En España, el concepto tradicional de "baja por paternidad" ha evolucionado significativamente. Desde el 1 de enero de 2019, la baja por maternidad y la baja por paternidad se fusionaron en la denominada Prestación por Nacimiento y Cuidado del Menor. Este beneficio laboral tiene como objetivo principal apoyar la conciliación de la vida laboral y familiar.
Aunque comúnmente se sigue haciendo referencia a este permiso como baja por maternidad y baja por paternidad, el marco legal actual busca una mayor igualdad y corresponsabilidad. Desde el 1 de enero de 2021, el permiso de paternidad es igual al permiso por maternidad, promoviendo la participación activa de ambos progenitores en el cuidado del menor desde el inicio.
Importancia del Permiso por Nacimiento y Cuidado del Menor
El permiso por nacimiento y cuidado del menor ha adquirido una relevancia creciente en el contexto laboral y social, extendiéndose más allá de la esfera individual para impactar en diversos aspectos de la sociedad contemporánea.
Desempeña un papel crucial en la protección de los derechos del niño y en el fortalecimiento de los lazos familiares. Al permitir que los padres pasen tiempo de calidad con sus hijos desde el nacimiento o la adopción, se establece un vínculo emocional temprano que contribuye al desarrollo integral de los niños. Este tiempo compartido no solo beneficia el desarrollo cognitivo y emocional de los hijos, sino que también fomenta relaciones familiares más sólidas y saludables, lo que puede tener un impacto positivo a largo plazo en la sociedad en su conjunto.
Asimismo, este permiso puede ser beneficioso para las empresas y organizaciones en términos de productividad y retención de talento. Al permitir que los padres tomen un tiempo libre para cuidar de sus hijos sin temor a perder sus empleos o ser penalizados, las empresas pueden fomentar un entorno laboral más inclusivo y equitativo. Esto, a su vez, puede mejorar la moral, la lealtad y el compromiso de los empleados. Además, al promover una mayor igualdad de género y facilitar la conciliación entre el trabajo y la vida familiar, el permiso puede ayudar a atraer y retener a profesionales talentosos.

Marco Legal y Evolución de los Derechos
El marco legal del permiso por nacimiento y cuidado del menor se regula principalmente en el Real Decreto-Ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para la garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación. También se complementa con la Ley 9/2009, de 6 de octubre, de ampliación de la duración del permiso de paternidad, y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, que introdujo modificaciones para ampliar los derechos de conciliación.
La conciliación entre la vida laboral y personal ha ganado protagonismo en los últimos años, y el marco legal español se ha ido adaptando. La Ley de Familias, aprobada en 2023 y desarrollada en 2024, ha introducido un conjunto de medidas dirigidas a reforzar la conciliación laboral y familiar en España, adaptando la normativa española a las directivas de la Unión Europea.
Duración y Distribución del Permiso por Nacimiento y Cuidado del Menor
En España, la duración de este permiso ha evolucionado constantemente:
- Hasta 2022, la duración del permiso fue de 16 semanas.
- Para 2024, se anunció por parte del Ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, la intención de extender los permisos de paternidad y maternidad de 16 a 20 semanas, junto con la introducción de un nuevo permiso remunerado para padres y madres de 8 semanas. Este anuncio apuntaba a un periodo más extenso para fortalecer el vínculo familiar.
- Según el Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio, a partir del 1 de enero de 2026, el permiso por nacimiento, adopción o cuidado del menor en España se amplía hasta 19 semanas retribuidas por progenitor. Esta medida sitúa a España entre los países más avanzados en igualdad de permisos.
La distribución del permiso de 19 semanas por progenitor (vigente desde 2026) se realizará de la siguiente manera:
- 6 semanas obligatorias tras el parto, adopción o acogimiento. Se deben disfrutar de forma ininterrumpida y consecutiva.
- 11 semanas flexibles, a disfrutar hasta que el menor cumpla 12 meses, de forma completa o a tiempo parcial. Estas semanas pueden disfrutarse en periodos semanales, de forma acumulada o ininterrumpida.
- 2 semanas adicionales, que pueden usarse hasta que el niño cumpla 8 años. Estas 2 semanas extra solo se aplican a bebés nacidos a partir del 2 de agosto de 2024 y pueden solicitarse desde el 1 de enero de 2026.
Si ambos progenitores trabajan y ejercen este derecho con la misma duración y modalidad, el permiso puede extenderse hasta que el bebé cumpla 12 meses. A partir de los 9 meses, esta ampliación implica una reducción proporcional del salario, aunque puede compensarse con una prestación económica de la Seguridad Social para uno de los progenitores.

Requisitos y Procedimiento de Solicitud
Requisitos para percibir la Prestación
Para acceder al permiso por nacimiento y cuidado del menor, los padres deben cumplir ciertos requisitos:
- Estar en alta en la Seguridad Social o en una situación equivalente (como recibir prestaciones por desempleo).
- Si se tienen más de 26 años, haber cotizado al menos 180 días en los últimos 7 años anteriores al parto o 360 en toda la vida laboral.
- Entre los 21 y los 26 años, un periodo de cotización de al menos 90 días en los últimos 7 años anteriores al parto o 180 en toda su vida laboral.
- Comunicar a la empresa la intención de solicitar esta baja.
Proceso de Solicitud
El acceso al permiso implica seguir un proceso administrativo específico:
- Comunicación a la empresa: El disfrute del permiso debe comunicarse a la empresa con una antelación mínima de 15 días, o el tiempo que determine el convenio colectivo aplicable. Se debe precisar la fecha de inicio y finalización del permiso, y la modalidad elegida.
- Documentación: Se deben presentar certificados de nacimiento o adopción del hijo, así como cualquier otra evidencia que requiera la legislación local. Es fundamental estar al tanto de los documentos necesarios y recopilarlos antes de iniciar el proceso.
- Solicitud de la prestación: La prestación económica corre a cargo de la Administración (Seguridad Social).
La normativa establece que el progenitor no gestante puede adelantar el permiso hasta 10 días antes de la fecha probable de parto.
Cómo solicitar la prestación por Nacimiento y Cuidado de Menor [sin certificado digital]
Beneficios Económicos y Fiscalidad
La prestación económica de la baja por paternidad consiste en un ingreso equivalente al 100 % de la base reguladora del trabajador. Esta se cobra mensualmente, normalmente a mes vencido, y trata de compensar a los trabajadores.
La fiscalidad en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) se ve alterada por tener un hijo, ya que se considera un gasto adicional o carga familiar. La Sentencia del Tribunal Supremo de 3 de octubre de 2018 y el Real Decreto 27/2018, de 30 de diciembre, establecieron que las prestaciones por maternidad y paternidad están incluidas en los supuestos de exención del IRPF.
Además, a partir del 1 de enero de 2023, la deducción por maternidad se amplía en 1.000€ adicionales cuando se hayan tenido gastos por custodia del hijo menor en guarderías y centros de educación infantil autorizados. Es importante recordar que los trabajadores deben presentar a su empleador el Modelo 145 actualizado ante cambios en su situación personal y familiar.
La promoción de permisos de paternidad y maternidad por parte de las empresas puede traducirse en beneficios fiscales significativos, incluyendo deducciones por retribuciones y por la creación de empleo. Además, las deducciones específicas por maternidad o paternidad y los gastos de custodia de menores refuerzan la importancia de implementar políticas de conciliación familiar.
Otros Derechos Laborales para Familias
Además del permiso por nacimiento y cuidado del menor, existen otros derechos laborales destinados a facilitar la conciliación familiar:
Permiso Parental de 8 Semanas
La Ley de Familias reconoce a cada progenitor el derecho a un total de 8 semanas de permiso parental, que pueden disfrutarse hasta que el hijo cumpla los 8 años de edad. Esto ofrece flexibilidad para adaptarse a distintas etapas del cuidado del menor.
Según la normativa publicada en el BOE (y a pesar de algunas propuestas iniciales que apuntaban a retribuir parte del permiso), este permiso no es retribuido de forma generalizada. Para solicitarlo, el trabajador debe avisar con al menos 10 días de antelación (o el plazo previsto en convenio), indicando si lo disfrutará de forma seguida o en varios bloques.
Permiso de Lactancia
El padre tiene derecho a una hora de ausencia en el trabajo para el cuidado del lactante hasta que este cumpla 9 meses. Dicha hora se puede dividir en dos fracciones. El derecho está desvinculado del hecho físico de dar el pecho, por lo que puede ser disfrutado indistintamente por el padre o la madre, ya que constituye un derecho individual de los trabajadores.
- El permiso de lactancia deberá abonarlo el empresario, y el trabajador no podrá ver reducido el salario que venía percibiendo hasta ese momento, salvo si deciden ampliar el permiso hasta los doce meses.
- La acumulación de la lactancia se calcula sumando una hora de trabajo por cada día de trabajo desde la reincorporación del permiso de paternidad hasta que el bebé cumpla nueve meses.
- Si ambos progenitores trabajan y lo disfrutan, podrán ampliar el permiso desde los nueve hasta los doce meses. Sin embargo, en ese caso, los meses de permiso desde los nueve hasta los doce meses tendrán una reducción del salario proporcional al tiempo de ausencia por disfrute del permiso.
- Debe pedirse por escrito a la empresa, con un preaviso mínimo de 15 días (o el que marque el convenio), indicando la modalidad elegida y el horario o período de disfrute.
Reducción de Jornada por Cuidado de Menor
Al igual que la madre, el padre puede solicitar una reducción de jornada para cuidado de un hijo menor de 12 años, con la disminución proporcional del salario. La reducción puede ser como mínimo de un octavo y como máximo el 50 % de la jornada.
Adaptación de Jornada
Por motivos de conciliación, los trabajadores tienen derecho a solicitar la adaptación de su jornada de trabajo en cuanto a la duración y distribución, la ordenación del tiempo de trabajo (por ejemplo, cambio de turno u horario flexible), incluyendo la posibilidad del teletrabajo, sin necesidad de reducir la jornada ni el salario. El procedimiento exige un diálogo previo entre empresa y trabajador, con un plazo máximo de respuesta de 15 días.
Excedencia por Cuidado de Hijos
Los padres tienen derecho a solicitar una excedencia para el cuidado de hijos por un periodo máximo de 3 años. Durante el primer año de excedencia, se tendrá derecho a la reserva del mismo puesto de trabajo. Durante este tiempo, se suspende la relación laboral sin derecho a desempleo.
Padres Separados o Divorciados
Los padres separados o divorciados que no tengan atribuida la guarda y custodia de sus hijos podrán disfrutar y pasar el Día del Padre con ellos, en el caso de que la sentencia de separación o divorcio lo recoja expresamente. Si dicho día no queda reflejado, el padre podrá pasarlo con su hijo si coincide esta fecha con el periodo de tiempo que le tocaba estar con él.
Protección Frente al Despido y Retorno al Trabajo
El trabajador tiene una especial protección durante el disfrute del permiso por nacimiento y cuidado del menor y hasta doce meses después del nacimiento. Esta protección determina que en caso de que se despida a un trabajador sin causa justificada, el despido será declarado nulo, y el trabajador tendrá derecho a ser readmitido de manera inmediata con el abono de los salarios dejados de percibir desde el momento en que fue despedido.
No obstante, puede ser despedido si existe justa causa mediante un despido objetivo o disciplinario. La protección no se hace efectiva hasta que el trabajador disfrute el permiso de la Seguridad Social. La normativa establece que el despido de trabajadores durante el período de suspensión del contrato de trabajo por este motivo es nulo. Esto incluye el tiempo en que el trabajador está disfrutando de permisos por cuidado del lactante o reducción de jornada por cuidado de un menor.
El trabajador que ha disfrutado del permiso tiene derecho a retornar a su puesto de trabajo habitual o a uno similar, con las mismas condiciones laborales que tenía antes de la baja. El empleador debe garantizar la reserva del puesto de trabajo durante el período de ausencia. Es importante que el trabajador comunique con antelación a su empleador su intención de retornar al trabajo, mediante un documento formal, como una carta o un correo electrónico, donde se indique la fecha exacta de retorno.
Consideraciones para Empresas y Autónomos
La incorporación de estos permisos parentales exige a las empresas protocolos claros y ágiles para gestionar las solicitudes de los trabajadores. Es una de las principales obligaciones de las empresas informar a sus trabajadores sobre los derechos de conciliación, y es recomendable que el departamento de RRHH difunda actualizaciones periódicas. Uno de los principales efectos es la necesidad de reorganizar turnos y redistribuir tareas cuando un trabajador se acoge a un permiso. Para las grandes empresas, esta cobertura suele ser más sencilla gracias al mayor tamaño de plantilla. Los permisos parentales pueden generar tensiones en la planificación de proyectos y plazos de entrega; una buena comunicación interna y una planificación flexible ayudan a mantener la productividad.
Los autónomos no tienen acceso a permisos retribuidos como los de los asalariados, pero la legislación les reconoce determinadas situaciones en las que pueden suspender su actividad sin perder cobertura. La Prestación por nacimiento y cuidado de menor para autónomos es equiparable al permiso de maternidad y paternidad de los trabajadores por cuenta ajena. Aunque las obligaciones de conciliación no recaen directamente en un empleador, los autónomos deben planificar con antelación cómo cubrirán su actividad durante estos periodos.