La gestación subrogada, también conocida como maternidad subrogada o "vientre de alquiler", es un proceso mediante el cual una mujer, llamada "gestante" o "madre sustituta", lleva un embarazo y da a luz a un bebé en nombre de otra persona o pareja, quienes serán los padres intencionales o comitentes del niño. Este método de reproducción asistida puede ser una opción para personas o parejas que no pueden concebir un hijo por sí mismos debido a diversas razones médicas, biológicas o personales.
Tipos de gestación subrogada
Básicamente, existen dos modalidades principales de este proceso:
- Gestación subrogada tradicional: En este caso, la madre sustituta es también la madre biológica del bebé, ya que se utiliza su óvulo para la fecundación, ya sea por relación sexual o inseminación artificial con el esperma del padre intencional o de un donante.
- Gestación subrogada gestacional: La madre sustituta no tiene vínculo genético con el bebé. Se utiliza un óvulo de la madre intencional o de una donante, fecundado con el esperma del padre intencional o de un donante, implantándose el embrión resultante en el útero de la gestante mediante la "transferencia de embriones".

Situación legal en España
Las leyes y regulaciones varían según el país; en España, la gestación subrogada no es legal. La Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida, regula los tratamientos, pero no permite la maternidad subrogada. Según esta ley, la mujer que da a luz a un niño siempre se considera su madre legal, independientemente de su relación genética con el bebé. Por tanto, cualquier contrato de este tipo sería inválido y carecería de efecto legal.
Además, la reforma de la ley del aborto de febrero de 2023 prohíbe expresamente la promoción comercial de la gestación por sustitución y la califica como una forma de violencia contra la mujer.
Postura del Tribunal Supremo
El Tribunal Supremo, en sentencias como la n.º 277/2022, ha dictaminado que los contratos de gestación por sustitución son manifiestamente contrarios al orden público español. El Alto Tribunal subraya que estos acuerdos vulneran los derechos fundamentales tanto de la mujer gestante -a quien se obliga a renunciar a sus derechos y a someterse a tratamientos médicos- como del menor, tratando a ambos como objetos mercantiles.
Registro y filiación de menores
Aunque la práctica está prohibida, algunas personas buscan este procedimiento en países donde es legal, como Estados Unidos, Canadá, Ucrania o Georgia. No obstante, el acceso al Registro Civil español ha cambiado significativamente:
- La Instrucción de abril de 2025 de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública establece que los contratos de gestación subrogada son contrarios al orden público.
- El Registro Civil dejará de inscribir de forma directa a los bebés nacidos mediante esta práctica, incluso con resoluciones judiciales extranjeras.
- La filiación deberá determinarse por los cauces habituales: vínculo biológico o adopción.
La sentencia de la Corte de Casación de Francia respecto a la determinación de filiación de un menor
Datos estadísticos
Aunque no hay un número exacto, la socióloga Ana Trejo señaló que, entre 2010 y 2020, los consulados españoles recibieron 2.856 solicitudes de inscripción de menores nacidos mediante este método, de las cuales casi el 88% fueron aceptadas bajo normativas anteriores.
Consideración sobre el material reproductor de fallecidos
Es importante distinguir la gestación subrogada de otros supuestos legales. En España, el artículo 9 de la Ley 14/2006 permite, bajo condiciones estrictas, el uso de material reproductor de una persona fallecida (siempre que el varón haya prestado consentimiento previo en testamento, escritura pública o documento de instrucciones previas) para fecundar a su cónyuge o pareja, supuesto que no debe confundirse con la maternidad subrogada.
tags: #gestacion #por #sustitucion #ciudadanos