Si vas a ser padre o madre próximamente, es fundamental conocer las normativas actuales que regulan el permiso por nacimiento y cuidado de menor. Esta prestación, fruto de constantes reformas legislativas, garantiza el derecho al descanso y la atención del recién nacido o adoptado.

¿En qué consiste el permiso por nacimiento y cuidado de menor?
El permiso de paternidad y maternidad es un periodo de tiempo que los trabajadores tienen para descansar y atender a su hijo o hija en caso de nacimiento, adopción, guarda o acogimiento. Este derecho suspende el contrato laboral y da derecho a percibir un subsidio económico equivalente al 100 % de la base reguladora, abonado por la Seguridad Social.
Tras las actualizaciones normativas derivadas del Real Decreto-ley 9/2025, la duración del permiso se ha establecido en 19 semanas para ambos progenitores. Este derecho es personal e intransferible, fomentando la corresponsabilidad en la crianza.
Distribución de las 19 semanas
- 6 semanas obligatorias: Deben disfrutarse de manera ininterrumpida a jornada completa, inmediatamente tras el nacimiento, adopción, acogimiento o guarda. Ni el padre ni la madre pueden dejar estos días para más tarde.
- 11 semanas voluntarias: Pueden disfrutarse de forma continuada tras las 6 primeras o de forma interrumpida, siempre en periodos semanales, hasta que el menor cumpla un año.
- 2 semanas adicionales: Se crean para cuidados específicos, que pueden disfrutarse hasta que el hijo o hija cumpla los 8 años.
Cómo añadir documentación a tu solicitud [con certificado digital]
Requisitos y trámites para la solicitud
Para acceder a la prestación, el trabajador debe estar afiliado a la Seguridad Social y haber cubierto el periodo mínimo de cotización, salvo en los casos de menores de 21 años, quienes están exentos de este requisito. El trámite puede realizarse a través de los siguientes canales:
- Vía electrónica: A través del portal Tu Seguridad Social con certificado digital o usuario y contraseña.
- Cita previa presencial: En las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
- Correo ordinario: Remitiendo el formulario de solicitud y la documentación a la Dirección Provincial del INSS.
Documentación necesaria
- Libro de familia o certificado de inscripción del nacimiento en el Registro Civil.
- Certificado de empresa con la fecha de inicio del descanso laboral.
- Documento de identidad del asegurado.
Situaciones especiales y protección laboral
La ley contempla escenarios específicos para garantizar la protección de las familias:
- Familias monoparentales: Disfrutan de condiciones análogas, con el mismo derecho a la prestación.
- Autónomos: El subsidio funciona de forma similar a los trabajadores por cuenta ajena, siendo el 100 % de su base de cotización. Además, pueden beneficiarse de bonificaciones en sus cuotas durante el periodo de baja.
- Protección ante el despido: El trabajador cuenta con una protección especial durante el disfrute del permiso y hasta doce meses después. Cualquier despido sin causa justificada será declarado nulo.
- Fiscalidad: Las prestaciones relacionadas con el permiso de paternidad y maternidad están exentas en el IRPF, representando una ventaja fiscal significativa para las familias.
| Concepto | Detalle |
|---|---|
| Duración total | 19 semanas |
| Obligatoriedad | Primeras 6 semanas ininterrumpidas |
| Remuneración | 100 % de la base reguladora |
| Exención IRPF | Sí |
Es importante recordar que estas medidas tienen como objetivo impulsar la conciliación profesional y familiar, convirtiendo a España en uno de los países más avanzados en la equiparación de derechos entre progenitores.
tags: #traspasar #baja #paternidad