Uno de los atributos fundamentales que definen a las profesiones es la posesión de un código deontológico propio. Este documento describe el conjunto de los fines de la profesión en relación con la sociedad, a la que ofrece sus servicios, y otras profesiones con las que se interrelaciona en su actividad. Define las normas que deben enmarcar el trabajo de sus miembros y pone especial acento en líneas y normas de conducta consideradas, desde un principio de honestidad, como adecuadas. Este Código Deontológico constituye una declaración y catálogo de principios y valores éticos que sirven de guía para la labor cotidiana de los profesionales de la enfermería.
Desarrollo del Código Deontológico de las Matronas Españolas
La profesión de matrona ha sido reconocida a lo largo de la historia de la Humanidad, con una identidad propia. La Asociación Española de Matronas (AEM) consideró esencial y necesario que las matronas españolas tuvieran su propio Código Deontológico, personalizado para abordar las situaciones de la actividad cotidiana no cubiertas por el Código de la Organización Colegial de Enfermería.
Para su creación, la Junta Ejecutiva de la AEM, mediante Acuerdo 10/2010 en la primavera de 2010, promovió un Documento de Consenso. Se nombró un Grupo de Expertos para el diseño del primer borrador, seguido de un proceso de divulgación, consultas y recogida de sugerencias a 1.200 matronas, asociaciones autonómicas y profesionales de reconocido prestigio. El documento final fue aprobado por la Asamblea General de la AEM el 25 de mayo de 2011 y, posteriormente, por mayoría absoluta durante el XIV Congreso Nacional de Matronas, celebrado en Madrid el 28 de mayo de 2011.

Fundamentación y Compromiso Ético
Este Código se fundamenta en la Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos de la UNESCO (2005) y la Convención Europea sobre Derechos Humanos y Biomedicina (1996), así como en la legislación vigente sobre derechos a la intimidad, privacidad, autonomía y participación activa en la toma de decisiones, especialmente en lo relacionado con la salud sexual y reproductiva. Pretende ser un manifiesto y un compromiso de integridad, independencia, objetividad, confidencialidad y competencia profesional, fortaleciendo la credibilidad y confianza de la sociedad hacia las matronas. El Código Deontológico de las Matronas Españolas no obliga ni sanciona legalmente, pero su incumplimiento implica la autoexclusión personal del compromiso formal de la mayoría de la profesión.
La Matrona: Definición y Ámbito de Práctica
La Confederación Internacional de Matronas (ICM), en su definición revisada y adoptada el 15 de junio de 2011 en Durban, Sudáfrica, establece que una matrona es:
- Una persona que ha completado con éxito un programa educativo en partería reconocido.
- Basado en las “Competencias Esenciales de la ICM para la Práctica de la Partería Básica” y las “Normas Globales de la ICM para la Educación de Matronas”.
- Que ha adquirido las calificaciones necesarias para ser legalmente registrada y/o autorizada para la práctica y utilizar el título de "matrona", demostrando competencia en la partería.
CONCEPTOS PRINCIPALES DE LA ATENCION MATERNA
El Cuidado del Recién Nacido y el Apoyo a la Lactancia Materna
La matrona es un profesional responsable y que rinde cuentas, trabajando en asociación con las mujeres para proporcionar apoyo, cuidados y consejo durante el embarazo, parto y puerperio, asumiendo la dirección de los nacimientos y proporcionando cuidados al neonato y al lactante. Este cuidado incluye medidas preventivas, la promoción del nacimiento normal, la detección de complicaciones en la madre y el niño, el acceso a atención médica adecuada y la ejecución de medidas de emergencia.
En el Capítulo I: Matronas y actividad asistencial del Código Deontológico, se establecen puntos clave relacionados con la lactancia materna y el cuidado del recién nacido:
- La matrona se ocupará del cuidado del recién nacido sano hasta el día 28 de vida, atendiendo a sus necesidades.
- Promoverá y facilitará el apego y la lactancia materna precoz.
- Educará a las madres y a su familia sobre los cuidados que precisan para sí y sus hijos.
- Identificará cualquier alteración o anomalía que requiera la intervención de otros especialistas.
Además, la matrona tiene una tarea importante en el asesoramiento y la educación para la salud, no solo para la mujer, sino también en el seno de sus familias y de la comunidad. Este trabajo abarca la educación prenatal, preparación para la maternidad, salud de las mujeres, salud sexual o reproductiva, y el cuidado de los niños.
Principios Éticos Generales en la Enfermería
El código deontológico de la enfermería española recoge las reglas generales de la moral que todo profesional de este ámbito debe seguir, inspirando su conducta en un conjunto de deberes y derechos. El personal de enfermería realizará todas sus actuaciones basándose en los principios de la bioética de autonomía, beneficencia, no maleficencia y justicia, protegiendo a las mujeres y sus hijos de intervenciones que puedan ocasionar algún daño, con un énfasis particular en la prevención.
Deberes hacia el Ser Humano y el Paciente
Las enfermeras/os reconocen que la libertad y la igualdad en dignidad y derecho son valores compartidos por todos los seres humanos. Por ello, están obligados a tratar con el mismo respeto a todos, sin distinción de raza, sexo, edad, religión, nacionalidad, opinión política, condición social o estado de salud. Deben proteger al paciente de tratos humillantes, degradantes o cualquier afrenta a su dignidad personal y respetar su libertad para elegir y controlar la atención que se le presta.
El consentimiento del paciente debe obtenerse siempre de forma previa ante cualquier intervención. En casos donde el enfermo no pueda consentir, la enfermera/o buscará el consentimiento a través de familiares o allegados, nunca empleando medidas de fuerza física o moral. Es responsabilidad de la enfermera/o mantener informado al enfermo con un lenguaje claro y adecuado a su comprensión, siempre dentro de los límites de sus atribuciones y valorando la situación física y psicológica del paciente antes de informar.

Derechos del Niño y Rol de la Enfermería
El Capítulo VII del Código Deontológico de Enfermería Española se centra en el derecho del niño a crecer en salud y dignidad, como obligación ética y responsabilidad social. Las enfermeras/os, en su ejercicio profesional, deben:
- Salvaguardar los derechos del niño.
- Proteger a los niños de cualquier forma de abuso y denunciar los casos a las autoridades competentes.
- Promover la salud y el bienestar familiar para que los niños sean deseados, protegidos y cuidados, creciendo con salud y dignidad.
- Contribuir a que todos los niños tengan alimentación adecuada, vivienda, educación y reciban los cuidados preventivos y curativos de salud necesarios.
- Intensificar la protección y cuidados destinados a niños con necesidades especiales, evitando maltrato y explotación, y procurando la reinserción o adopción de niños abandonados.
Compromiso con la Sociedad y la Promoción de la Salud
El personal de enfermería debe colaborar en la promoción de la salud, aplicando sus conocimientos científicos y ética. Los proyectos y programas de promoción de la salud deben respetar la integridad del grupo social, considerando la diversidad sociocultural y económica, y permitiendo una participación real en las decisiones que les conciernen. En el establecimiento de programas y el reparto de recursos, la enfermera/o se guiará por el principio de justicia social.
La matrona garantizará que sus actuaciones se basen en la actualización continua de su campo de conocimiento, en las necesidades concretas de cada proceso y en las necesidades singulares de cada mujer. Respetará la intimidad de la mujer y su entorno, así como la confidencialidad de la información recibida, informando sobre los límites de esta confidencialidad. También respetará el derecho de la mujer y/o su familia a rechazar un tratamiento o técnica, salvo riesgo probado para su salud o la de su hijo.
Responsabilidad Profesional y Ética
La matrona, como responsable de sus actuaciones, garantizará el derecho a la seguridad de la mujer y/o familia que atiende, protegiéndolos de prácticas incompetentes o no seguras. Colaborará en la recuperación psíquica y emocional de las mujeres que han sufrido una muerte perinatal, apoyándolas en el proceso de duelo.
En el ámbito docente, la matrona transmitirá valores esenciales relacionados con las buenas prácticas, integridad, honestidad, respeto, equidad y sinceridad. Promoverá prácticas asistenciales basadas en la mejor evidencia científica y la ética profesional. Como educadora social, transmitirá información comprensible y ajustada a la realidad.
En la investigación, trabajará sobre la calidad de los cuidados y servicios, prevención, promoción y gestión de recursos, siempre desde las más estrictas normas éticas, principios de bioética y la legalidad vigente, con las autorizaciones y el consentimiento informado necesarios, y en el marco de la Declaración de Helsinki.
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