Permiso Parental de 8 Semanas en España: Novedades, Requisitos y Gestión

El permiso parental de 8 semanas es una de las medidas de conciliación más relevantes del marco laboral español actual. Introducido en 2023, permite a los trabajadores ausentarse del trabajo para dedicarse al cuidado de sus hijos menores de 8 años, con la garantía de conservar su puesto. Sin embargo, su aplicación práctica ha generado dudas, especialmente en torno a su retribución, sus requisitos y su relación con otros permisos. En este artículo, explicamos cómo funciona el permiso parental en 2026, qué ha cambiado con el RDL 9/2025 y qué deben tener en cuenta tanto trabajadores como empresas para gestionarlo correctamente.

¿Qué es el Permiso Parental de 8 Semanas?

El permiso parental de 8 semanas es un periodo de suspensión del contrato de trabajo destinado al cuidado de un hijo o menor en acogida, que puede utilizarse desde el nacimiento y hasta que el menor cumpla ocho años de edad. Está regulado en el artículo 48 bis del Estatuto de los Trabajadores, introducido por el Real Decreto-ley 5/2023.

Se trata de un derecho individual e intransferible: cada progenitor dispone de sus propias 8 semanas, sin posibilidad de cederlas al otro. Tampoco es necesario que ambos trabajen en la misma empresa ni bajo el mismo régimen laboral.

Infografía: Qué es el Permiso Parental de 8 Semanas y sus características principales en España

¿Quién Puede Solicitar el Permiso Parental de 8 Semanas?

Puede solicitar el permiso parental de 8 semanas cualquier persona trabajadora, ya sea hombre o mujer, que tenga un hijo biológico, adoptado o en acogida menor de 8 años. Los requisitos para acceder a este permiso son:

  • Tener una relación laboral activa (contrato indefinido, temporal, a tiempo completo o parcial).
  • Que el menor no haya cumplido 8 años en el momento de disfrutar el permiso.
  • Comunicar la solicitud a la empresa con al menos 10 días de antelación (15 en el caso de funcionarios).

El derecho se mantiene incluso si los progenitores están separados, ya que es un permiso individual, no condicionado al uso que haga el otro progenitor. No se exige justificar circunstancias especiales.

¿Cómo Funciona el Disfrute del Permiso Parental?

El permiso parental de 8 semanas ofrece una notable flexibilidad en su disfrute:

  • Puede tomarse de forma continua o discontinua.
  • Se disfruta por semanas completas (periodos de 7 días).
  • Es posible fraccionarlo: por ejemplo, 2 semanas ahora y 3 más adelante.
  • Se puede disfrutar a jornada completa o, si la empresa lo acepta, a tiempo parcial.

Es importante destacar que las 8 semanas son el total acumulado por cada hijo, no 8 semanas anuales. Es decir, el trabajador dispone de un máximo de 8 semanas para repartir a lo largo de los primeros 8 años de vida del menor. El permiso parental de 8 semanas es por cada hijo, lo que significa que si un trabajador tiene dos hijos menores de 8 años, dispone de 8 semanas para cada uno.

¿Es Retribuido el Permiso Parental de 8 Semanas? Novedades 2026

Esta es la pregunta que más confusión genera. La respuesta en 2026 es: parcialmente sí. La situación ha evolucionado significativamente desde 2023.

Gracias al Real Decreto-ley 9/2025, aprobado el 29 de julio de 2025, 2 de las 8 semanas son retribuidas al 100 % de la base reguladora, abonadas directamente por la Seguridad Social. Esta retribución se aplica a los nacimientos, adopciones o acogimientos producidos desde el 2 de agosto de 2024, y su solicitud es posible desde el 1 de enero de 2026.

Las 6 semanas restantes siguen sin retribución salvo mejora por convenio colectivo o acuerdo de empresa. Durante ese periodo, el contrato se suspende: no existe obligación de trabajar ni de abonar salario, pero el trabajador mantiene el alta y la cotización a la Seguridad Social.

En el caso de familias monoparentales, el derecho se amplía a 4 semanas retribuidas.

A pesar de que la Directiva 2019/1158 de 20 de junio (conciliación de vida familiar y profesional de progenitores y cuidadores) establecía que el permiso parental ha de ser retribuido, ese aspecto de la norma no fue de aplicación obligatoria hasta el 2 de agosto de 2024. Así, el permiso parental entró en vigor sin retribución inicial, y se ha avanzado hacia su remuneración efectiva de forma gradual.

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Diferencias entre el Permiso Parental y el Permiso por Nacimiento y Cuidado del Menor

Es fundamental no confundir el permiso parental de 8 semanas con el permiso por nacimiento y cuidado del menor. Son derechos distintos, con regulaciones y condiciones diferentes.

El permiso por nacimiento y cuidado del menor es un derecho individual de la persona trabajadora y no transferible al otro progenitor. Sustituyó en el año 2021 a las antiguas prestaciones de maternidad y paternidad y las equiparó. La gran novedad del decreto aprobado en julio de 2025 es la ampliación del permiso por nacimiento y cuidado del menor de 16 a 19 semanas para cada progenitor y lo incrementó a 32 semanas para familias monoparentales/monomarentales.

Ambos permisos son compatibles y acumulables: un trabajador puede disfrutar primero las 19 semanas del permiso por nacimiento y posteriormente las 8 semanas del permiso parental, que son de libre disposición hasta los 8 años del menor. Es importante tener en cuenta que las 6 primeras semanas del permiso de nacimiento son obligatorias para ambos progenitores y deben disfrutarse de forma ininterrumpida a jornada completa e inmediatamente tras el nacimiento o la adopción.

Gestión del Permiso Parental por parte de la Empresa

Para los departamentos de Recursos Humanos, la correcta gestión del permiso parental implica conocer tanto las obligaciones legales como los aspectos prácticos de su tramitación.

Obligaciones y Limitaciones de la Empresa

  • La empresa no puede denegar el permiso, ya que es un derecho reconocido en el Estatuto de los Trabajadores. Solo puede proponer un ajuste de fechas si demuestra razones organizativas justificadas y ofrece una alternativa igualmente flexible.
  • Si dos empleados de la misma empresa solicitan el permiso parental por el mismo menor, la empresa puede aplazar el disfrute de uno de ellos por un periodo razonable, siempre que lo justifique por escrito y ofrezca una alternativa de disfrute igualmente flexible.
  • La empresa debe mantener el alta del trabajador en la Seguridad Social durante todo el periodo de permiso.
  • El trabajador conserva su derecho a la reincorporación al mismo puesto o a uno equivalente.
  • El despido motivado por la solicitud o disfrute del permiso se presume nulo. La jurisprudencia reciente ha impuesto indemnizaciones significativas a empresas que han denegado el permiso sin causa justificada.

Cotización durante el Permiso

Durante el disfrute del permiso parental, el trabajador mantiene el alta en la Seguridad Social y la empresa debe seguir cotizando. En el caso de los autónomos, deberán abonar las cotizaciones correspondientes a la base mínima durante el periodo de permiso.

Proceso de Solicitud de las Semanas Retribuidas del Permiso Parental

Las 2 semanas retribuidas (o 4 en caso de familias monoparentales) del permiso parental 2026 se tramitan a través del portal Tu Seguridad Social (sede electrónica de la Seguridad Social), no ante la empresa directamente. La empresa debe facilitar el certificado de empresa que acredite los datos laborales del solicitante.

La solicitud debe presentarse con un máximo de 15 días de antelación respecto al inicio del disfrute. El abono corre a cargo del INSS y equivale al 100 % de la base reguladora.

Para acceder al portal Tu Seguridad Social, se puede usar certificado digital o usuario y contraseña. Si no se dispone de métodos de identificación previa, se puede usar la plataforma para trámites sin certificado digital del INSS. También es posible descargar y rellenar el formulario de solicitud y remitirlo por correo ordinario a la Dirección Provincial del INSS o del ISM correspondiente, junto al resto de la documentación.

Documentación Necesaria (para la solicitud de la prestación económica de las semanas retribuidas)

  • Solicitud de la prestación.
  • Acreditación de identidad de los progenitores (DNI, pasaporte o NIE).
  • Certificado de empresa en el que conste la fecha de inicio del descanso laboral por nacimiento y cuidado del menor (para trabajadores por cuenta ajena).
  • Libro de Familia con el niño inscrito o certificado de nacimiento.

El empleado beneficiario recibirá la notificación del INSS por medios electrónicos, para lo que es necesario disponer de certificado digital o DNI electrónico para consultar el estado de la solicitud y la resolución.

Diagrama de flujo: Proceso de solicitud del Permiso Parental Retribuido ante la Seguridad Social

Ejemplo Práctico de Gestión

Supuesto: María es responsable de RR. HH. en una pyme de 25 empleados. Un trabajador, Pedro, tiene un hijo nacido en octubre de 2024 y solicita disfrutar de 4 semanas de permiso parental en marzo de 2026.

Gestión:

  • Pedro comunica su solicitud por escrito con 10 días de antelación, indicando las fechas concretas.
  • María verifica que el menor es menor de 8 años y que Pedro no ha agotado sus 8 semanas previas.
  • Como el hijo nació después del 2 de agosto de 2024, 2 de las 4 semanas serán retribuidas al 100 % por la Seguridad Social. Las otras 2 semanas serán sin retribución.
  • Pedro tramita la solicitud de la prestación económica a través de Tu Seguridad Social, y la empresa facilita el certificado de empresa.
  • Durante las 4 semanas, Pedro mantiene el alta en la Seguridad Social y su derecho a reincorporarse al mismo puesto.
  • Pedro conserva 4 semanas más de permiso parental para usar en el futuro, antes de que su hijo cumpla 8 años.

Preguntas Frecuentes sobre el Permiso Parental de 8 Semanas

¿Es el permiso por hijo o anual?

El permiso parental de 8 semanas es por cada hijo. No son 8 semanas anuales, sino 8 semanas acumuladas para repartir hasta que cada menor cumpla 8 años.

¿Cuáles son los requisitos principales para acceder?

Los requisitos principales para acceder al permiso parental son: tener una relación laboral activa, que el hijo o menor en acogida no haya cumplido 8 años, y comunicar la solicitud a la empresa con al menos 10 días de antelación. No se exige justificar circunstancias especiales.

¿Desde cuándo está en vigor y qué ha cambiado en 2026?

El permiso parental de 8 semanas está en vigor desde el 30 de junio de 2023 (RDL 5/2023). La novedad de 2026 es que, gracias al RDL 9/2025, 2 de las 8 semanas son retribuidas al 100 % por la Seguridad Social para nacimientos desde el 2 de agosto de 2024, y se pueden solicitar desde el 1 de enero de 2026.

¿Se puede disfrutar a tiempo parcial?

La ley prevé la posibilidad de disfrutar el permiso parental de 8 semanas a tiempo parcial, aunque esta modalidad está condicionada al desarrollo reglamentario y al acuerdo con la empresa. En la práctica, el disfrute más habitual es por semanas completas a jornada completa.

¿Puede la empresa denegar el permiso?

No. La empresa no puede denegar el permiso parental de 8 semanas, ya que es un derecho reconocido en el Estatuto de los Trabajadores. Solo puede proponer un ajuste de fechas por razones organizativas justificadas, siempre por escrito y ofreciendo una alternativa igualmente flexible. El despido tendrá el mismo efecto que para el resto de los supuestos de despido nulo: la readmisión inmediata del trabajador, con abono de los salarios dejados de percibir.

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