Ayuda de 100 euros por hijo: Requisitos y Solicitud

La Ley de Familias ha introducido una ampliación permanente de la renta de crianza, una ayuda económica destinada a familias con hijos de 0 a 3 años. Esta medida, que entró en vigor el 1 de enero de 2023, supone un apoyo de 100 euros mensuales por hijo.

infografía sobre la renta de crianza y sus beneficiarios

Ampliación de la Prestación y Beneficiarios

Inicialmente, esta ayuda de 100 euros era una ampliación de la prestación contributiva para madres trabajadoras dadas de alta en la Seguridad Social. A partir de 2023, la renta de crianza se extiende de forma permanente a un mayor número de familias vulnerables con hijos de hasta 3 años. Esto incluye a:

  • Madres que estén recibiendo una prestación por desempleo.
  • Madres que trabajen a tiempo parcial o temporal.
  • Madres que hayan cotizado 30 días a partir del parto.

La renta de crianza está destinada a todas las madres, independientemente de si trabajan o no, que tengan hijos a cargo de 0 a 3 años. La beneficiaria debe haber estado dada de alta en la Seguridad Social o mutualidad durante al menos 30 días o haber recibido una prestación por desempleo. Adicionalmente, pueden solicitarla los progenitores del mismo sexo, el padre o tutor del menor en caso de fallecimiento de la madre, y el padre o tutor cuando ostente en exclusiva la guarda y custodia.

Modalidades de Cobro de la Renta de Crianza

La ayuda de 100 euros mensuales, que se percibirá hasta que el hijo cumpla los 3 años, puede ser solicitada a través de dos vías:

  1. Pago único: El contribuyente puede optar por añadir la ayuda en su declaración de IRPF en la próxima campaña de la Renta. Recibirá un pago único de 1.200 euros por hijo menor de tres años, o se restará esta cantidad si la declaración resulta a pagar.
  2. Deducción en la Agencia Tributaria: La ayuda se puede solicitar de forma anticipada, dividida en 100 euros mensuales. Para ello, es necesario acceder a la página web de la Agencia Tributaria y solicitar el abono anticipado a través del Modelo 140, correspondiente a las deducciones por maternidad.
esquema comparativo de las dos modalidades de cobro de la ayuda

Requisitos Específicos para la Prestación Económica a Tanto Alzado

Existe una prestación económica de pago único a tanto alzado que se reconoce por el nacimiento o adopción de un hijo en determinados supuestos. Los requisitos son los siguientes:

  • Ser beneficiario de una familia numerosa o adquirir dicha condición con motivo del nacimiento o adopción.
  • Pertenecer a una familia monoparental.
  • Ser madre o padre con una discapacidad igual o superior al 65%.

En estos casos, es fundamental no superar un determinado nivel de ingresos. Los hijos que dan derecho a esta prestación deben haber nacido o ser adoptados en territorio español, o que la adopción haya sido constituida o reconocida por autoridad española competente. La solicitud debe realizarse dentro de los cinco años siguientes al nacimiento o adopción; de lo contrario, será denegada por prescripción.

Consideraciones Adicionales para Familias Numerosas, Monoparentales y con Discapacidad

Para la consideración de familia numerosa, se estará a lo establecido en la Ley 40/2003. Los solicitantes, tanto si son españoles como miembros de la familia de un ciudadano de la UE/EEE o Suiza, deben residir legalmente en territorio español. Es crucial no percibir ingresos anuales superiores a los límites establecidos anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

En caso de convivencia, la solicitud puede ser de común acuerdo entre los progenitores o adoptantes. A falta de acuerdo, será beneficiaria la madre. El límite mínimo de ingresos general se incrementa en un 15% por cada hijo o menor a cargo a partir del segundo, incluido.

tabla con los límites de ingresos para la prestación económica a tanto alzado

Documentación Necesaria para la Solicitud

La documentación requerida para solicitar la ayuda puede variar según el caso, pero generalmente incluye:

  • Documento Nacional de Identidad (DNI) del solicitante y del otro progenitor/a adoptante (o documentación equivalente para extranjeros).
  • Tarjeta de identidad de extranjero (TIE) o autorización de residencia (para solicitantes y causantes no nacionales de la UE/EEE o Suiza).
  • Certificado de empadronamiento de beneficiarios y causantes (en supuestos previstos).
  • Libro de familia o certificado de nacimiento de los hijos expedido por el Registro Civil.
  • Justificante de ingresos.
  • En supuestos de separación judicial o divorcio: sentencia judicial o documento de guarda y custodia.
  • En el supuesto de hijos con discapacidad: título de minusvalía.
  • En supuestos de familia numerosa: título de familia numerosa.
  • En supuestos de madre o padre con discapacidad: título de minusvalía.
  • En supuesto de tutela: resolución judicial mediante la que se constituye la tutela.

¿Cómo Solicitar la Ayuda de 100 Euros por Hijo?

Para solicitar la prestación de 100 euros por hijo de entre 0 y 3 años, es necesario rellenar el formulario del Modelo 140. Este formulario está disponible en la página web de la Agencia Tributaria, en la sección de IRPF.

Una vez en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, se debe acceder a la opción "Modelo 140". El formulario online ya contendrá cubiertos los datos del solicitante. Será necesario indicar la mutualidad, los datos del menor y la cuenta bancaria para recibir el cheque. Tras validar y enviar el formulario, la Agencia Tributaria revisará los datos y confirmará la aprobación de la ayuda en un plazo aproximado de 6 meses.

COMO PEDIR LA ayuda por MATERNIDAD*rellenado el modelo 140

Canales de Solicitud

La solicitud de la ayuda se puede realizar a través de varios canales:

  • De forma telemática: A través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
  • Por teléfono: Llamando al Centro de Atención Telefónica de la Agencia Tributaria al número gratuito 901 200 347.
  • De forma presencial: Acudiendo a cualquier Delegación o Administración de la Agencia Tributaria con el Modelo 140 cumplimentado.

Información Adicional sobre el Cheque Bebé

La ayuda de 100 euros al mes, también conocida como cheque bebé, es una ayuda estatal y aplica a toda España, independientemente de la Comunidad Autónoma de residencia. Esta medida, incluida en la Ley de Familias, busca beneficiar a un amplio espectro de madres, incluyendo aquellas que reciben prestaciones o subsidios por desempleo, y aquellas que no estaban trabajando activamente en el momento del nacimiento.

Se estima que esta medida beneficiará a entre 200.000 y 250.000 nuevas madres, acercándose al objetivo de universalización de esta renta.

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