Interrupción Voluntaria del Embarazo en Islas Baleares

La interrupción voluntaria del embarazo (IVE) es un derecho reconocido en España y, por extensión, en las Islas Baleares, sujeto a una legislación específica y a un protocolo de atención sanitaria. Este artículo proporciona información detallada sobre cómo abortar en Islas Baleares, incluyendo métodos, plazos, acceso a la sanidad pública y opciones para menores de edad.

mapa de las Islas Baleares destacando la ubicación de Ibiza, Palma de Mallorca, Menorca y Formentera

Marco Legal de la Interrupción Voluntaria del Embarazo en Islas Baleares

En Islas Baleares, al igual que en el resto de España, el aborto está regulado por la Ley Orgánica 2/2010 del 3 de marzo, de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria de Embarazo. Esta ley reconoce el derecho al acceso al aborto en determinados casos:

  • La mujer es libre de interrumpir su embarazo de manera voluntaria y sin tener que dar explicaciones de su decisión hasta las 14 primeras semanas de gestación.
  • Excepcionalmente, se podrá interrumpir el embarazo hasta las 22 semanas:
    • Siempre que exista grave riesgo para la salud o la vida de la embarazada.
    • Riesgo de graves anomalías en el feto.
  • Este plazo podrá ampliarse cuando se detecten anomalías fetales incompatibles con la vida y así conste en un dictamen emitido con anterioridad por un médico especialista, distinto del que practique la intervención.
  • También se podrá ampliar el plazo cuando se detecte en el feto una enfermedad extremadamente grave e incurable en el momento del diagnóstico y así lo confirme y apruebe un comité clínico.

ABORTO: REGULACIÓN ACTUAL (2022) EN ESPAÑA//REFORMA DE LA L.O. 2/2010??//CÓDIGO PENAL (arts.144-146)

Evolución Histórica de la Legislación del Aborto en España y Baleares

La interrupción voluntaria del embarazo ha sido en gran medida ilegal en España durante muchos períodos históricos. Durante la dictadura de Franco, las mujeres que requerían una interrupción voluntaria del embarazo fueron en ocasiones perseguidas por el régimen. La ley en España fue modificada el 24 de enero de 1941 para caracterizar el aborto como un crimen contra el Estado.

Tras la muerte de Franco y la Transición democrática, las feministas de las Islas Baleares se volvieron muy activas en la lucha por la despenalización del aborto. El aborto fue despenalizado en el Código Penal por primera vez en todo el territorio español en 1985 en tres supuestos: por motivos terapéuticos, por motivos eugenésicos y en caso de violación previa denuncia policial. El aborto solo era legal en estos casos antes de la semana 22, semana 22 y semana 12 respectivamente.

Si bien el aborto fue despenalizado en 1985, no se convirtió en un servicio ofrecido por la sanidad pública hasta un cambio en la ley en 2010. La legislación sobre el aborto se modificó en 2010 para permitir a las mujeres abortar libremente hasta la decimocuarta semana de embarazo sin justificación. En febrero de 2023, el Tribunal Constitucional confirmó la ley de 2010 que permitía a las mujeres abortar mediante petición gratuita durante las primeras catorce semanas de su embarazo.

El papel del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares

El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares dictó sentencia el 13 de febrero de 1998 en relación con las matronas y su derecho a ser objetoras de conciencia. El fallo dijo que la objeción de conciencia era constitucional, incluso si la Constitución no hacía referencia explícita a ella, estando cubierta por el artículo 16 de la Constitución que garantiza la libertad religiosa e ideológica.

Métodos de Aborto y Plazos de Gestación

En Islas Baleares se puede abortar por medio de dos métodos principales, aunque dependerá de la semana de embarazo en la que te encuentres:

Aborto con pastillas (farmacológico)

Este método se utiliza, por lo general, hasta las 7-9 semanas de gestación; se realiza mediante la combinación de dos medicamentos. Se considera un aborto de bajo riesgo.

Aborto quirúrgico

Es un método utilizado hasta la semana 14 de embarazo y se considera un aborto de bajo riesgo; por encima de la semana 14 es un aborto de alto riesgo. Para realizar un aborto según las semanas de gestación se utilizan un conjunto de técnicas para interrumpir el embarazo:

  • Dilatación o aspiración: puede realizarse de la semana 5 a la 14 de embarazo. Consiste en una operación menor ambulatoria con una duración de entre 5 y 7 minutos. Se utiliza una succión suave para retirar el embarazo.
  • Dilatación y evacuación: puede realizarse de la semana 14 a la 22 de embarazo. La intervención se realiza a través de instrumentos y succión mientras la paciente está sedada, con una duración de entre 15-17 minutos. El tiempo de estancia total en la clínica puede ser de 4-5 horas.
  • Inducción: para más de 22 semanas, cuando se detectan anomalías fetales incompatibles con la vida.

El día de la intervención, el equipo sanitario llevará a la paciente a su habitación y tomará los datos necesarios. El anestesista realizará unas preguntas mientras coloca una vía en el brazo. Una vez sedada, se colocarán las piernas en posición ginecológica, el doctor examinará el útero e insertará el espéculo para realizar la limpieza de la zona con yodo. A continuación, dilatará suavemente el cuello del útero con unas varillas finas (dilatadores). El embarazo y la placenta se retirarán mediante una pinza estrecha a través del cuello del útero. La paciente no sentirá ningún tipo de dolor durante la intervención ya que estará totalmente dormida.

infografía comparando los métodos de aborto farmacológico y quirúrgico, sus plazos y características

Acceso a Clínicas y Financiación del Aborto en Islas Baleares

En Islas Baleares, la mujer que tenga un embarazo no deseado podrá solicitar cita directamente en las clínicas concertadas por el Servicio de Salud de las Islas Baleares para realizar un aborto gratuito, siempre que se cumplan una serie de requisitos que el Servicio de Salud de las Islas Baleares informará.

Clínicas Autorizadas en Islas Baleares

A continuación se indican las clínicas para abortar en Islas Baleares acreditadas por el Servicio de Salud de las Islas Baleares. Es importante destacar que en Ibiza, Menorca y Formentera no hay clínicas IVE. Las clínicas autorizadas se encuentran en Palma de Mallorca:

  • Clínica E.M.E.C.E. Palma de Mallorca
  • Aurora Clinic
  • Centro Médico Aragón Palma de Mallorca

Puedes ponerte en contacto con cualquiera de estas clínicas para que puedan ayudarte. La decisión de elegir dónde abortar es solo tuya, y es muy importante tener toda la información.

Aborto Gratuito por la Seguridad Social

Ambos métodos de IVE (abortar con pastillas o de manera instrumental) están financiados por la Seguridad Social en Islas Baleares. Cuando la mujer acude a la clínica elegida, se la informará de los pasos a seguir, tanto si desea un aborto gratuito (pagado por el sistema público de salud) como si elige un aborto privado (pagado por ella misma).

La clínica realizará las pruebas médicas para determinar el estado del embarazo y pedirá cita (desde la clínica) a la unidad IVE del Servicio de Salud de las Islas Baleares, donde la mujer deberá acudir el día y hora que se la cite, con su DNI y la tarjeta sanitaria en vigor. En la unidad de IVE del Servicio de Salud de las Islas Baleares, se le dará la documentación necesaria para la gratuidad del aborto; con dicha documentación volverá a la clínica para realizarse la intervención.

Para poder acceder a cualquiera de los dos métodos de manera gratuita, la puerta principal de acceso es el centro de salud de atención primaria habitual. Debes comunicar a tu centro de salud correspondiente la intención de interrupción del embarazo. Se te ofrecerá llevar a cabo la interrupción en el centro sanitario público del sector sanitario que te corresponda. En caso de no tener tarjeta sanitaria, se debe acudir al centro de atención primaria más cercano al lugar de residencia; aunque no se tenga tarjeta sanitaria, se debería poder acceder al aborto de manera gratuita igualmente.

imagen de una tarjeta sanitaria española

Diferencias entre Aborto Gratuito y Aborto Privado

La única diferencia entre una y otra intervención son los plazos de tiempo en los que se realiza el procedimiento. En el caso del aborto gratuito, los plazos pueden alargarse, ya que la mujer, tras acudir por primera vez a la clínica, deberá pedir cita en la unidad IVE del Servicio de Salud de las Islas Baleares para que le den el documento de gratuidad. En el caso de querer realizar el aborto de manera privada, es decir, asumiendo su coste, se puede acudir directamente a cualquiera de los centros acreditados.

Coste de un Aborto en Islas Baleares

El precio del aborto en Islas Baleares no es fijo; varía según la Clínica IVE que elijas y la semana de embarazo en la que te encuentres (cuanto más avanzado esté el embarazo, más alto es el precio del aborto por los riesgos que existen). Aproximadamente, los precios en una clínica privada en las Islas Baleares son:

  • Pastillas abortivas: 350€ (precio aproximado hasta la semana 7 de embarazo).
  • Aborto quirúrgico: De 300 a 500€ hasta la semana 14. El precio varía en función de si se precisa anestesia local o anestesia general o sedación en el aborto.

En el precio indicado suele estar incluido todo: desde la interrupción del embarazo, a la anestesia, la revisión y cuidados posteriores. Lo que no se suele incluir es el precio de la vacuna anti-Rh (inmunoglobulina anti D) necesaria si tu grupo sanguíneo es negativo. Es importante consultar las tarifas con la clínica de aborto, ya que frecuentemente hay algún descuento especial o promoción.

Aborto para Menores de Edad en Islas Baleares

La ley establece que:

  • Si la mujer tiene 16 o 17 años, podrá acceder al aborto gratuito sin necesidad del consentimiento de sus representantes legales.
  • Si la mujer es menor de 16 años, deberá presentar el consentimiento de los progenitores o tutores legales e ir acompañada de alguno de ellos a la clínica para interrumpir su embarazo.

Cuando la menor quiere abortar y no ha cumplido los 16 años y se encuentra en situación de desamparo, necesitará el consentimiento previo de la entidad pública que haya asumido su tutela en virtud del artículo 172.1 del Código Civil. Si, por el contrario, la menor de 16 años está en situación de desamparo, pero su tutela no ha sido asumida por alguna entidad pública, necesitará la aprobación de la entidad a la que esté encomendada la chica en protección de menores por cuestiones territoriales. Si existen discrepancias entre la menor y los representantes legales, el conflicto deberá resolverse en lo dispuesto en la legislación civil, otorgando a la menor un defensor judicial.

Circuito Asistencial para la Interrupción Voluntaria del Embarazo en el Servicio de Salud de las Islas Baleares

El Servicio de Salud establece un circuito asistencial para la interrupción voluntaria del embarazo. Una vez que la embarazada se plantee interrumpir voluntariamente el embarazo y en los supuestos previstos por la Ley Orgánica 1/2023, se iniciará un protocolo de atención con las pautas siguientes:

  1. La usuaria debe comunicar a su centro de salud correspondiente la intención de interrupción del embarazo. Según el sector sanitario y con carácter de urgencia (menos de 7 días) se facilita una respuesta y el circuito a seguir.
  2. Se ofrece llevar a cabo la interrupción en el centro sanitario público del sector sanitario que le corresponda. Si por cualquier circunstancia, en ese centro no se puede llevar a cabo, se le debe ofrecer la posibilidad de ser atendida en un centro concertado con el servicio público.

El Servicio de Salud de las Islas Baleares ejecuta este proceso en el sistema público y debe llevar a cabo los primeros cuatro pasos (diagnóstico, manifestación de la embarazada, proceso de información, consentimiento informado y ratificación) por medio de su organización y recursos propios, ofreciendo garantías de calidad científico-médica, dando un trato personalizado a la embarazada y manteniendo la confidencialidad. La interrupción voluntaria del embarazo debe financiarse siempre con recursos públicos, en todos los supuestos previstos por la Ley Orgánica 2/2010.

En el caso en que todos los ginecólogos de un centro sanitario público implicasen en un proceso de interrupción voluntaria del embarazo ejerzan la objeción de conciencia, el Servicio de Salud debe poner todos los medios para contratar facultativos especialistas o informar a la embarazada sobre la posibilidad de acudir a un centro privado acreditado por los servicios de acreditación del sistema nacional de salud. El Servicio de Salud no suscribirá con clínicas privadas el mecanismo de concierto abierto, pero establecerá un tipo de relación jurídico-administrativa suficiente para dar cobertura a sus obligaciones, activándose solamente cuando la sanidad pública haya atendido previamente a la embarazada y haya hecho el diagnóstico del embarazo.

A las embarazadas que lo soliciten o lo necesiten debe facilitárseles el nombre y la dirección de los centros acreditados que llevan a cabo interrupciones voluntarias del embarazo en las Islas Baleares, junto con la modalidad de pago y de facturación de cada uno. También debe facilitárseles el nombre y la dirección de las entidades especializadas en la atención profesional y urgente a las embarazadas y a las madres. El Servicio de Salud debe poner a disposición de la embarazada el número de teléfono de consulta 061 para aclarar las dudas que le puedan surgir a lo largo del proceso.

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