Deducción por Maternidad: Cómo Solicitar la Ayuda de 100 Euros al Mes por Hijo

La Agencia Tributaria ofrece una valiosa ayuda fiscal para madres trabajadoras y, en determinados casos, para padres y tutores. Se trata de la deducción por maternidad, que permite beneficiarse de hasta 100 euros mensuales (1.200 euros anuales) por cada hijo menor de tres años. Este importe se puede solicitar por adelantado a través del Modelo 140 o aplicarse directamente en la declaración de la Renta.

¿Qué es el Modelo 140 y la Deducción por Maternidad?

El Modelo 140 es el formulario oficial de la Agencia Tributaria diseñado para solicitar por anticipado la deducción por maternidad en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Esta deducción fiscal está pensada para aliviar la carga económica que supone tener hijos pequeños, reconociendo los gastos asociados a la crianza.

La deducción permite obtener 100 euros mensuales por cada hijo menor de 3 años nacido en España. En casos de adopción, el beneficio se extiende durante los tres años posteriores a la inscripción del menor en el Registro Civil, independientemente de su edad en ese momento. Alternativamente, si no se solicita el abono anticipado, se puede reclamar la totalidad de los 1.200 euros anuales al realizar la declaración de la Renta.

Es importante destacar que el Modelo 140 también se utiliza para notificar cambios de residencia al extranjero, el fallecimiento de la persona beneficiaria de la deducción, o bajas y cambios en el régimen de la Seguridad Social o Mutualidad.

Esquema general del proceso de solicitud de la deducción por maternidad mediante el Modelo 140.

Requisitos para Solicitar la Deducción por Maternidad

Para poder acceder a esta deducción, es necesario cumplir una serie de requisitos básicos:

  • Ser mujer y tener un hijo/a menor de 3 años, o haber adoptado un hijo/a.
  • En caso de ser hombre, se puede acceder a la deducción si se tiene la custodia exclusiva del hijo/a o si la madre ha fallecido.
  • Estar dada de alta en la Seguridad Social o mutualidad en el momento del nacimiento del hijo/a o durante el periodo de solicitud. Esto incluye estar trabajando por cuenta propia o ajena, o estar percibiendo una prestación por desempleo (contributiva o asistencial).
  • Haber cotizado un mínimo de 30 días tras el nacimiento del hijo/a.

Situaciones Laborales que Permiten Solicitar el Anticipo

Además de los requisitos básicos, existen diversas situaciones laborales que permiten solicitar el cobro anticipado de la deducción (100 euros mensuales):

  • Trabajadores a tiempo completo: Estar dado de alta al menos quince días de cada mes en el Régimen General, o en los Regímenes Especiales de Minería del Carbón o Trabajadores del Mar.
  • Trabajadores a tiempo parcial: Siempre que se cumpla, en cada mes, con el 50% de la jornada ordinaria de la empresa.
  • Régimen Especial Agrario: Realizar diez jornadas laborales al mes.
  • Otros Regímenes Especiales de la Seguridad Social: Estar dado de alta durante quince días al mes.

Es importante notar que, si bien la ayuda se amplió a partir de 2023 para incluir a madres que reciben prestaciones por desempleo o que han cotizado un mínimo de 30 días, algunas prestaciones asistenciales que no implican alta o cotización podrían no ser suficientes para el cobro mensual anticipado.

Hijos y Períodos que Dan Derecho a la Deducción

Los hijos y períodos que dan derecho a la deducción son:

  • Cualquier hijo/a nacido en España durante sus 3 primeros años de vida.
  • Cualquier hijo/a adoptado/a, durante 3 años desde su inscripción en el Registro Civil, sin importar su edad en el momento de la adopción.
  • Menores vinculados a un tutor que no sea su madre, durante los 3 primeros años del menor.

Situaciones en las que NO se aplica la Deducción

Existen circunstancias en las que no se podrá aplicar la deducción por maternidad:

  • Estar percibiendo el subsidio por desempleo (no contributivo).
  • Estar en situación de excedencia voluntaria.

¿Por Qué es Especial el Modelo 140 para Madres Trabajadoras?

El Modelo 140 es particularmente relevante para las madres trabajadoras, ya que es la vía para solicitar de forma anticipada una deducción fiscal que, de otro modo, solo se podría obtener al presentar la declaración anual de la Renta. Esta posibilidad de recibir 100 euros cada mes puede suponer una ayuda económica crucial para muchas familias.

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¿Dónde y Cómo Presentar el Modelo 140?

La presentación del Modelo 140 se puede realizar de varias maneras:

  • De forma online: A través de la página web de la Agencia Tributaria. Una vez dentro, se accede a la sección correspondiente y se completa el formulario, introduciendo datos personales, información del hijo/a y el IBAN de la cuenta bancaria donde se recibirán los ingresos.
  • De forma presencial: En las oficinas de la Agencia Tributaria. Previamente, el modelo debe ser rellenado e impreso.
  • De forma telefónica: Existe la opción de realizar la solicitud por teléfono llamando al 901 200 345.

Pasos para Rellenar el Modelo 140 Online

El proceso online es bastante intuitivo:

  1. Acceder al enlace del Modelo 140 en la web de la Agencia Tributaria y seleccionar la opción 'Modelo 140. Presentación'.
  2. Introducir el DNI o NIE y su fecha de validez.
  3. Completar los datos personales, los del descendiente (hijo/a) y el IBAN de la cuenta bancaria.
  4. Pulsar en 'Validar' para revisar un resumen del documento.
  5. Confirmar la corrección de los datos y generar el PDF para su descarga.
Captura de pantalla del formulario online del Modelo 140 mostrando los campos a rellenar.

¿Cuándo se Recibe el Dinero?

La ayuda se puede percibir de dos formas:

  • De forma anticipada: Se cobra en la segunda quincena de cada mes, siempre que se esté dado de alta y cotizando en la Seguridad Social durante, al menos, 15 días del mes en cuestión.
  • En la declaración de la Renta: Si no se solicitó el abono anticipado, se pueden reclamar los 1.200 euros correspondientes a los 12 meses anteriores al realizar la declaración anual.

Es fundamental comunicar a Hacienda cualquier variación que afecte al abono anticipado, como la pérdida de la condición de trabajador activo o el incumplimiento de los requisitos.

¿Qué Pasa si Me Deniegan la Solicitud?

Si la solicitud del Modelo 140 es denegada, la Agencia Tributaria enviará una notificación explicando los motivos. Si el problema se debe a datos incorrectos o de fácil subsanación, se recomienda seguir las indicaciones proporcionadas en la notificación. En caso de discrepancia, se puede recurrir a la reclamación económico-administrativa, un procedimiento gratuito para impugnar decisiones de Hacienda, que debe presentarse en el plazo de un mes desde la notificación.

Preguntas Frecuentes sobre el Modelo 140

¿Cuándo puedo pedir los 100 € al mes por maternidad?
Desde el mismo mes en que nace tu hijo/a o se inscribe la adopción. No es necesario esperar a la declaración de la Renta.

¿Puedo pedir esta ayuda si estoy en paro?
Sí, si estás percibiendo una prestación por desempleo contributiva o asistencial y cumples con los requisitos de cotización.

¿Y si soy padre, también puedo pedirlo?
Solo en casos muy concretos: si la madre ha fallecido o si tienes la custodia exclusiva del hijo/a.

¿Cuándo me ingresan el dinero?
Normalmente en la segunda quincena de cada mes por transferencia. Si no se solicita por adelantado, se cobra anualmente en la declaración de la Renta.

¿Qué sucede si no solicité la ayuda antes y voy con retraso?
Puedes reclamar los pagos pendientes de forma retroactiva en la declaración de la Renta, siempre que cumplieras los requisitos en el período correspondiente.

¿La ayuda es aplicable en País Vasco y Navarra?
No, la deducción por maternidad, al ser una deducción fiscal estatal, no se aplica en el País Vasco ni en Navarra, que tienen regímenes fiscales propios.

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