Permiso de Maternidad y Paternidad en España: Cesión de Semanas al Padre

Introducción a los Permisos por Nacimiento y Cuidado de Menor

En España, la legislación laboral garantiza una serie de derechos relacionados con la maternidad y paternidad para los progenitores que tienen un trabajo remunerado. Para poder disfrutar de estos derechos, es necesario estar dado de alta en la Seguridad Social o en situaciones asimiladas al alta. El permiso de paternidad o maternidad es un periodo de tiempo que los trabajadores tienen para descansar y atender a su hijo o hija en caso de nacimiento, adopción, guarda o acogimiento.

El permiso de paternidad y maternidad se ha reformado con relativa frecuencia. La última novedad significativa es fruto del Real Decreto-ley 9/2025. Es importante destacar que este tipo de norma nace con plena validez, pero su continuidad depende de que sea apoyada por una mayoría en el Congreso. El objetivo de la equiparación de derechos entre padres y madres es impulsar la conciliación profesional y familiar.

Infografía comparativa de la evolución de los permisos de paternidad y maternidad en España

Evolución y Duración de los Permisos

Hasta hace unos años, ambos progenitores no tenían los mismos derechos en estos casos. Posteriormente, ese plazo se amplió durante los años siguientes hasta que, en 2019, se igualaron el permiso de paternidad y el de maternidad. La duración del permiso de maternidad, también conocido como baja por maternidad, es un derecho laboral que permite a las madres trabajadoras ausentarse de su trabajo durante un período determinado tras el nacimiento o adopción de un hijo.

El permiso de maternidad en España es de 16 semanas, tanto para la madre como para el otro progenitor. Sin embargo, se ha propuesto una ampliación que podría entrar en vigor en el segundo semestre de 2025 o a principios de 2026, representando un incremento de cuatro semanas respecto al sistema actual, alcanzando las 20 semanas.

Obligatoriedad y Cesión de Semanas del Permiso de Maternidad

En las primeras 6 semanas, será obligatorio disfrutar del permiso y hacerlo a jornada completa. Esto significa que ni el padre ni la madre podrán posponer estos días. Hasta que el bebé cumpla un año, ambos progenitores podrán elegir cuándo disfrutan de 11 semanas más, pudiendo hacerlo de forma seguida o con interrupciones. La madre tiene la opción de elegir las cuatro semanas anteriores a la fecha prevista para el parto.

Es decisión de la madre trabajadora, con derecho a permiso de maternidad, acordar que parte de la suspensión y permiso de maternidad lo disfrute el padre. Esto está contemplado en el párrafo 2º del artículo 48.4 del Estatuto de los Trabajadores: "sin perjuicio de las 6 semanas inmediatamente posteriores al parto de descanso obligatorio para la madre, en el caso de que ambos progenitores trabajen, la madre, al iniciarse el período de descanso por maternidad, podrá optar por que el otro progenitor disfrute de una parte determinada e ininterrumpida del período de descanso posterior al parto bien de forma simultánea o sucesiva con el de la madre. La decisión deberá tomarla la madre al iniciarse el periodo de descanso de maternidad."

Las siguientes 11 semanas se pueden disfrutar de forma continuada tras las 6 primeras o de forma interrumpida, si los dos padres trabajan, hasta que el niño o niña cumpla un año. Después, cuando se disfrute del permiso, el contrato quedará suspendido. Por tanto, en lugar de ser pagado por la empresa, se recibirá una prestación de la Seguridad Social por nacimiento y cuidado de menor.

Controversias y Jurisprudencia sobre la Cesión

El momento en que la madre está facultada para ceder parte del descanso por maternidad al padre suele ser un aspecto donde existe gran controversia y genera muchas dudas. Sin embargo, el Tribunal Supremo, reafirmándose en su postura, ha dictaminado que el requisito de que la opción se efectúe justo al inicio de la prestación no puede condicionar el derecho de ceder el permiso de maternidad a otro progenitor. Ya son varias las sentencias que establecen que, en el supuesto de que la madre decida que sea el padre quien disfrute de una parte de su descanso por maternidad, esta podrá decidirlo incluso una vez iniciado su período de disfrute y durante toda la vigencia del derecho.

Lo que realmente se transfiere es el derecho al descanso por maternidad, tenga o no la madre derecho a las prestaciones. La posibilidad de ceder el descanso por maternidad al padre aún sigue generando debate, pero la jurisprudencia tiende a favorecer la flexibilidad en la decisión materna.

Requisitos y Prestaciones

Requisitos de Cotización para la Prestación por Maternidad

Para acceder a la prestación por maternidad, existen requisitos de cotización que varían según la edad de la trabajadora:

  • Las mujeres con más de 26 años necesitan haber cotizado al menos 180 días en los siete años anteriores o un año durante toda su vida laboral.
  • Las mujeres entre 21 y 26 años tendrán que acreditar un período de cotización de 90 días en los siete años anteriores o 180 días cotizados a lo largo de su vida laboral.
  • Las menores de 21 años no tendrán que acreditar período previo de cotización (aunque sí estar dadas de alta en la Seguridad Social) para acceder a la prestación de maternidad.

Si la madre no ha cotizado a la Seguridad Social los días requeridos para acceder a la prestación por maternidad, tiene derecho a un subsidio por maternidad. La cuantía de este subsidio será del 100% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) y su duración de 42 días naturales a contar desde el parto.

Cuantía de la Prestación

La cuantía de la prestación por maternidad equivale al 100% de la base reguladora del trabajador. Esto significa que, durante el período de baja, se recibe el mismo salario que se percibiría si se estuviera trabajando. La Seguridad Social pagará a las trabajadoras durante este tiempo el 100% de su base reguladora. Durante el permiso de maternidad o paternidad, la empresa no está obligada a pagar el salario al trabajador; es la Seguridad Social quien abona la prestación.

En cuanto a las ventajas fiscales, las prestaciones relacionadas con el permiso de paternidad y maternidad están exentas en el IRPF.

Situaciones Especiales y Ampliaciones del Permiso

Partos Múltiples y Nacimiento de Hijos con Discapacidad

En general, la duración del permiso de paternidad o maternidad se amplía en dos semanas por cada hijo, a partir del segundo. Esto se aplica en casos de parto múltiple.

Hospitalización y Parto Prematuro

Cuando existe un nacimiento prematuro y el recién nacido necesita hospitalización después del parto por más de 7 días, el permiso también se amplía por los días que el recién nacido permanezca ingresado, con un máximo de 13 semanas adicionales. En estos casos, el permiso se amplía para cubrir las necesidades específicas del cuidado del menor.

Permisos para Trabajadores Autónomos

Sí, los trabajadores autónomos también tienen derecho a la baja por maternidad y paternidad. El subsidio por maternidad o paternidad para autónomos funciona de forma análoga a la de los trabajadores por cuenta ajena, percibiendo el equivalente al 100% de su base de cotización.

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Conciliación y Familias Monoparentales

La ampliación de la baja de maternidad representa un avance significativo en las políticas de conciliación familiar y laboral en España. El objetivo de equiparar la duración de los permisos es avanzar en la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, y fomentar la corresponsabilidad en la crianza del hijo.

En el caso de las familias monoparentales, la legislación actual no permitía acumular los permisos del otro progenitor. Sin embargo, en 2025 ha comenzado a haber sentencias que reconocen por primera vez en España la prestación ampliada del permiso en una familia monoparental, lo que supone un avance en la protección de estos modelos familiares.

Documentación y Procedimiento

Para solicitar el permiso, se pueden utilizar diferentes vías:

  • Por correo ordinario.
  • Vía electrónica.
  • Con cita previa presencial.

La documentación requerida generalmente incluye:

  • Libro de familia donde aparezca el nacimiento o el certificado de inscripción del nacimiento en el Registro Civil.
  • Certificado de empresa con la fecha de inicio del permiso.
Documentos necesarios para tramitar la baja por maternidad/paternidad en España

Aspectos Legales y Protección Laboral

El despido durante la baja por maternidad o paternidad está prohibido por ley. De este modo, la ley protege a los trabajadores durante este período, así como durante el embarazo y un tiempo después de la reincorporación al trabajo.

El artículo 49 de la Ley 7/2007, del Estatuto Básico del Empleado Público, señala que, sin perjuicio de las seis semanas inmediatas posteriores al parto de descanso obligatorio para la madre, en el caso de que ambos progenitores trabajen, la madre podrá optar por que el otro progenitor disfrute de una parte determinada e ininterrumpida del período de descanso posterior al parto, bien de forma simultánea o sucesiva. El Defensor del Pueblo, a través de sus facultades, puede sugerir al órgano legislativo competente o a la Administración la modificación de normas si el cumplimiento riguroso de la misma puede provocar situaciones injustas o perjudiciales para los administrados.

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