Interrupción Voluntaria del Embarazo en España: Límites y Procedimientos

En España, el aborto inducido o interrupción voluntaria del embarazo (IVE) es un derecho legalmente reconocido y regulado. La legislación actual, principalmente la Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero, que modifica la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, establece los plazos y condiciones bajo las cuales las mujeres y personas con capacidad para gestar pueden acceder a este procedimiento.

Esquema cronológico de la legislación del aborto en España

Marco Legal del Aborto en España

La Ley Orgánica 2/2010, conocida como Ley de Plazos, fue un hito en la despenalización y regulación del aborto. Establece un marco legal que garantiza el derecho a decidir libremente sobre la fertilidad y el ejercicio de la autonomía reproductiva. La reforma legislativa de 2022 tuvo como objetivo fundamental fortalecer este derecho y eliminar barreras restrictivas.

Plazos para la Interrupción Voluntaria del Embarazo

  • Primeras 14 semanas: La decisión es libre y la mujer puede tomarla de forma informada.
  • Hasta las 22 semanas: La interrupción del embarazo es legal en casos de «graves riesgos para la vida o la salud de la madre o el feto», o si el feto presenta graves anomalías y/o enfermedades incurables.
  • Más allá de las 22 semanas: No hay límite temporal para abortar si se detectan anomalías fetales incompatibles con la vida.

Reformas Clave de la Ley en 2022

La reforma de 2022 abordó varios desafíos, garantizando que las adolescentes de entre 16 y 18 años ya no necesiten autorización de sus progenitores para interrumpir un embarazo. Asimismo, las personas con discapacidad pueden decidir libremente sin la autorización de sus representantes legales, asegurando que cuentan con los apoyos necesarios para tomar decisiones informadas.

También se suprimieron otras barreras, como el plazo obligatorio de reflexión de tres días antes de proceder con el aborto y la obligación de recibir información sobre ayudas para continuar con el embarazo.

Gráfico de porcentajes de abortos en centros públicos vs. privados

Acceso al Aborto más allá de la Semana 22 de Embarazo

A partir de las 22 semanas de embarazo, las condiciones para abortar se restringen y se condicionan al estado del feto o de la gestante. Esta situación es a menudo desconocida para la mayoría de la ciudadanía, y por ello es crucial visibilizarla y garantizar la calidad de la información.

Situaciones posibles a partir de las 22 semanas:

  1. Anomalías fetales incompatibles con la vida: Si las pruebas diagnósticas previas han detectado anomalías fetales incompatibles con la vida, solo se necesitará un dictamen/informe realizado por un médico/a para poder realizar la interrupción del embarazo.
  2. Alteraciones fetales graves e incurables: Si las anomalías detectadas no son incompatibles con la vida, la ley en España obliga a exponer la situación a un comité clínico de profesionales nombrados por el sistema público de salud de la Comunidad Autónoma.

El Comité Clínico

El comité clínico es un grupo de profesionales que se reúne a petición de la persona demandante para confirmar o ratificar un diagnóstico de malformación fetal que sea grave e incurable o incompatible con la vida. Está formado por un equipo de tres médicos/médicas especialistas en ginecología y obstetricia y/o expertos en diagnóstico prenatal y un/a pediatra.

Proceso de Solicitud y Evaluación:

  • Acceso al comité: Se puede solicitar y autorizar a un médico/a (habitualmente quien ha dado el diagnóstico o sigue el embarazo) para que lo haga, o la propia gestante puede hacerlo.
  • Documentación: Si lo hace la gestante, debe averiguar el formulario a rellenar y la dirección electrónica a la que debe enviarse la petición de su Consejería de Salud. Es importante preguntar a los profesionales que hayan seguido el embarazo, ya que esta información no siempre es transparente y accesible.
  • Autorización para notificaciones: En el momento de la solicitud, se puede autorizar al comité clínico para que notifique directamente su dictamen al médico/a que realizó el primer diagnóstico.
  • Plazo de tramitación: Una vez recibida la solicitud de dictamen, la Consejería o Departamento de Salud inicia la tramitación y asigna el caso a un comité clínico dentro del plazo máximo de 24 horas de la recepción de la solicitud.

Defensa del Caso ante el Comité:

El expediente médico detallado será clave para defender el caso. Además, se tiene derecho a designar a un/a profesional de confianza (del sector público o privado) para que forme parte del comité. Esta designación debe notificarse en el momento de solicitar la revisión del caso por parte del comité.

Decisión del Comité y Posibles Recusaciones:

  • Confirmación de casos: La ley especifica que podrá interrumpirse el embarazo si se detecta en el feto una enfermedad extremadamente grave e incurable en el momento del diagnóstico. Los criterios de lo que se considera anomalía grave o incurable pueden variar en función de cada profesional o comité.
  • Segunda opinión: Si el comité clínico dictamina que el feto es compatible con la vida o curable, se puede pedir una segunda opinión a otro comité tantas veces como se desee.
  • Confidencialidad: El resultado del dictamen se informará a la solicitante y, si así se autoriza, a su médico. Todos los datos personales tienen carácter confidencial.

Opciones ante la Denegación en España

En caso de que se niegue la posibilidad de abortar en España después de la semana 22, existen opciones en el extranjero. Los países más accesibles por proximidad, coste y criterio clínico podrían ser Bélgica y Francia, seguidos de México o Estados Unidos, aunque estos últimos son más costosos económicamente.

Si no hay anomalía fetal, en España será imposible interrumpir el embarazo (a no ser que un tribunal pueda autorizarlo después de un dictamen del comité clínico), por lo que las opciones pasarían por el extranjero.

Procedimientos y Métodos de Aborto

Una vez que el médico ha valorado el historial médico de la mujer y ha calculado las semanas de embarazo con la ecografía, aconsejará cuál es el mejor método para realizar el aborto. Si el embarazo ya está muy avanzado, necesariamente se practicará un aborto quirúrgico con anestesia.

Aborto Farmacológico (con pastillas)

El aborto farmacológico solamente es posible hasta las 9 semanas de embarazo, aunque algunos centros lo ofrecen hasta las 7 semanas. Consiste en la toma de dos medicamentos diferentes para provocar la expulsión completa del contenido del útero:

  1. Mifepristona (píldora RU-486): Se toma en primer lugar, bajo el control del profesional del centro. Bloquea la hormona progesterona y provoca la dilatación del cuello del útero.
  2. Misoprostol (Cytotec): Se toma vía oral o vaginal transcurridas 24-48 horas de la toma de mifepristona. Provoca contracciones en el útero hasta que expulsa su contenido.

Los efectos secundarios habituales incluyen sangrado vaginal abundante, dolor abdominal, náuseas, vómitos, diarrea y cansancio. Después del aborto, la mujer debe volver a la clínica pasadas unas dos semanas para comprobar que todo está bien.

Aborto Quirúrgico

Hasta las 14 semanas de embarazo, la técnica quirúrgica realizada es el aborto por aspiración (método Karman), que suele durar de 10 a 20 minutos. Los pasos son los siguientes:

  1. Aplicación de anestesia local o sedación.
  2. Uso de un espéculo para dilatar la vagina.
  3. Aspiración manual endouterina (AMEU) con un aparato de succión, controlada por ecografía.
  4. Realización de un legrado: raspado de las paredes uterinas para eliminar todos los restos que queden.
  5. Recuperación en una sala hasta que pasen los efectos de la anestesia.

Los efectos secundarios incluyen sangrado vaginal (menor que en el caso anterior), dolor abdominal, mareo y cansancio por la anestesia, y náuseas. Para embarazos de más de 14 semanas, la técnica puede ser diferente, como la dilatación y evacuación, o la inducción con fármacos. Se recomienda un control médico posterior a los 15 días.

Aborto en una Clínica | Planned Parenthood Video

Coste y Cobertura Sanitaria

La interrupción voluntaria del embarazo está cubierta por la sanidad pública en España. Sin embargo, persisten barreras significativas que limitan el acceso al aborto en la sanidad pública, ya que la mayoría de los procedimientos se llevan a cabo en centros privados acreditados.

Opciones de Acceso:

  • Seguridad Social: Es gratuita, pero requiere trámites burocráticos que pueden alargar la espera unos 7 días. Se debe acudir al Centro de Salud para solicitar la “Hoja de Derivación para Interrupción Voluntaria del Embarazo” y la información preceptiva.
  • Clínicas IVE privadas: Reducen el tiempo de espera, ya que no requieren trámites burocráticos. La mujer solamente deberá acudir a la clínica en dos ocasiones: una primera visita para ecografía e información, y la intervención. El precio del aborto en una clínica privada depende del centro, las semanas de embarazo y el método utilizado, generalmente entre 350-450€.

Objeción de Conciencia

Los profesionales sanitarios implicados en el aborto tienen el derecho a ejercer la objeción de conciencia. Sin embargo, la ley garantiza que la paciente tiene derecho al aborto, por lo que el médico que se niegue a realizarlo tiene la obligación de derivar a la paciente a otro médico que sí esté dispuesto a hacerlo en el menor tiempo posible.

Órganos de la ONU y la OMS instan a los Estados a garantizar que siempre haya suficientes proveedores de servicios de aborto disponibles, y que si un médico objeta, remita a la paciente a otro profesional o, en su defecto, realice el aborto para evitar riesgos para la vida o la salud de la mujer.

Consideraciones Post-Intervención y Consecuencias

Después de la intervención, todas las mujeres reciben información sobre los síntomas y cuidados posteriores. Es normal un sangrado irregular durante unos 15 días y molestias en el bajo vientre similares a la menstruación. No es normal un fuerte dolor, temperatura mayor de 38ºC o sangrado mucho más abundante que la regla que no cede en pocas horas.

Siempre y cuando el aborto sea realizado por profesionales médicos con experiencia, no tiene por qué haber ningún riesgo de infertilidad. Es fundamental seguir todos los cuidados recomendados por el médico para evitar infecciones, como no mantener relaciones sexuales antes de los 15 días.

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