Recientemente se ha firmado un acuerdo de acumulación de horas por lactancia tras una reunión de la Comisión negociadora, compuesta por las Organizaciones Empresariales y Sindicales más representativas del sector en la Comunidad de Madrid. Desde FSIE Madrid, se celebra que la Consejería manifieste su conformidad con el texto, aunque se señala la falta de aclaración sobre la eliminación de los trabajadores con contrato de interinidad del punto 9.
Se considera importante renovar un acuerdo y adaptarlo a la legislación actual para garantizar los derechos de los trabajadores. El conflicto atañe al permiso de lactancia en su modalidad de acumulación de jornadas.
Marco Legal y Judicial: Sentencias del Tribunal Supremo
Compatibilidad del Permiso de Lactancia y Excedencias
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha avalado la compatibilidad de la excedencia y el permiso de lactancia para la enseñanza concertada, incluso si el hijo tiene menos de 9 meses, y sin limitación o detracción económica. Esta sentencia, que sienta jurisprudencia, fue difundida por el sindicato de la concertada FSIE, que presentó en Baleares un conflicto colectivo porque la Consejería de Educación restringía esta opción «de facto», según explica el fallo judicial.
El conflicto atañe al permiso de lactancia en su modalidad de acumulación de jornadas, un derecho de conciliación que resulta afectado en este caso cuando la persona trabajadora pide un permiso no retribuido o excedencia. Esto ocurre porque la Administración demandada se niega a financiar la nómina y la Seguridad Social del empleado que sustituye al titular del permiso de lactancia, explica el Supremo.
Según el TS, el acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de mayo de 2016 establece que el permiso de lactancia de una hora diaria de un hijo menor de 9 meses puede ser acumulado al permiso de maternidad o paternidad. Además, «nada indica ni contiene una prohibición acerca de que con posterioridad puedan ejercerse otros permisos o derechos de conciliación como lo son la excedencia».

Actualizaciones Legislativas sobre el Permiso de Lactancia
El pasado 12 de enero de 2024, la modificación del permiso de lactancia introducido por el Real Decreto Ley 7/2023, de 19 de diciembre, no fue ratificado por el Congreso de los Diputados. Sin embargo, este Real Decreto Ley debe ser sometido de nuevo a la ratificación del Congreso de los Diputados, estando en vigor hasta ese momento.
Posteriormente, el pasado 21 de mayo de 2024, el Consejo de Ministros aprobó un nuevo Real Decreto ley que fue publicado el 22 de mayo en el BOE y que, entre otras cuestiones, aborda de nuevo la modificación del mencionado permiso.
Cómputo para Trabajadores a Tiempo Parcial y Conflicto Colectivo de FSIE
A efectos aplicativos para los trabajadores a tiempo parcial, la Sentencia del Tribunal Supremo de 21 de noviembre de 2023 clarifica la forma de computar la acumulación de horas. Esto parte del principio regulado en el artículo 12 y no exige tener disfrutado íntegramente el permiso de cuidado de hijos, dado que, salvo las primeras 6 semanas, el resto pueden ser disfrutadas por semanas hasta que el menor cumpla 1 año.
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo en su Sentencia 339/2024 de 22 de febrero de 2024, se ha pronunciado a favor de la demanda de conflicto colectivo presentada por FSIE. Esta sentencia declara el derecho de los trabajadores de la enseñanza concertada del convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos a poder disfrutar de la acumulación de lactancia y posteriores períodos de permisos no retribuidos (por ejemplo, excedencias), aunque el hijo tenga menos de nueve meses.
Este derecho se reconoce sin ninguna limitación, condicionante, impedimento ni detracción económica para el trabajador, la empresa o el trabajador sustituto.
CONSEJOS PARA ANALIZAR SENTENCIAS
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