Aborto sin Barreras: Información y Acceso en España

La interrupción voluntaria del embarazo (IVE) es un derecho reconocido en la legislación española y en los tratados internacionales de derechos humanos. La Ley Orgánica 2/2010, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, y su ampliación posterior mediante la Ley Orgánica 1/2023, han configurado un marco normativo que consolida legislativamente este derecho y avanza en la eliminación de barreras para garantizar su acceso, incluyendo la recuperación de la capacidad de decidir de las mujeres de 16 y 17 años tras la restricción introducida en 2015.

El derecho al aborto no es una concesión, sino una manifestación de la libertad, igualdad y dignidad de las mujeres. Poder decidir sobre el propio cuerpo significa decidir sobre el rumbo de la propia vida. Cada debate sobre este derecho es, en el fondo, una discusión sobre si las mujeres podemos elegir nuestro destino o si debemos aceptar que otros lo hagan por nosotras.

Una joven lleva una pancarta con el lema «derecho a nuestros cuerpos» durante la concentración en Santander por un aborto legal y seguro en el día de la legalización y despenalización del aborto.

Con esta perspectiva se ha elaborado este informe, fruto del trabajo de la Federación de Mujeres Jóvenes y del apoyo del Instituto de las Mujeres. Su objetivo es mostrar con claridad los obstáculos que todavía impiden un acceso efectivo a la interrupción voluntaria del embarazo. Hoy, en un contexto marcado por el auge de discursos reaccionarios, los derechos sexuales y reproductivos se encuentran entre los más amenazados. Este documento es también un reconocimiento a quienes han luchado por estos derechos y a quienes continúan defendiéndolos frente a intentos de retroceso. Defender el derecho al aborto no es una tarea del pasado, es también una responsabilidad del presente.

Marco Legal y Avances Normativos

Legislación Vigente en España

En España, el aborto está regulado por la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, que establece un marco legal para garantizar el derecho de las mujeres, niñas y personas que pueden quedarse embarazadas a decidir libremente sobre su fertilidad y el ejercicio de la autonomía reproductiva. Esta normativa permite la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) hasta la semana 14 sin necesidad de justificación, y hasta la semana 22 en casos de riesgo grave para la vida o salud de la persona gestante, o anomalías fetales graves.

La ley marcó un avance en la protección de los derechos reproductivos en el país, pero dejó desafíos -como la protección de las menores, los plazos de reflexión, la eliminación de barreras y el acceso equitativo-, que fueron abordados en la reforma legislativa de 2022 (Ley Orgánica 1/2023).

Reforma Legislativa de 2023

La reforma legislativa de 2023 tuvo como objetivo fundamental garantizar el derecho al aborto y fortalecer la autonomía en la toma de decisiones sobre salud reproductiva. Para lograr esto, se eliminaron requisitos que antes se consideraban restrictivos y que obstaculizaban el acceso a servicios seguros y accesibles.

En este nuevo marco, las adolescentes de entre 16 y 18 años ya no necesitan la autorización de sus progenitores para interrumpir un embarazo. Asimismo, las personas con discapacidad ahora pueden decidir libremente sin la autorización de quienes ejercen su representación legal, asegurando que cuentan con los apoyos necesarios para tomar decisiones informadas.

También se suprimieron otras barreras, como el plazo obligatorio de reflexión de tres días antes de proceder con el aborto y la obligación de recibir información sobre ayudas para continuar con el embarazo. Otro avance relevante fue la mejora de la regulación de la objeción de conciencia del personal sanitario para garantizar que los abortos se realicen en el sistema público de salud y que las mujeres no vean comprometido su derecho a la atención médica.

Métodos de Interrupción Voluntaria del Embarazo

Durante las primeras 7-9 semanas de gestación (dependiendo de la CCAA), puedes elegir entre dos métodos de aborto existentes, siempre que no haya una razón médica que lo desaconseje: el aborto quirúrgico o instrumental, y el farmacológico. En algunas comunidades solo disponen de uno de los dos métodos. A partir de la semana 9, solo se podrá realizar el aborto quirúrgico.

Aborto Quirúrgico o Instrumental

El aborto quirúrgico, también llamado aborto instrumental, se realiza de forma ambulatoria en una clínica o hospital, sin ingreso. La técnica es poco invasiva, especialmente en las primeras semanas, y las intervenciones suelen ser rápidas.

El procedimiento para acceder al aborto quirúrgico a través de la red sanitaria pública varía en cada CCAA. La puerta de entrada puede ser el centro sanitario habitual, un hospital o una clínica acreditada. En cualquier caso, debe informarse de que es un procedimiento GRATUITO.

El aborto instrumental es un método seguro si se realiza por profesionales cualificados y en centros sanitarios acreditados. Las complicaciones graves son extremadamente raras.

Técnicas de Aborto Quirúrgico

Dentro del aborto quirúrgico, existen varias técnicas en función del estado avanzado de gestación:

  • Dilatación y Aspiración (DyA): Se puede realizar desde la detección ecográfica del embarazo (a partir de la semana 5 habitualmente) y hasta la semana 16-17, aunque se recomienda sobre todo hasta la semana 12. Esta técnica consiste en dilatar gradualmente el cuello útero y posteriormente proceder a la aspiración del contenido del útero con una cánula. El procedimiento se realiza siempre con control ecográfico. Esta técnica es mucho menos lesiva que el legrado tradicional y es la aconsejada por la Organización Mundial de la Salud (OMS).
  • Dilatación y Evacuación (DyE): Esta técnica es muy similar a la anterior con la diferencia de que hay mayor dilatación del cuello del útero y, por lo tanto, se recomienda tomar fármacos que ayuden a la dilatación. También se emplean unas pinzas especiales para extraer el contenido uterino. La intervención dura entre 10 y 30 minutos. Si es posible, se recomienda realizar la intervención en dos tiempos: una primera con valoración previa y administración de mifepristona, y 24-48 horas después se realiza la intervención. El procedimiento se realiza siempre con control ecográfico.
  • Inducción: Esta técnica se recomienda a partir de la semana 17-18 de embarazo en caso de que el equipo profesional no domine la dilatación y evacuación.

El procedimiento dentro del quirófano como tal es breve, dura de 10 a 20 minutos según las semanas de gestación. Si se realiza con sedación o anestesia local, no se produce dolor en el momento de la intervención.

Aborto Farmacológico

El método farmacológico supone abortar a partir de la toma de medicación, que se hace en dos momentos diferentes. Primero, una pastilla de mifepristona que te tomarás en el centro de salud y que provoca el paro embrionario. Y al cabo de 24 o 48 horas, pastillas de misoprostol que ya se toman en casa y que provocan las contracciones uterinas y la expulsión del contenido uterino.

Si te han diagnosticado con anemia crónica o trastornos hemorrágicos, debes avisar al equipo sanitario porque quizás este método no es el más recomendado para ti.

Después de tomar el misoprostol en casa, el proceso expulsivo puede empezar entre 30 minutos y una hora después. La mayoría de las personas siente dolor abdominal, malestar, náuseas o vómito y sangrado. Estos síntomas son una buena señal porque significa que el fármaco está funcionando. Todo el proceso de expulsión puede durar unas 4 a 6 horas. Notarás que el proceso está finalizando porque empezarás a sentirte mejor y el sangrado va disminuyendo.

Algunas mujeres y personas gestantes sienten mucho dolor, más intenso que los cólicos menstruales. Otras tienen un sangrado mucho más abundante que durante el período menstrual. Los restos del aborto son muy pequeños y en la mayoría de las veces son indistinguibles de coágulos de sangre.

Síntomas Frecuentes y Posibles Complicaciones del Aborto Farmacológico

Síntomas frecuentes y dentro de la normalidad:

  • Escalofríos y fiebre
  • Sangrado abundante
  • Dolor abdominal intenso o muy intenso
  • Mareos, náuseas y/o vómitos
  • Diarrea (menos frecuente)

Es necesario acudir a un centro de salud para atención urgente o llamar a urgencias si:

  • No sangras o el sangrado es muy ligero.
  • Si sangras lo suficiente como para «mojar completamente» una compresa durante una hora o menos y esto sucede durante dos horas consecutivas.

Tras el aborto es posible que tengas un sangrado durante 2 semanas y, en algunos casos, que puede durar hasta la siguiente regla. La próxima regla puede tardar entre 30 y 50 días y es normal que sea un poco más abundante y molesta que la habitual. Si pasados 60 días no has menstruado, acude al centro de salud.

En las dos a tres semanas posteriores al aborto, es posible que la prueba de embarazo pueda salir positiva. Esto no quiere decir que estés embarazada, sino que son hormonas que irán desapareciendo gradualmente. Tienes que saber que hay riesgo de que puedas volver a quedarte embarazada inmediatamente después del aborto, incluso antes de que te vuelva a venir la regla.

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Cuidados Posteriores y Recuperación

Habitualmente se reanuda la vida normal después del aborto, tanto desde el punto de vista físico como emocional.

Recomendaciones Generales

  • Se recomienda NO introducir nada en la vagina -relaciones sexuales con penetración vaginal o uso de tampones- hasta 15 días después de la interrupción del embarazo (IVE) y solo si el sangrado se ha detenido completamente.
  • En este periodo también se recomienda el uso de ducha y no baños de cuerpo entero (bañera, piscina…).

En el centro donde se practique la IVE, todas las mujeres reciben información sobre los síntomas y cuidados posteriores. Es normal:

  • Un sangrado irregular tras la intervención durante unos 15 días.
  • Molestias en el bajo vientre similares a la menstruación.
  • Molestias en las mamas.

No es normal:

  • Un fuerte dolor en el vientre.
  • Temperatura mayor de 38º.
  • Sangrado mucho más abundante que la regla que no cede en pocas horas.

El dolor es intenso o muy intenso en tres de cada cuatro casos, según los datos disponibles, y de tipología similar al dolor de regla, sobre todo durante la expulsión. Si se realiza con sedación o anestesia local, no se produce dolor en el momento de la intervención.

Obstáculos y Barreras en el Acceso

Pese a los avances normativos y a las políticas desarrolladas en los últimos años, la investigación realizada por la Federación Mujeres Jóvenes, con el apoyo del Instituto de las Mujeres, pone de manifiesto la persistencia de barreras estructurales que dificultan la plena integración de la interrupción voluntaria del embarazo en el sistema público de salud.

Externalización del Servicio

La externalización del servicio es uno de los principales obstáculos identificados en el estudio. Según los últimos datos del Ministerio de Sanidad, más del 80% de las IVE se realizan en centros privados acreditados, aunque estén financiadas por el sistema público de salud.

Desigualdades y Barreras Específicas

Estas desigualdades y barreras inciden especialmente en mujeres jóvenes, migrantes, con discapacidad o en situación administrativa irregular. La falta de acceso a una asistencia segura, oportuna, asequible y respetuosa para el aborto y el estigma que lleva asociado pueden afectar al bienestar físico y psíquico de las mujeres durante toda la vida.

Objeción de Conciencia

El abuso de la objeción de conciencia con tolerancia estatal es otro problema. Diversos órganos de la ONU, como el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC), han instado a los Estados a garantizar que siempre haya suficientes proveedores de servicios de aborto disponibles, tanto en el sistema público como en el privado, y dentro de un radio geográfico accesible. La Organización Mundial de la Salud (OMS) también ha establecido que si un médico objeta por razones de conciencia, está obligado a remitir a la paciente a otro profesional capacitado en el mismo centro o en uno cercano. Si la derivación no es posible, el profesional debe realizar el aborto para evitar riesgos para la vida o la salud de la mujer.

Amnistía Internacional también insta a las autoridades competentes a la implementación completa del registro de profesionales de la salud que se niegan a practicar abortos por motivos de conciencia. Este registro es esencial para planificar los recursos necesarios y garantizar que todas las personas puedan acceder al aborto en cualquier centro de salud, independientemente de las objeciones de ciertos profesionales.

Una mujer joven con un pañuelo verde durante la manifestación del 28 de septiembre, día de acción por el acceso al aborto legal y seguro.

Datos y Cifras

Cada año se provocan cerca de 73 millones de abortos en todo el mundo. Seis de cada diez (61%) de los embarazos imprevistos y tres de cada diez de todos los embarazos (29%) se interrumpen de forma voluntaria.

El aborto es una intervención de salud que se practica con frecuencia. Es muy seguro cuando se utiliza un método recomendado por la OMS y adecuado para la duración del embarazo, y lo practica una persona que posee las capacidades necesarias. No obstante, alrededor del 45% de los abortos se realizan en condiciones de riesgo.

La tasa de abortos en España fue de 12,22 por cada 1.000 mujeres de entre 15 y 44 años.

En 2023, el número de interrupciones voluntarias del embarazo (IVE) en mujeres menores de 20 años ascendió a 10.934, lo que supone un incremento del 4,78% en comparación con el año anterior.

Estadísticas Relevantes

Tabla Descripción
Tabla 1 Número de Centros que han notificado I.V.E. Número de abortos realizados. Tasas por 1.000 mujeres entre 15 y 44 años.
Tabla 2 Tasas por 1.000 mujeres por cada grupo de edad.
Tabla 3 Tasas por 1.000 mujeres entre 15 y 44 años según Comunidad Autónoma de residencia.
Tabla 4 Distribución porcentual del número de abortos realizados según tipo de centro.
Tabla 5 Distribución porcentual del número de abortos realizados según semanas de gestación.
Tabla 6 Distribución porcentual del número de abortos realizados según motivo de la interrupción.
Tabla 7 Distribución porcentual del número de abortos realizados según la nacionalidad en mujeres residentes.
Tabla 8 Distribución porcentual del número de abortos realizados según el país de nacimiento en mujeres residentes.
Tabla 9 I.V.E. Número según grupo de edad. 2024.
Figura 1: I.V.E. Tasa por 1.000 mujeres entre 15 y 44 años según Comunidad Autónoma de residencia.

Distribución de Centros que han notificado I.V.Es. según Comunidad Autónoma y dependencia patrimonial. Interrupción voluntaria del embarazo. Comparativa público-privada.

La Perspectiva de los Derechos Humanos

La falta de acceso a una asistencia segura, asequible, oportuna y respetuosa para el aborto y el estigma que lleva asociado pueden afectar al bienestar físico y psíquico de las mujeres durante toda la vida. La imposibilidad de acceder a una asistencia de calidad para el aborto infringe varios derechos humanos de las mujeres y las niñas: el derecho a la vida; el derecho a gozar del más alto nivel posible de salud física y mental; el derecho a beneficiarse del progreso científico y de sus aplicaciones; el derecho a decidir de libre y responsablemente el número de hijos, el intervalo entre embarazos y el momento de tenerlos; y el derecho a no ser sometida a tortura ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Amnistía Internacional continúa trabajando para que este derecho sea plenamente accesible y efectivo en la práctica, y pide lo siguiente:

  • Un acceso seguro y sin barreras: Que todas las personas que necesiten acceder a un aborto puedan hacerlo de manera segura, con información clara y rigurosa. Esto implica eliminar cualquier barrera adicional, evitar la discriminación y proteger a las personas de cualquier forma de acoso en los centros de salud.
  • Acceso al aborto en la sanidad pública: La mayoría de los abortos no se realizan en centros públicos. En 2022, solo el 17% de las interrupciones del embarazo se practicaron en hospitales públicos, y en algunas provincias, es prácticamente imposible acceder a estos servicios, haciendo inevitable el traslado a otras regiones. Esto supone gastos adicionales y un impacto significativo en la salud física y mental de las personas afectadas, especialmente aquellas en situación de vulnerabilidad.
  • Registro de objetores de conciencia: Implementación completa del registro de profesionales de la salud que se niegan a practicar abortos por motivos de conciencia para garantizar que todas las personas puedan acceder al aborto en cualquier centro de salud.
El 28 de septiembre: Un día para actuar por la despenalización del aborto y los derechos reproductivos.

El 28 de septiembre es una fecha significativa para reflexionar y actuar por la despenalización del aborto y los derechos reproductivos. Su origen se remonta a 1990, cuando se lanzó la campaña "28 de Septiembre" con el objetivo de abogar por la despenalización del aborto en América Latina y el Caribe. En 2011, esta fecha fue reconocida como un evento internacional por la Red Global de Mujeres por los Derechos Reproductivos (WGNRR), marcando un hito en la lucha por los derechos reproductivos en todo el mundo.

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