Aborto Eugnésico, Diagnóstico Prenatal y la Responsabilidad Parental

La implementación de estrategias de selección prenatal está dando lugar a un número creciente de abortos eugenésicos. Los pocos afectados por síndrome de Down que nacen hoy son los supervivientes de una dura criba. El diagnóstico prenatal, que comenzó en las últimas décadas del siglo XX y se ha institucionalizado, es fundamental en este proceso. Estos programas forman parte de la política sanitaria en muchos países y se aplican a un gran número de embarazadas, buscando en la mayoría de los casos, la detección del paciente enfermo para decidir un aborto que acabe con el problema.

Esquema de las técnicas de diagnóstico prenatal

El Diagnóstico Prenatal: Métodos, Limitaciones y Propósitos

Para el diagnóstico de cromosomopatías se utilizan marcadores de riesgo epidemiológicos (como la edad materna y antecedentes familiares), bioquímicos y ecográficos, entre los que destaca el pliegue nucal. Estos programas de cribado prenatal difieren por completo en método y fines de otros programas de cribado de patologías, ya que, a diferencia de otras pruebas que no suponen un riesgo desproporcionado, los programas de cribado prenatal no buscan el tratamiento, sino la detección para una posible interrupción del embarazo.

El diagnóstico prenatal (DGP) consta de tres etapas: la primera es el asesoramiento genético, la segunda es la aplicación de técnicas de diagnóstico como ecografías o fetoscopías para detectar anomalías anatómicas o cromosómicas, y la tercera es la toma de decisiones. Generalmente, está indicado cuando existe un riesgo genético previo, un historial de hijos con enfermedades graves, o si la edad de la madre supera los 35 años.

La finalidad idónea del DGP es terapéutica, es decir, tratar la afección detectada. Sin embargo, no siempre es posible tratar las afecciones in útero, ya que no existen tratamientos seguros o efectivos para todas ellas, y la infraestructura necesaria no está disponible en todos los países u hospitales, ni todos los seguros médicos las cubren. Esto puede dejar a la pareja sin otra opción más que la del aborto. La toma de decisión es la que ha provocado que el DGP plantee muchas cuestiones éticas respecto al derecho de decidir quién vive y quién no, y la discriminación hacia personas con discapacidad.

Limitaciones y Cifras de Abortos Eugenésicos

El diagnóstico prenatal tiene limitaciones y no es infalible. Para el cribado de cromosomopatías del primer trimestre, los marcadores de riesgo existentes son orientativos y no bastan por sí mismos para establecer un diagnóstico, ya que a veces también se hallan en fetos sanos. La sensibilidad (tasa de detección) y especificidad (ausencia de falsos positivos) de los cribados de cromosomopatías y malformaciones no es del 100%. Un 5% de los resultados pueden corresponder a fetos sanos que el cribado considera enfermos, lo que puede llevar a procedimientos invasivos como la amniocentesis y, potencialmente, a la pérdida de fetos sanos.

El porcentaje de recién nacidos con defectos congénitos ha disminuido progresivamente desde la despenalización del aborto. Por ejemplo, desde 1985, los nacimientos de niños con síndrome de Down han disminuido en torno a un 60% en España, pasando de una tasa de 17,48 por 10.000 nacidos vivos en el periodo 1980-1985 a 7,24 por 10.000 en 2009. Esta realidad, combinada con el aumento de la prevalencia del síndrome de Down en embarazos debido al incremento de la edad materna, sugiere que el diagnóstico prenatal está sirviendo, en una gran mayoría de casos (hasta el 90% de diagnósticos positivos), para interrumpir la vida humana.

Marco Legal y Dilemas Éticos en España

La ley española del aborto regula los casos que se pueden justificar tras el diagnóstico prenatal. Se permite abortar sin límite de tiempo “cuando se detecten anomalías fetales incompatibles con la vida y así conste en un dictamen emitido con anterioridad por un médico o médica especialista, distinto del que practique la intervención, o cuando se detecte en el feto una enfermedad extremadamente grave e incurable en el momento del diagnóstico y así lo confirme un comité clínico”. Sin embargo, la terminología legal es ambigua.

La modificación de la Ley del Aborto en 2010 lo convirtió de un delito despenalizado en tres supuestos a un derecho de la mujer, autorizándola a abortar libremente en las primeras 14 semanas, hasta las 22 semanas en casos de riesgo para la vida o salud de la madre o graves malformaciones del feto, y sin límite de tiempo en caso de enfermedad extremadamente grave e incurable del feto, con autorización de un comité médico. Esta ley también permitió a menores abortar sin consentimiento parental, equiparando el aborto a una mera intervención quirúrgica.

Existen voces críticas que señalan que hablar de «riesgo de graves anomalías en el feto» en lugar de un diagnóstico certero es un "coladero para una eugenesia a discreción". El límite de 22 semanas también ejerce presión sobre especialistas y padres, siendo arbitrario dado que fetos cada vez más prematuros pueden ser salvados. Además, convierte a varios médicos en cooperadores necesarios de estos abortos. El portavoz de Ginecólogos por el Derecho a Vivir ha reivindicado el derecho a la objeción de conciencia y la libertad del médico.

Congreso argentino debate despenalización del aborto

La Contradicción de la Eugenesia Actual

La cuestión central es si la discapacidad puede ser una razón para eliminar la vida humana. Existe una evidente contradicción en la mentalidad actual: mientras se avanza en la conciencia social sobre la dignidad humana y los derechos humanos para evitar la discriminación por raza, posición económica o sexo, esta progresión no se extiende de la misma manera a la discapacidad. La valoración negativa de la discapacidad ha llegado a despojar de valor y dignidad a la persona que la sufre.

España está obligada a cumplir la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad (2006), que reafirma el derecho inherente a la vida de todos los seres humanos. Sin embargo, esta afirmación del valor de la vida no impide que aumente la cifra de abortos, con un 20,05% de los embarazos en 2011 terminando en aborto en España.

El aborto eugenésico tiene un matiz diferencial frente a otras modalidades, pues la decisión de la mujer no es previa, sino consecuencia de una información médica sobre el feto, con un claro componente discriminatorio al producirse exclusivamente por la discapacidad del feto.

La Responsabilidad de los Profesionales Sanitarios

La forma en que se informa es uno de los problemas más importantes del sistema sanitario. En el ámbito del diagnóstico prenatal, existen elementos comunicativos sutiles que pueden predisponer a la gestante en contra de la posibilidad de llevar a término su embarazo. Se ha observado que, con frecuencia, las mujeres embarazadas se adentran en el camino del diagnóstico prenatal sin conocer bien las implicaciones o sin recibir información adecuada y comprensible sobre probabilidades y riesgos, lo cual vulnera los criterios de una buena práctica clínica.

Es fundamental la enorme responsabilidad de la clase médica en este asunto. El paso del simple asesoramiento (información no directiva) a la persuasión (tratar de convencer de una opción) se produce con gran facilidad por parte de algunos profesionales sanitarios. Esto puede suponer una manipulación de la autonomía moral de los progenitores y una violación de principios morales básicos. El asesoramiento médico debe ser técnico y profesional, informando sobre las medidas posibles y disponibles, sin condicionar la libre decisión de los consultantes ni imponer creencias religiosas o filosóficas.

Un asesoramiento que sea directivo o coercitivo, o que presente verdades a medias, no es compatible con los principios de la Bioética ni con el ordenamiento jurídico. Los profesionales de diagnóstico prenatal deben desarrollar habilidades comunicativas adecuadas y una enorme sensibilidad ética para mantenerse neutrales. No deben transmitir el mensaje de que las vidas de las personas con discapacidades son peores o que la única alternativa es el aborto.

Médico informando a una pareja embarazada sobre un diagnóstico prenatal

La Responsabilidad Parental y el Contexto Social

¿Qué ocurre con los padres que deciden dejar vivir a sus hijos enfermos o discapacitados? La presión no es menor para ellos. En lugar de facilitar la eliminación de sus hijos bajo el pretexto de evitar sufrimientos, estas familias necesitan apoyo social y ayudas institucionales, o leyes de tutela y adopción eficaces. Como afirmó Benedicto XVI, "por el simple hecho de venir a la vida, todo ser humano tiene la misma dignidad", y una ciencia que discrimine o suprima la vida por debilidad o enfermedad comete un "atentado contra la humanidad".

La sociedad se enfrenta a la paradoja de luchar por los derechos de los animales mientras niega cobertura jurídica y moral al ser humano en su situación más vulnerable. Las parejas perciben el tener un hijo con síndrome de Down como una de las posibilidades más negativas, y el aborto es socialmente considerado como una solución a los problemas del embarazo. Esta situación se agrava con demandas de "wrongful birth" y "wrongful life", donde los padres demandan a profesionales sanitarios por no haberles dado la oportunidad de evitar el nacimiento de un hijo con discapacidad.

Es difícil que la sociedad mejore su visión y aceptación de las personas con discapacidad intelectual si se les rechaza desde las primeras semanas de gestación. Existe un doble mensaje: por un lado, se reconoce que las personas con síndrome de Down tienen derechos como cualquier otro ser humano, y por otro, se considera el síndrome de Down como causa suficiente para interrumpir un embarazo. Esto se relaciona con los límites entre "normalidad" y "anormalidad" históricamente aceptados en la cultura, que han relegado a los "anormales" y los han considerado una carga.

Congreso argentino debate despenalización del aborto

Eugenesia Histórica y Aborto Social

La historia ha demostrado cómo la existencia de personas con discapacidad fue vista como una amenaza para el progreso social. Movimientos eugenésicos promovieron campañas de esterilización y prohibición de matrimonios entre los "débiles" para evitar la "degeneración de la población". Esta mentalidad inspiró conductas como las de los nazis, pero ya existía previamente en otros países.

El concepto de aborto terapéutico se recomienda cuando la continuación del embarazo amenaza gravemente la vida o salud de la mujer, sin alternativa médica para salvar a ambos. Sin embargo, no hay consenso internacional sobre las morbilidades que justifican esta interrupción, haciendo que el acceso dependa del juicio personal del médico. Si se considera la salud mental de la mujer, el aborto por violación también podría incluirse en esta categoría, dependiendo de la legislación de cada país.

El aborto con fines sociales o demográficos, como la selección de sexo, no persigue fines terapéuticos, sino económicos o culturales. Ejemplos como el déficit de mujeres en India y China, debido al infanticidio y feticidio femenino, ilustran cómo las políticas y preferencias culturales han llevado a abortos selectivos por sexo. En India, a pesar de las leyes que prohíben informar del sexo del bebé, la práctica persiste por razones económicas ligadas a la dote. En China, la política del "hijo único" incrementó el aborto de niñas, influenciado por la preferencia por hijos varones en zonas rurales.

Mapa mostrando la prevalencia de la selección de sexo en Asia

Para una parte de la sociedad, las pruebas prenatales y el aborto eugenésico son herramientas valiosas para evitar el sufrimiento. Se invoca una "ética de la compasión" que consiste en ahorrar la existencia a un individuo para evitarle dolencias futuras. Sin embargo, esta visión es cuestionada por su base histórica en la eugenesia y la percepción de que las vidas de las personas con discapacidad carecen de valor o plenitud.

Un joven con síndrome de Down, que agradece a sus padres por haber respetado su derecho a vivir, ejemplifica el valor de la vida y la integración. Personas como él demuestran que pueden trabajar, ser autónomos y contribuir a la sociedad, desafiando la idea de que una vida con discapacidad es una "carga" o incompatible con la dignidad humana. En este sentido, la bioética debe ocuparse de la igualdad entre los seres humanos y evitar la perpetuación de desigualdades a través de la biotecnología moderna.

tags: #aborto #eugenesico #diagnostico #prenatal #responsabilidad #de