Diferencias entre el permiso parental y el permiso por nacimiento y cuidado del menor

Durante los últimos años, los permisos vinculados a la crianza en España se han ido ampliando progresivamente hasta convertirse en los más generosos de la OCDE. El marco legal actual, impulsado por reformas sucesivas y la transposición de directivas europeas, busca promover la igualdad de género en el mercado de trabajo y garantizar la corresponsabilidad en los cuidados de los menores.

Es fundamental distinguir entre el permiso por nacimiento (antiguamente conocido como paternidad y maternidad) y el nuevo permiso parental, ya que poseen objetivos, duraciones y formas de disfrute distintas.

infografía comparativa que muestre la duración y características del permiso por nacimiento frente al permiso parental de 8 semanas

El permiso por nacimiento y cuidado del menor

El permiso por nacimiento y cuidado de menor es un derecho individual de la persona trabajadora y no transferible al otro progenitor. Este concepto sustituyó en el año 2021 a las antiguas prestaciones de maternidad y paternidad, equiparándolas totalmente.

Evolución y duración actual

Desde 2021, el permiso era de 16 semanas. Sin embargo, tras la reforma propiciada por el Real Decreto-ley 9/2025, el permiso se ha ampliado a 19 semanas retribuidas para cada uno de los progenitores. En el caso de las familias monoparentales, esta duración se incrementa hasta las 32 semanas.

Esta evolución ha sido notable: antes de 2017, el permiso de paternidad era de apenas 2 semanas. En 2019 pasó a 8 semanas, en 2020 a 12 semanas, hasta alcanzar la equiparación total y las posteriores ampliaciones actuales. El objetivo es que el trabajo retribuido no impida a hombres y mujeres ejercer su derecho a los cuidados.

Distribución y obligatoriedad

El disfrute de las 19 semanas se organiza de la siguiente manera:

  • 6 semanas obligatorias: Deben disfrutarse de forma ininterrumpida, a jornada completa e inmediatamente después del parto o la resolución judicial en caso de adopción. Ni el padre ni la madre pueden posponer estos días.
  • 13 semanas restantes: Pueden disfrutarse en periodos semanales, de forma acumulada o interrumpida, hasta que el bebé cumpla 12 meses. Su disfrute a jornada parcial o interrumpida requiere acuerdo con la empresa.
  • Casos especiales: En familias monoparentales, tras las 6 semanas obligatorias, las 26 semanas restantes pueden distribuirse de forma flexible hasta el primer año del menor.

Baja por MATERNIDAD Y PATERNIDAD: 5 claves que debes conocer del permiso laboral por nacimiento

El permiso parental de 8 semanas

Una de las novedades más relevantes de la Ley de Familias es la creación del permiso parental. Este permiso permite a los progenitores cuidar de su hijo o menor acogido durante un periodo no superior a 8 semanas, continuas o discontinuas, hasta que el menor cumpla 8 años.

A diferencia del permiso por nacimiento, este tiene un carácter orientado a la conciliación en etapas posteriores a la lactancia. Sus características principales son:

  • Es un derecho intransferible.
  • Puede disfrutarse de manera flexible (a tiempo completo o parcial).
  • Debe preavisarse a la empresa con al menos 10 días de antelación.
  • Actualmente, la normativa establece que al menos dos de estas semanas son retribuidas (ampliándose a cuatro en ciertos supuestos y familias monoparentales), aunque el resto del periodo puede no serlo según la implementación final de la directiva europea.

Comparativa técnica de los permisos

Característica Permiso por Nacimiento Permiso Parental
Duración 19 semanas (32 en monoparentales) 8 semanas totales
Límite de edad Hasta los 12 meses del bebé Hasta los 8 años del niño
Retribución 100% de la base reguladora Mínimo 2 semanas retribuidas (según RDL 9/2025)
Transferibilidad Intransferible Intransferible

Ampliaciones y situaciones especiales

Existen supuestos donde la duración del permiso por nacimiento puede verse incrementada:

  • Partos múltiples: Se amplía en dos semanas por cada hijo a partir del segundo (una semana para cada progenitor).
  • Discapacidad del hijo: Una semana adicional para cada progenitor.
  • Parto prematuro y hospitalización: Si el neonato debe permanecer hospitalizado más de siete días tras el parto, el permiso se amplía tantos días como esté ingresado, con un máximo de 13 semanas adicionales.

En el supuesto de fallecimiento del hijo, el periodo de suspensión no se reduce, permitiendo a los progenitores mantener el descanso salvo que soliciten la reincorporación tras las seis semanas obligatorias.

esquema de ampliaciones del permiso por hospitalización neonatal y partos múltiples

Aspectos económicos y fiscales

Durante el permiso por nacimiento, el contrato de trabajo queda suspendido. En lugar del salario, el trabajador recibe una prestación de la Seguridad Social equivalente al 100% de su base de cotización. En el caso de los autónomos, funciona de forma análoga; por ejemplo, si cotizan por la base mínima, recibirán aproximadamente 950 euros al mes (datos de 2025).

Es importante destacar una ventaja fiscal significativa: las prestaciones relacionadas con el permiso de paternidad y maternidad están exentas de IRPF. Además, los tres primeros años de excedencia por cuidado de menor se consideran cotizados para el cálculo de prestaciones futuras.

Trámites administrativos necesarios

Para acceder a estos derechos, es necesario realizar una serie de trámites tras el nacimiento del bebé:

Inscripción en el Registro Civil

Es un trámite obligatorio que debe realizarse en un plazo de 10 días (ampliable a 30 por causa mayor). Este trámite garantiza la identidad legal del bebé y puede realizarse directamente en la mayoría de hospitales antes del alta médica.

Solicitud de la prestación

La gestión se realiza ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) a través de tres vías:

  1. Vía electrónica: Mediante la sede electrónica con certificado digital o Cl@ve.
  2. Correo ordinario: Enviando el formulario y documentación a la Dirección Provincial correspondiente.
  3. Presencial: En los centros CAISS con cita previa.

Documentación requerida

  • Acreditación de identidad (DNI, NIE o pasaporte).
  • Certificado de empresa con la fecha de inicio del descanso.
  • Libro de familia o certificado del Registro Civil.
  • Solicitud oficial cumplimentada.

Baja por MATERNIDAD Y PATERNIDAD: 5 claves que debes conocer del permiso laboral por nacimiento

Gestión en el ámbito empresarial

Para las empresas, estas reformas suponen una necesidad de adaptación frecuente a nuevas realidades laborales. La incorporación de estos permisos exige protocolos claros para gestionar las solicitudes, como el registro en bases de datos de RR.HH. y la reorganización de turnos para mantener la productividad.

El procedimiento de adaptación de jornada para la conciliación exige un diálogo previo entre empresa y trabajador, con un plazo máximo de respuesta de 15 días. Una buena comunicación interna y el uso de herramientas digitales son clave para evitar tensiones en la planificación de proyectos.

Aunque se ha propuesto la ampliación del permiso de nacimiento a 20 semanas, esta medida aún depende de futuros acuerdos presupuestarios. Por ahora, España se posiciona como un referente internacional, ofreciendo a las familias herramientas clave para asegurar el bienestar de los más pequeños y reducir la brecha de género en el mercado laboral.

tags: #diferencia #entre #permiso #parental #y #paternidad