Libre Elección de Hospital o Profesional para Atención Obstétrica y Especializada

La elección del centro sanitario y del profesional que acompañará un proceso tan trascendental como el parto es una decisión de gran importancia. No solo influye en la recuperación postparto de la madre y el desarrollo del bebé, sino también en la vivencia de la experiencia en sí. Un lugar donde se respeten las preferencias personales, donde la mujer se sienta segura y arropada emocionalmente, y donde se pueda instaurar la lactancia materna, es fundamental para muchas futuras madres. Aunque a menudo se elige el hospital más cercano o se asume que solo se puede dar a luz en el que corresponde por zona de residencia, existe el derecho a la libre elección.

Foto de una sala de partos moderna y acogedora

Derecho a la Libre Elección en el Sistema de Salud

Toda persona que, de acuerdo con la normativa estatal aplicable, ostente la condición de asegurada o beneficiaria del Sistema Nacional de Salud y esté en posesión de una tarjeta sanitaria individual expedida por la conselleria con competencias en materia de sanidad, tiene derecho a ejercer la libre elección.

¿Quién puede solicitar la libre elección?

La solicitud de libre elección de un servicio de atención especializada o de un facultativo especialista puede ser realizada por:

  • La persona titular del derecho.
  • La persona autorizada por el titular del derecho.
  • La persona que ostente la representación legal, en el caso de menores de edad no emancipados o de personas incapacitadas por resolución judicial para el ejercicio del derecho.

Proceso de solicitud para atención especializada

El procedimiento para solicitar la libre elección de médico o servicio de atención especializada se dirige a:

  1. El gerente del departamento de salud en el que preste servicios el médico o servicio objeto de elección.
  2. En el caso de un departamento de salud bajo régimen de concesión administrativa, la solicitud se dirigirá al comisionado de la conselleria, quien será competente para resolver.

El órgano competente para resolver dará traslado inmediato de la solicitud al médico o al servicio de atención especializada objeto de elección, a los efectos de que emitan un informe preceptivo pero no vinculante, y resolverá a continuación. El plazo máximo para resolver y notificar será de un mes desde la entrada de la solicitud en el registro del órgano competente para su tramitación.

Causas de denegación de la solicitud

Existen razones por las cuales una solicitud de libre elección puede ser denegada:

  1. Cuando no concurran los supuestos contemplados en el decreto regulador.
  2. Cuando el profesional de medicina de atención primaria o especializada sea responsable de la atención sanitaria de un número de personas que exceda de la población asignada por médico o la lista de espera, lo que vulneraría la garantía de una asistencia sanitaria de calidad.
  3. Cuando no se salvaguarde la buena relación profesional sanitario-paciente.
  4. Otros motivos que, a juicio del profesional, pudieran menoscabar su correcta práctica asistencial. La denegación exigirá que el médico, pediatra, profesional de enfermería o especialista manifieste su voluntad de que sea denegada la elección del paciente mediante informe motivado.

La resolución denegatoria se podrá recurrir en alzada ante la persona titular de la Secretaría Autonómica de Sanidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de su notificación. O bien, si no ha recaído ninguna resolución en el plazo de tres meses a partir del día siguiente al de la presentación de la solicitud, esta podrá entenderse desestimada por silencio administrativo.

Consideraciones Específicas para la Elección de Hospital Obstétrico

La elección de un centro para el parto no es solo una cuestión de logística, sino de alineación con las expectativas y necesidades personales. Muchas mujeres optan por un hospital público o privado basándose en percepciones sobre la "medicalización" o las comodidades, pero lo más importante es que el centro pueda ofrecer lo que cada mujer considera esencial para vivir su parto de la manera deseada. Por ello, es importante informarse bien.

10 Cosas que DEBES SABER sobre el PARTO

Factores clave a investigar al elegir un hospital para el parto

Para tomar una decisión informada, se recomienda indagar sobre los siguientes aspectos:

  • ¿Ofrece visitas guiadas o tours virtuales? Es fundamental para conocer las instalaciones, el circuito interno y familiarizarse con el hospital, el personal y el ambiente. Permite resolver dudas y reduce el estrés el día del parto.
  • ¿Apoya el parto respetado? Pregunte si el centro se adhiere al concepto de parto respetado y si se reconoce el Plan de Parto, un documento oficial donde se pueden especificar las preferencias sobre el tipo de parto deseado.
  • ¿Quién atenderá al llegar? Generalmente, atenderá el equipo médico que esté de guardia. Es importante conocer el rol de la comadrona/comadrón.
  • ¿Se permite el acompañamiento continuo? La respuesta debe ser afirmativa, permitiendo que la persona elegida asista en todo momento desde el ingreso y durante el parto, incluso en caso de cesárea, a no ser que exista una complicación grave.
  • ¿Libertad de movimiento y posturas durante la dilatación? Si el parto transcurre con normalidad y se ha expresado el deseo explícitamente (o en el Plan de Parto), se tiene libertad para moverse. Algunos centros disponen de bañera para dilatar en el agua.
  • Información sobre intervenciones y estadísticas: Pregunte qué porcentaje de partos naturales, episiotomías y cesáreas realiza el centro. Aunque no siempre consta explícitamente, este dato es relevante. La OMS recomienda que el índice de cesáreas no supere el 16% y las episiotomías el 15-20%, si bien estos datos son relativos al perfil de la paciente y la demografía.
  • Capacidad para embarazos de alto riesgo y bebés prematuros: Es crucial saber si el centro dispone de personal experto y de infraestructuras de apoyo, como una Unidad de Cuidados Intensivos (UCI), tanto materna como neonatal, y personal especializado para atender a bebés prematuros. Esto es vital en embarazos múltiples, mujeres de edad avanzada o con enfermedades crónicas, o con antecedentes de problemas en partos previos (ej. preeclampsia).
  • Prácticas postparto: "Piel con piel" y alojamiento conjunto (24h). La mayoría de los hospitales son “Amigos de los Niños”, un distintivo de la OMS y UNICEF que indica que ofrecen el contacto piel con piel entre madres/padres e hijos, y la permanencia del bebé en la habitación materna las 24 horas para facilitar la lactancia materna y el vínculo.
  • Apoyo a la lactancia materna: Es importante saber si el hospital cuenta con personal de apoyo para la lactancia, para potenciarla y ofrecer asesoramiento en caso de que surja algún problema.
Infografía: Cuestiones clave para elegir hospital de parto

Modalidades de Solicitud de Cambio de Profesional o Centro

Cambio online (telemático)

Para acceder de forma telemática, el solicitante debe disponer de un sistema de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada, basado en certificados electrónicos expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación».

  • Se admiten el DNIe (DNI electrónico), los certificados emitidos por la FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre) y los certificados de persona jurídica, empleado público o persona física emitidos por la ACCV (Autoritat de Certificació de la C. Valenciana).
  • También se admite Clave-Permanente del Estado como método de autenticación y firma para la tramitación telemática dentro de la sede electrónica de la Generalitat. Este mecanismo es aceptado únicamente para personas físicas, excluyendo a personas jurídicas (empresas, ayuntamientos, entidades, etc.).
  • Además, se debe tener instalada la aplicación AutoFirma en el ordenador si se va a realizar la firma con certificado digital.

IMPORTANTE: Todos los documentos certificados o firmados que se presenten telemáticamente deberán ser enviados en formato PDF y tendrán que incorporar las FIRMAS DIGITALES de la/s persona/s o entidad/es que lo/s suscriban.

Proceso online (ejemplo Comunidad de Madrid):

Para realizar online un cambio de médico o profesional de Enfermería, se puede acceder al servicio seleccionando el centro de salud o buscando el profesional sanitario deseado. Posteriormente, deberá identificarse con su DNI electrónico o certificado digital.

  • Acceso por centro de salud: Permite buscar el centro por municipio, código postal o nombre. Una vez identificado, se muestran los profesionales sanitarios que prestan servicios en él, pudiendo seleccionarlo con la flecha verde.
  • Acceso por nombre del profesional: Permite buscar por nombre y apellidos del médico de familia o profesional de enfermería. Una vez identificado, se selecciona igualmente con la flecha verde.

En ambos casos, el sistema solicitará el DNI electrónico o certificado digital para realizar la gestión. Se proporcionará un justificante electrónico con los datos del profesional elegido. Puede consultar los certificados digitales reconocidos por su Comunidad Autónoma.

Cambio presencial

Para realizar el cambio de manera presencial, se debe acudir al centro de salud donde trabaja el profesional o profesionales que se desea elegir. En la unidad administrativa del centro, se indicará el deseo de realizar la elección de un profesional o profesionales de ese centro.

La unidad administrativa del centro de salud realizará la tramitación correspondiente, asignando el profesional de Medicina de Familia, Pediatría o Enfermería elegidos, y cambiará los datos en la tarjeta sanitaria. Para ello, se entregará una copia cumplimentada de la solicitud del cambio, que deberá ser firmada por el solicitante y sellada por la unidad administrativa para su registro. A partir de ese momento, el paciente estará adscrito al profesional elegido y, como justificante, se entregará una copia sellada de la comunicación de la libre elección y una nueva pegatina para la tarjeta sanitaria.

La comunicación del paciente permite el acceso provisional a los profesionales elegidos. Transcurrido un periodo máximo de tres meses sin notificación en contrario, se convertirá en adscripción definitiva al profesional o profesionales elegidos.

Preguntas Frecuentes y Aclaraciones sobre la Libre Elección

¿Es necesaria alguna justificación para el cambio de profesional en Atención Primaria?

No. La libertad de elección de médico de Familia, pediatra y profesional de Enfermería en Atención Primaria se ejercerá en cualquier momento y sin necesidad de justificación alguna.

¿Se puede elegir especialista en la primera cita?

Usted podrá elegir en la primera cita, una vez que su médico de Familia le haya derivado. Para la gestión de esta primera cita le llamarán desde el Centro de Gestión de Citas y usted podrá solicitar ser valorado por el profesional o servicio que considere de dicha especialidad. Así, es en esta llamada cuando usted podrá elegir el profesional o el centro entre los que le oferta su Comunidad Autónoma. Esta elección también se puede realizar directamente por internet al gestionar la cita con el especialista.

¿Siempre se puede elegir al profesional deseado?

Generalmente sí, siempre y cuando los profesionales solicitados estén accesibles dentro de la oferta de libre elección de su Comunidad Autónoma. Las excepciones que pueden determinar que no le sea asignado un profesional son las mencionadas previamente en las causas de denegación.

¿Es necesario estar empadronado en la Comunidad Autónoma para ejercer el derecho?

Sí, es necesario estar empadronado en la Comunidad Autónoma correspondiente para ejercer el derecho a la libertad de elección.

¿Cuántas veces se puede ejercer la libertad de elección?

El ejercicio de libertad de elección es voluntario y puede efectuarse tantas veces como el ciudadano considere necesario, a partir de la primera asignación. Sin embargo, no será posible la elección simultánea de varios médicos de Familia, pediatras o profesionales de Enfermería.

¿Cambiar de médico de familia implica cambiar de hospital de referencia?

El hospital de referencia vendrá determinado por el médico de Familia o pediatra que tenga asignado en su tarjeta sanitaria. Por tanto, cambiar de médico de familia conlleva cambiar de hospital de referencia, siempre que su nuevo médico pertenezca a una zona cuyo hospital de referencia sea diferente al que tenía anteriormente.

¿Se puede elegir otro hospital para una intervención si ya se está en un proceso en Atención Especializada?

Sí, pero solo si se trata de distintos procesos clínicos. La elección de médico en Atención Especializada supondrá que todos los actos relacionados con un mismo proceso serán atendidos en el mismo hospital hasta que se produzca el alta de dicho proceso. Si una vez valorado, se le puede dar el alta en dicho servicio y usted lo considera necesario, podrá elegir hospital para una intervención posterior.

¿Qué sucede con la documentación clínica al cambiar de centro?

Para poder consultar la documentación clínica que pueda tener el paciente en otro centro sanitario público de la Comunidad Autónoma, muchos sistemas de salud disponen de visores (como HORUS en la Comunidad de Madrid) que permiten a los profesionales sanitarios visualizar la información clínica de los pacientes (historia clínica de Atención Primaria, informes de Atención Especializada de diferentes servicios, citas pendientes, acceso a partes de interconsulta, etc.). Está disponible desde cualquier lugar y con independencia de dónde se encuentre almacenada dicha información (hospital o centro de salud). No obstante, se recomienda llevar aquellos informes clínicos más recientes de que disponga.

¿Dónde se realizarán las pruebas diagnósticas?

  • En el caso de Atención Primaria, en el centro de referencia que corresponda al médico de familia de su elección.
  • En el caso de haber elegido especialista, las pruebas se realizarán en el hospital o centro que corresponda al médico elegido.

¿Cuánto tiempo dura la adscripción al profesional elegido?

  • En Atención Primaria, una vez que usted solicite por escrito la elección de profesionales y estos le sean confirmados por la Administración Sanitaria, usted podrá continuar con ellos, siempre y cuando estos profesionales continúen en el Servicio de Salud correspondiente y hasta que usted solicite un nuevo cambio.
  • La elección de médico en Atención Especializada supondrá que todos los actos relacionados con un mismo proceso clínico serán atendidos en el mismo hospital hasta que se produzca el alta de dicho proceso.

¿La elección de médico psiquiatra implica la elección de otros profesionales del equipo de salud mental?

Sí, implica la elección del psicólogo clínico, profesional de Enfermería y trabajador social que integran el equipo multidisciplinar del centro de salud mental. También implica la elección de los recursos de hospitalización, sanitarios y sociosanitarios, asociados al centro donde trabaja este médico psiquiatra y su equipo.

Esquema del proceso de libre elección en atención especializada

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