Las parejas con problemas de esterilidad que no pueden conseguir un embarazo de forma natural tienen la posibilidad de acceder a un tratamiento de reproducción asistida. Del mismo modo, las parejas de mujeres y mujeres solas que desean ser madres también pueden realizar un tratamiento de reproducción asistida. Para ello, es necesario cumplir una serie de requisitos, principalmente relacionados con la edad de la mujer y la existencia de hijos previos en común.
La Reproducción Asistida en la Sanidad Pública Española
España cuenta con más de 300 centros de reproducción asistida, un porcentaje minoritario de los cuales pertenece a hospitales públicos donde los tratamientos de fertilidad están incluidos en su cartera de servicios. Esto significa que la mujer o pareja que se someta a una técnica de reproducción asistida por la Seguridad Social no tendrá que pagar nada, es totalmente gratuito. Lo mismo ocurre con la medicación hormonal, donde las mujeres que realicen un tratamiento de fertilidad por la Seguridad Social solamente tendrán que pagar un importe mínimo para adquirir los fármacos hormonales en la farmacia.
En cambio, en las clínicas privadas es necesario cubrir todos los gastos, tanto del tratamiento de reproducción asistida como de los medicamentos. No obstante, hay centros de fertilidad privados que ofrecen en ocasiones una primera visita gratuita a modo informativo.
Tratamientos Cubiertos por la Seguridad Social
No todas las técnicas de reproducción asistida están cubiertas por la Seguridad Social, ya que en muchos casos no cuentan con los recursos o el personal adecuado. En general, los tratamientos de fertilidad que pueden realizarse en los hospitales públicos son los siguientes:
- Inseminación artificial conyugal (IAC).
- Inseminación artificial de donante (IAD, el semen debe adquirirse en un banco privado).
- Fecundación in vitro (FIV).
- Test genético preimplantacional (PGT).
- Preservación de la fertilidad en hombres y mujeres con cáncer.

Es importante hacer una mención especial al caso de la ovodonación. A pesar de que muchos hospitales ofrecen la FIV con donación de óvulos en su cartera de servicios, la realidad es que no se suele llevar a cabo debido a la gran dificultad para encontrar donantes de óvulos. La donación de gametos en España es anónima y altruista, y la sanidad pública no puede compensar económicamente a las donantes de óvulos, por lo que estas prefieren irse a donar a una clínica privada.
Requisitos de Acceso a Tratamientos de Reproducción Asistida
Las parejas o mujeres solas que quieran acceder a un tratamiento de reproducción asistida, especialmente por la Seguridad Social, tendrán que cumplir una serie de condiciones para poder ser aceptadas. Estos requisitos pueden variar ligeramente en función de cada Comunidad Autónoma, pero normalmente son los estipulados hoy en día en la gran mayoría de hospitales.
Límites de Edad para Mujeres y Hombres
Fisiológicamente, la edad más fértil según los profesionales se sitúa entre los 20 y los 30 años, siendo los 35 años cuando la fertilidad empieza a decaer. A partir de los 40 años las posibilidades de concebir de manera natural son extremadamente bajas. La Sociedad Española de Fertilidad (SEF) recomienda encarecidamente un límite de 50 años para acceder a tratamientos de reproducción asistida, por razones éticas y de salud materno-infantil.
Específicamente para el sistema público, la Seguridad Social establece un límite de edad más estricto:
- Mujer: La edad debe ser inferior a los 40 años. Algunos hospitales solamente tienen en cuenta esta edad en el momento de indicación del tratamiento, por lo que no pasa nada si la mujer cumple los 40 años estando en lista de espera. Sin embargo, otros hospitales tienen en cuenta la edad en el momento de empezar el tratamiento, así que podrían echar a la mujer de la lista de espera al cumplir los 40. Para la inseminación artificial, la mujer debe tener menos de 38 años. En caso de un ciclo de Fecundación in vitro con óvulos propios, el límite a partir del cual las probabilidades de éxito disminuyen enormemente son los 43 años. A partir de los 44 años, lo más recomendable suele ser recurrir a la ovodonación.
- Hombre: La edad no puede ser mayor de 55 años. En este caso, es más común tener en cuenta el requisito de la edad en el momento de indicación del tratamiento.

En el ámbito privado, legalmente no existe un límite de edad a partir del cual no puedas someterte a un tratamiento de reproducción asistida, aunque fisiológicamente sí podría haberlo. Los centros de reproducción asistida junto con la SEF han acordado una edad máxima de 50 años para iniciar un tratamiento de fertilidad.
Conforme la edad materna avanza, las posibilidades de que haya complicaciones en el embarazo aumentan, principalmente la diabetes, hipertensión y la probabilidad de abortos. Un embarazo a partir de los 40 años conlleva un incremento del riesgo de preeclampsia, diabetes gestacional, aborto espontáneo, parto prematuro y complicaciones en el parto. A mujeres entre 45 y 50 años se les piden, además de las pruebas habituales, una curva de glucosa, un análisis de hormonas tiroideas, una ecografía abdominal para descartar daños hepáticos o renales y que se realicen mediciones de la tensión arterial. También les pedimos un informe del médico general o del médico internista en el que se especifique que no presenta contraindicación para el embarazo o parto.
Otros Requisitos Generales
Además de los límites de edad, se deben cumplir otras condiciones para acceder a tratamientos de reproducción asistida por la Seguridad Social:
- Tener más de 18 años y plena capacidad de obrar.
- Hijos previos: Las parejas que tengan algún hijo previo y sano no tendrán acceso a la reproducción asistida a través de la Seguridad Social. En el caso de mujeres solteras, no deben tener hijos previos. En el caso de las parejas, no deben tener hijos previos en común, a no ser que tengan algún niño con alguna enfermedad crónica grave.
- Esterilización voluntaria: La mujer y/o el hombre no debe haberse realizado ningún tipo de esterilización voluntaria permanente, como la ligadura de trompas o la vasectomía, respectivamente.
- No tener embriones congelados en cualquier centro.
- El índice de masa corporal (IMC) de la mujer también puede ser un criterio de exclusión en algunos casos, con un rango recomendado entre 19 y 32 para el acceso a tratamientos en la Seguridad Social.
Particularidades de los Tratamientos de Reproducción Asistida
La Inseminación Artificial (IA)
La inseminación artificial (IA) intrauterina es una técnica de reproducción asistida de baja complejidad. Debido a su sencillez, la IA generalmente es la primera opción para intentar un embarazo cuando una pareja presenta problemas leves de fertilidad y acude a un centro de reproducción asistida. No obstante, la tasa de éxito de la IA varía del 6,0% al 14,1% (tasa de parto) en función de la edad de la mujer.
Requisitos Específicos para la IA
Para hacer una inseminación artificial (IA) con posibilidad de embarazo, es necesario que tanto la mujer como el hombre (en el caso de que haya pareja masculina) cumplan una serie de requisitos:
- Permeabilidad de las trompas de Falopio: Es fundamental que las trompas de la paciente sean permeables y funcionales (o, al menos, una de ellas), ya que en la IA, la unión del óvulo con el espermatozoide, es decir, la fecundación, se produce en ellas. Si las trompas de Falopio están obstruidas, óvulo y espermatozoide no podrán encontrarse y el embarazo no se producirá. Este procedimiento puede realizarse con histerosalpingografía (un estudio radiológico con inyección de contraste) o histerosalpingosonografía (introducción de un fluido salino o gel espumoso para observación ecográfica).
- Buena reserva ovárica: La capacidad de los ovarios de una mujer para producir óvulos de alta calidad se conoce como reserva ovárica. Se valora mediante analíticas de sangre (niveles de la hormona antimülleriana) y una ecografía transvaginal para hacer un recuento de folículos antrales, lo que permite al ginecólogo valorar la reserva ovárica y la función del ciclo menstrual de la paciente.
- Edad de la mujer inferior a 38 años: A partir de este momento, la tasa de éxito de la IA empieza a disminuir considerablemente debido a la afectación de la reserva ovárica.
- Buena calidad seminal: El varón debe contar con una buena movilidad y concentración espermática para que la IA tenga posibilidades de éxito, ya que los espermatozoides deben ser capaces de llegar hasta el óvulo sin ninguna ayuda. La prueba principal que lo determina es el seminograma REM (Recuento de Espermatozoides Móviles), donde el REM obtenido debe ser igual o superior a los 3 millones de espermatozoides móviles después del procesamiento de la muestra seminal.
En el caso de no cumplir estas condiciones, lo más recomendable será acudir directamente a la técnica de Fecundación in vitro (FIV), pues su tasa de éxito es mucho mayor que la de la IA. Si el único requisito que no se cumple para realizar una IA hace referencia a la calidad del semen, la pareja podrá optar por realizar una inseminación artificial con semen de donante (IAD) o pasar directamente a la FIV.
Inseminación artificial
De modo general, la inseminación artificial es el tratamiento de reproducción asistida indicado cuando los problemas de fertilidad son leves. Por tanto, podría realizarse una inseminación artificial en casos de factor masculino leve, endometriosis leve, factor cervical, síndrome de ovario poliquístico (SOP) y esterilidad de origen desconocido (EOD), como una primera aproximación. No obstante, la inseminación artificial también puede utilizarse cuando hay ausencia de pareja masculina, empleando el semen de un donante anónimo, siempre que la mujer no tenga problemas de fertilidad (debe tener permeabilidad tubárica, buena reserva ovárica y edad inferior a 36 años).
Coste de la IA
La inseminación artificial es uno de los tratamientos más económicos de reproducción asistida. El coste de la IA varía en función de la clínica de reproducción asistida elegida, pero suele oscilar entre los 700-1.100€. En caso de tener que recurrir a un donante de semen, como sería el caso de las madres solteras por elección o de las parejas de mujeres, el precio de la IA se puede encarecer hasta los 1.700€, debido a las compensaciones económicas necesarias para el donante.
La Fecundación in Vitro (FIV) y Ovodonación
La Fecundación in vitro (FIV) es una técnica de reproducción asistida cubierta por la Seguridad Social, pero sujeta a los requisitos generales de acceso.
Tratamiento de Ovodonación
La donación de óvulos es un tratamiento de reproducción asistida sencillo para la mujer receptora de los óvulos. Una vez hechas las pruebas previas, el tratamiento de la mujer receptora consiste en ponerse medicación en forma de parches y hacer controles ecográficos semanales hasta que el útero está preparado para albergar el embrión. El varón, deberá hacerse un seminograma para determinar qué técnica de inseminación (FIV y/o microinyección intracitoplasmática (ICSI)) se utilizará el día de la punción folicular de la donante. Una vez inseminados los ovocitos y obtenidos los embriones, se citará a la mujer receptora para hacer la transferencia del embrión que con mayor probabilidad dará embarazo. A partir de los 44 años, lo más recomendable sería recurrir a la ovodonación.
Número de Intentos Permitidos en la Seguridad Social
Además de todo lo comentado hasta ahora, es importante tener en cuenta que hay un número límite de tratamientos de reproducción asistida permitidos en la Seguridad Social. Estos números son orientativos y dependerán de cada Comunidad Autónoma.
En general, cualquier pareja con problemas de esterilidad tiene derecho a:
- 4 ciclos de inseminación artificial. Para poder hacer una inseminación artificial, la mujer debe tener menos de 38 años, una reserva ovárica adecuada y las trompas de Falopio permeables. Asimismo, el varón debe contar con una buena calidad seminal.
- 3 ciclos de fecundación in vitro. En caso de no cumplirse los criterios anteriores, la pareja pasaría directamente a realizar los 3 intentos de FIV.
En cuanto al tratamiento de inseminación artificial de donante, indicado principalmente para mujeres solteras y lesbianas, la Seguridad Social permite un máximo de 6 intentos. Si no se consiguiera el embarazo, la mujer pasaría a realizar los 3 intentos de FIV con semen de donante.
Es importante saber qué se entiende por un intento: una vez la mujer ha iniciado una estimulación ovárica para el tratamiento de inseminación artificial o FIV, esto ya se contaría como un intento. Por tanto, en caso de que tuviera que cancelarse el ciclo por una mala respuesta o una hiperestimulación ovárica, se habría perdido uno de los intentos. Del mismo modo, en caso de obtener varios embriones en un ciclo de FIV y poderse congelar, estas transferencias de embriones congelados no contarían como intentos. Dicho de otro modo, la mujer puede hacerse transferencias embrionarias ilimitadas hasta agotar todos los embriones congelados.
Las Listas de Espera en la Sanidad Pública
A pesar de la enorme ventaja que supone que la sanidad pública cubra los tan costosos tratamientos de fertilidad, hay un hándicap muy importante que hay que tener en cuenta: las listas de espera. Actualmente, el tiempo de espera medio para los tratamientos de reproducción asistida es de dos años aproximadamente, aunque depende del hospital público concreto al que se acuda. Específicamente, la lista de espera para una FIV en la Seguridad Social se sitúa en 1 año de media.
Desgraciadamente, el tiempo es un factor de gran importancia a la hora de conseguir un embarazo, ya que cuanto más tiempo pasa, más se agrava el problema de infertilidad. Las parejas que quieran tener hijos y detecten una infertilidad primaria, deberán apresurarse si quieren intentar acceder a una reproducción asistida a través de la Seguridad Social, ya que las listas son muy amplias.
Debido a esto, hay hospitales que tienen una lista de espera preferente, la cual se reduce a los 4-6 meses. Normalmente, tienen preferencia mujeres con muy baja reserva ovárica, endometriosis u otras situaciones graves. Puede haber algunos hospitales donde, después de un ciclo fallido, la mujer o la pareja tenga que volver de nuevo al inicio de la lista de espera, lo que supone un desgaste emocional enorme.
Por otra parte, el tratamiento de inseminación artificial no suele tener lista de espera en casi ningún hospital público español o como mucho es de 3-4 meses. Se trata de un tratamiento de reproducción asistida mucho más rápido.
Traslado de Embriones entre Centros
Es posible trasladar los embriones que se han generado y congelado tras un ciclo de fecundación in vitro en la Seguridad Social a un centro de reproducción privado. Para realizar dicho traslado es importante hablar con la clínica de destino de los embriones, quienes indicarán cómo proceder con el traslado. Normalmente es un proceso que se realiza internamente entre los equipos de laboratorio de ambos centros. El paciente tendrá que firmar la documentación necesaria para dicho traslado y el centro de reproducción privado es el que suele asumir los costes del mismo. Pacientes que han sido sometidos a varias transferencias y no han conseguido el embarazo, pueden trasladar los embriones a otro centro que les ofrezca otras técnicas con más garantías para conseguir el éxito.
Estudio de Fertilidad Femenina y Masculina
El estudio de la fertilidad femenina incluye diversas pruebas y todas ellas se pueden realizar por la Seguridad Social. Del mismo modo, también es posible llevar a cabo las pruebas de fertilidad masculina. En los centros públicos estas pruebas son totalmente gratuitas, a no ser que se trate de alguna prueba complementaria muy novedosa para la que no se disponga de los medios adecuados. En cualquier caso, para que el estudio de fertilidad se lleve a cabo en los hospitales públicos es necesario cumplir con una serie de requisitos de admisión para los tratamientos de reproducción asistida exigidos por la comunidad autónoma correspondiente.
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