumentan que esta consigna no es pertinente en este terreno, ya que en el aborto la mujer decide sobre un embrión que forma parte de su propio cuerpo, mientras que en la gestación subrogada "ese embrión no es suyo, es propiedad jurídica de otra/s persona/s".
La escritora Layla Martínez, en su ensayo "Gestación subrogada. Capitalismo, patriarcado y poder", desmonta el discurso de la libre elección, argumentando que se basa en una visión profundamente neoliberal de la libertad, en la ficción de que la sociedad es igualitaria y no está atravesada por ejes de poder y dominación. Señala una clara asimetría: las gestantes firman los contratos para cubrir sus necesidades y los padres de intención, para materializar sus deseos.
La Visión Anticapitalista y la Expropiación del Cuerpo
Autores como María Luisa Peralta, Jule Goikoetxea y Josebe Iturrioz critican la lógica de mercado de la gestación subrogada. Goikoetxea compara el extractivismo de semillas de Monsanto con los mercados reproductivos, donde se manipulan las formas de crear la propia vida aprovechando los desarrollos científico-tecnológicos y las relaciones de poder.
Iturrioz apunta que una de las diferencias fundamentales entre la prostitución y la gestación subrogada es que, en esta segunda, hay un sujeto protagonista que excede la cuestión de la autonomía de las mujeres: el bebé. Argumenta que el sistema capitalista no puede producir la propia vida de forma fordista, y que el debate tiene un componente metafísico que determina nuestra existencia y transforma a la propia humanidad.
Riesgos para la Salud de las Gestantes y los Bebés
El Grupo de Información en Reproducción Elegida de México (GIRE) ha encontrado cláusulas en contratos de gestación por sustitución donde la madre gestante "comprende y se compromete a asumir todos los riesgos médicos asociados con la gestación, incluyendo el riesgo de muerte". Otros contratos descartan la reducción embrionaria, imponiendo la posibilidad de un embarazo múltiple.
Un caso grave documentado por GIRE es el de Victoria, una mujer de 32 años que, en el cuarto mes de embarazo, fue diagnosticada con diabetes gestacional y no recibió atención especializada. Tras el fallecimiento del feto, le impusieron un parto vaginal a pesar de solicitar una cesárea, lo que evidencia que los profesionales de la salud priorizan los intereses de los padres de intención.
Las agencias a menudo retienen información médica a la que las gestantes deberían tener acceso, y muchas mujeres se sienten mal atendidas y juzgadas en los centros médicos. La práctica pone en peligro la salud física y psíquica de las gestantes, quienes a menudo son aisladas de su familia. El tratamiento hormonal al que se las somete no está exento de problemas, y la madre no está protegida ante enfermedades postparto (depresión, infecciones). Tampoco son compensadas en caso de sufrir un aborto, ya que su contrato estipula que deben dar a luz un hijo (el producto final).
La perspectiva perinatal, definida como la relación simbiótica entre la madre gestante y el recién nacido, considera que la separación entre la gestante y la criatura en la gestación por sustitución constituye en sí misma una forma de violencia obstétrica. El embarazo es un proceso psicosocial que transforma el cerebro de las mujeres e implica un intercambio biológico entre ellas y los bebés (epigenética), lo que no debería devenir en un procedimiento mecanizado. Además, la reproducción asistida entraña más riesgo de efectos adversos como preeclampsia, placenta previa, partos prematuros, diabetes gestacional, trombosis, embolia pulmonar o muerte perinatal, y la violencia obstétrica está especialmente generalizada cuando se trata de gestantes subrogadas.
Argumentos a Favor y el Modelo Altruista
Asociaciones de familias por gestación subrogada, como en Canadá, argumentan que la mayoría de las gestantes no experimentan conflictos internos significativos al renunciar a la maternidad. Se remiten a buenas prácticas como las del Ministerio de Sanidad del Reino Unido, donde los profesionales de la salud tienen guías para atender adecuadamente a gestantes y padres de intención. En el Reino Unido y Canadá, el modelo altruista (con compensación económica por tiempo y gastos) es el legalizado, y las intermediarias son ONG sin ánimo de lucro.
Sin embargo, muchas feministas critican el marco altruista. Se argumenta que la retórica del altruismo y la generosidad refuerza la definición patriarcal de las mujeres como "seres para otros". Cultivar en las mujeres la idea de que transferir su capacidad reproductiva les reportará una realización emocional, ética o espiritual es funcional para los mercados y las familias de intención, ya que abarata costos pidiendo gratuidad a quienes ponen el cuerpo.
Aunque las gestantes altruistas organizadas, como las británicas, defienden que este marco implica relaciones horizontales y elimina la mercantilización del bebé, voces feministas consideran inverosímil una práctica desmercantilizada en un marco neoliberal.
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