Ayudas para la Mejora de la Accesibilidad en Viviendas de Andalucía

Las ayudas para la mejora de la accesibilidad en viviendas de Andalucía, enmarcadas en la Línea 1, tienen como objetivo principal el fomento de la accesibilidad en diversas tipologías de viviendas. Estas ayudas se otorgan mediante un sistema de concurrencia competitiva, lo que implica que las solicitudes se evalúan según criterios específicos para concederlas a aquellas que obtengan la mayor puntuación.

Criterios de Evaluación para la Concesión de Ayudas

El proceso de evaluación de las solicitudes se basa en varios criterios, cada uno con una puntuación máxima asignada, sumando un total de 100 puntos posibles. Estos criterios se centran en la edad y grado de dependencia o discapacidad del solicitante, las obras a realizar en la vivienda, los ingresos del solicitante y situaciones específicas de la unidad de convivencia.

1. Criterios Relativos a la Edad y Grado de Dependencia o Discapacidad (Hasta 35 puntos)

Se valora la situación del solicitante en función de su edad y su grado de dependencia o discapacidad reconocido, otorgando puntos según la siguiente escala:

Edad/Grado de dependencia o discapacidad Grado III de dependencia (1) Grado II de dependencia y grado de discapacidad ≥ 40% y movilidad reducida (2) Grado de discapacidad ≥ 40% y movilidad reducida (3) Mayores de 65 años en otras situaciones distintas a las anteriores (4)
Menor de 6 años 35 puntos 30 puntos 25 puntos -
Mayor de 6 años y menor de 15 años 30 puntos 25 puntos 20 puntos -
Mayor de 15 años y menor de 65 años 20 puntos 15 puntos 10 puntos -
Mayor de 65 años y menor de 75 años 25 puntos 20 puntos 15 puntos 10 puntos
Mayor de 75 años y menor de 80 años 30 puntos 25 puntos 20 puntos 15 puntos
Mayor de 80 años 35 puntos 30 puntos 25 puntos > 20 puntos

Notas aclaratorias:

  • (1) Personas solicitantes con reconocimiento del Grado III de dependencia.
  • (2) Personas solicitantes con reconocimiento del Grado II de dependencia y, además, con grado de discapacidad de, al menos, el 40% y movilidad reducida.
  • (3) Persona solicitante con grado de discapacidad de, al menos, el 40% y movilidad reducida.
Infografía detallando los puntos asignados según la edad y el grado de dependencia o discapacidad para las ayudas de accesibilidad en viviendas.

2. Criterios Relativos a las Obras a Realizar (Hasta 35 puntos)

Se evalúan las actuaciones propuestas en la vivienda, distribuyendo los puntos según el tipo de obra:

Adecuación de cuartos de baño (Hasta 30 puntos)

  • Sustitución de bañera por ducha de suelo continuo en aseo: 15 puntos
  • Sustitución de bañera por placa de ducha: 12 puntos
  • Cambio de solería por suelo antideslizante: 5 puntos
  • Sustitución de lavabo o inodoro por otros adaptados a las necesidades funcionales: 5 puntos
  • Adecuación del ancho de puerta en cuarto de baño: 5 puntos
  • Instalación de asideros, barras fijas o abatibles, o asientos para ducha: 3 puntos
  • Sustitución de grifería por otra con palanca técnica o sensores: 2 puntos

Instalación de ayudas técnicas fijas (Hasta 15 puntos)

  • Instalación de salvaescaleras, plataformas elevadoras o grúas de techo: 10 puntos
  • Instalación de otras ayudas técnicas fijas que contribuyan a la eficaz adecuación de la vivienda: 5 puntos

Otras adecuaciones en la vivienda (Hasta 10 puntos)

  • Adecuación del ancho de puerta en dependencias distintas al cuarto de baño: 10 puntos
  • Colocación de pasamanos en pasillos: 5 puntos
  • Instalación de alumbrado conmutado, o sensor de presencia, en el dormitorio u otro espacio: 3 puntos
  • Mejora de la seguridad y adaptación de la instalación eléctrica a la normativa vigente: 2 puntos
  • Mejora de la seguridad y adecuación de la instalación de gas a la normativa vigente: 2 puntos
Diagrama ilustrando las diferentes intervenciones en cuartos de baño y la instalación de ayudas técnicas para mejorar la accesibilidad.

3. Criterios Relativos a los Ingresos del Solicitante (Hasta 20 puntos)

La puntuación se otorga en función de los ingresos de la unidad familiar, tomando como referencia el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM):

  • Hasta 0,50 IPREM: 20 puntos
  • Hasta 1,00 IPREM y mayor de 0,50 IPREM: 15 puntos
  • Hasta 1,50 IPREM y mayor de 1,00 IPREM: 10 puntos
  • Hasta 2,50 IPREM y mayor de 1,50 IPREM: 5 puntos

4. Criterios Relativos a Situaciones Específicas de la Unidad de Convivencia (Puntuación variable)

Este criterio se refiere a situaciones particulares de la unidad de convivencia, aunque el texto proporcionado se desvía hacia información sobre servicios complementarios en Educación Infantil y ayudas relacionadas con el embarazo, parto y cuidado de hijos, que no aplican directamente a la evaluación de estas ayudas de accesibilidad.

Procedimiento y Plazos de Solicitud

Las bases reguladoras para estas subvenciones fueron aprobadas mediante Orden de 1 de agosto de 2023 y publicadas en el BOJA nº 150 del 7 de agosto de 2023. El plazo de presentación de solicitudes se abrió a las 9:00 horas del 5 de febrero de 2024 y concluyó el 4 de marzo de 2024, inclusive.

Las solicitudes podían presentarse a través del Registro electrónico de la Junta de Andalucía, así como en los lugares y registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 y el artículo correspondiente de la normativa autonómica.

Publicación de Listados y Requisitos Adicionales

Una vez analizadas las solicitudes admitidas definitivamente, se publicará un listado provisional de personas beneficiarias y suplentes, ordenadas por puntuación. El número de beneficiarios provisionales estará limitado por las disponibilidades presupuestarias.

Para la concesión de las ayudas, es necesario:

  • Disponer de un informe técnico suscrito por un profesional competente que acredite la procedencia de las actuaciones a realizar en la vivienda.
  • Tener una cuenta bancaria registrada en la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública.
  • Presentar un Cartel de obra (Línea 1).
Imagen de un cartel de obra genérico, simbolizando los requisitos para la ejecución de las reformas subvencionadas.

Información Complementaria Relevante

El texto también incluye información detallada sobre otros programas y ayudas de la Junta de Andalucía, como:

  • Información sobre la interrupción voluntaria del embarazo (IVE): Se detalla el derecho a recibir información sobre métodos, centros y trámites, así como información sobre ayudas públicas para mujeres embarazadas, derechos laborales, prestaciones para el cuidado de hijos, beneficios fiscales e incentivos al nacimiento.
  • Asistencia sanitaria durante el embarazo, parto y post-parto: El Sistema Sanitario Público de Andalucía ofrece asistencia universal y gratuita, requiriendo la Tarjeta Sanitaria de Andalucía.
  • Programas para madres jóvenes: El Instituto Andaluz de la Mujer (IAM) ofrece programas de atención social para mujeres jóvenes embarazadas o con hijos en situación de riesgo.
  • Derechos laborales vinculados al embarazo y la maternidad: Se enumeran adaptaciones, conciliación, permisos, reducción de jornada, excedencias y bonificaciones en cotizaciones para trabajadores por cuenta ajena, autónomos y empleados públicos.
  • Prestaciones y ayudas públicas para el cuidado y atención de los hijos/as: Se describen prestaciones de la Seguridad Social de carácter no contributivo (por hijo a cargo, nacimiento, familias numerosas, partos múltiples) y contributivo (maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo).
  • Medidas de apoyo a la familia (Consejería de Educación): Incluyen gratuidad de medicamentos y atención dental para menores, así como servicios como aula matinal, comedor y transporte escolar.
  • Beneficios fiscales, incentivos y ayudas al nacimiento: Se mencionan deducciones en el IRPF (por maternidad, adopción, familias monoparentales) y exenciones/tipos reducidos en el IVA para servicios educativos y materiales escolares.
  • Centros de información y asesoramiento: Se indica la disponibilidad de información sobre anticoncepción, sexo seguro e IVE en Atención Primaria y a través del teléfono de Salud Responde.
  • Ayudas económicas familiares: Son prestaciones temporales para familias con menores a cargo que carecen de recursos suficientes.
  • Programas de intervención y mediación familiar: Se mencionan programas preventivos y de reunificación familiar, así como la mediación familiar a través de un registro oficial.
  • Servicios para personas mayores: Se destaca el Servicio de Teleasistencia y el concepto de envejecimiento activo, con contenidos sobre bienestar, seguridad, aprendizaje y participación social.

AYUDAS sociales en ESPAÑA: ¿QUÉ son y CÓMO se solicitan? | AYUDA-SOCIAL.ES

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