Condena de "Chupete" por Malos Tratos y Quebrantamiento de Medidas Cautelares

Juan Carlos Díaz Melero, conocido en el ámbito del boxeo como ‘Chupete’, un exboxeador ciudarrealeño y campeón de Europa de peso ligero en 2005, ha sido condenado a una pena de prisión significativa por delitos de maltrato y lesiones contra su exmujer. Su situación procesal se ha complejizado con el tiempo debido a múltiples procedimientos y la adición de nuevas condenas.

Foto de Juan Carlos Díaz Melero 'Chupete' en el ring o en un contexto judicial

Antecedentes de la Relación y Maltrato

‘Chupete’ y su exmujer contrajeron matrimonio en 2006 y se divorciaron en la primavera de 2013. Un año antes del divorcio, la relación ya se había deteriorado. Se ha considerado probado que entre 2012 y 2013, Díaz Melero maltrató de obra a su exmujer en cuatro ocasiones y le propinó varias palizas. La víctima, tras el divorcio y ante las continuas molestias durante los intercambios de la hija en común, se atrevió a denunciarlo.

Primera Condena por Violencia de Género

El caso de maltrato y lesiones fue juzgado en el invierno de 2017. El 22 de marzo de 2017, el Juzgado de lo Penal número 2 de Ciudad Real, especializado en violencia de género, dictó una sentencia condenatoria de nueve años y medio de cárcel para ‘Chupete’. Esta pena resultó de la suma de cuatro delitos de maltrato de obra, uno de lesiones, otro de maltrato físico y uno más de maltrato habitual.

Según la sentencia, a la que tuvo acceso La Tribuna, se aplicó la máxima pena al condenado por "su absoluto desprecio a las normas penales y a la consolidación de una conducta alejada del respeto a las mismas, lo que igualmente se objetiva de las diligencias penales en las que está implicado".

Recurso y Ratificación de Sentencia

Díaz Melero recurrió esta sentencia ante la Audiencia Provincial de Ciudad Real, que en septiembre ratificó la condena en primera instancia. El fallo, que en su momento todavía no era firme, consideró probados los hechos de maltrato. La Audiencia Provincial de Ciudad Real ha dejado claro en su sentencia que no hubo error en la valoración de la prueba ni vulneración del principio de proporcionalidad de las penas.

El acusado ingresó en prisión antes de esta condena por incumplir una orden de alejamiento que se le impuso cuando su exmujer lo denunció, una medida cautelar que le permitiría permanecer varios meses más en prisión hasta que la Audiencia resuelva los recursos pendientes.

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Delito de Quebrantamiento de Medida Cautelar

A la condena original de nueve años y seis meses, Juan Carlos Díaz Melero sumó un delito de quebrantamiento de medida cautelar. Esta infracción, por la que recibió una pena de multa de seis meses equivalente a 640 euros, fue impuesta por el Juzgado de lo Penal número 2 de Ciudad Real.

Incumplimiento de la Pulsera Telemática

El juez consideró probado que el 17 de octubre de 2017, Díaz Melero se quitó la pulsera telemática de control, un dispositivo ‘antimaltrato’ que se impone a los acusados o condenados por violencia de género, interrumpiendo la emisión de señales al Centro Cometa. La sentencia también detalla que, a lo largo de varios días de octubre de 2017 (5, 8, 9, 10, 16, 17, 22 y 29), ‘Chupete’ no cargó el dispositivo, agotando su batería y generando incidencias en el Centro Cometa, que rápidamente alertaba a la víctima y a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado sobre el riesgo de un posible acercamiento del maltratador.

Por este delito, se le impuso una pena de multa de seis meses a razón de una cuota diaria de cuatro euros, con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas insatisfechas. Esto significa que si no abona la multa, podría sumar días a su condena de cárcel. Además, el juez le sentenció al pago de las costas procesales.

Las actuaciones se iniciaron por una comunicación del Centro Cometa. La vista oral por este hecho se celebró el 10 de octubre, donde el abogado de ‘Chupete’ mostró conformidad con la calificación y pena solicitada por el fiscal, y el encausado admitió el hecho y se conformó con la multa. Para entonces, Díaz Melero ya cumplía condena por violencia de género en la prisión de Herrera de La Mancha y ya tenía otros procedimientos penales abiertos.

Gráfico o esquema sobre el funcionamiento de las pulseras telemáticas de control

La Defensa de ‘Chupete’ y la Huelga de Hambre

Desde la cárcel, Juan Carlos Díaz Melero ha defendido su inocencia. En agosto de un año reciente, volvió a ser noticia al iniciar una huelga de hambre indefinida, declarándose dispuesto a llegar "hasta sus últimas consecuencias" si no se revisaba su causa. En una carta enviada a los medios, proclamaba su inocencia y afirmaba haber sido condenado por "suposiciones".

Su hermana, Lucía Díaz Melero, declaró a los medios de comunicación que consideran "injusto que sin pruebas" el exboxeador esté condenado a nueve años de cárcel "tan solo con la declaración de su expareja".

Aspectos Judiciales y Declaración de la Víctima

La jueza que emitió el fallo, al que tuvo acceso La Tribuna, especificó que la declaración de la víctima “ha sido especialmente convincente, en cuanto la exposición de los hechos objeto del presente procedimiento”. Rodrigo García, el abogado que ejerce la acusación particular en nombre de la exmujer, ha asegurado que “la sentencia refleja fielmente los hechos”.

La casualidad quiso que una de las nuevas sentencias condenatorias para ‘Chupete’, quien está en prisión desde febrero de 2017 y a quien no se le concedió permiso ni para asistir al entierro de su madre, coincidiera con la emisión de un programa especial sobre violencia de género, ‘Amores que duelen’, en Tele 5.

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