El Museo Nacional del Prado, como una de las instituciones culturales más destacadas del mundo, ofrece diversas vías para la reproducción de las obras de su colección, tanto a través de medios digitales como mediante la práctica tradicional de la copia en sala. Estas opciones se rigen por estrictas normativas destinadas a preservar la integridad de las obras y los derechos de propiedad intelectual.

El Banco de Imágenes del Museo del Prado: Archivo Digital
A través del servicio del Banco de Imágenes, el Museo Nacional del Prado pone a disposición los archivos digitales en alta resolución de todas las obras de su colección.
Alcance y Contenido del Archivo
El archivo digital del museo cuenta con cerca de 40.000 obras de arte fotografiadas. Estas se distribuyen en diversas categorías, incluyendo:
- Pinturas: 8.529
- Esculturas: 1.109
- Dibujos: 10.806
- Estampas: 6.567
- Artes decorativas: 4.131
- Fotografía histórica anterior a 1939: 8.613
Además, el Museo Nacional del Prado dispone de material valioso para la investigación, como las reflectografías infrarrojas de muchas de sus obras, documentos muy importantes para especialistas. Las imágenes de la colección provienen tanto de digitalizaciones de fotografías realizadas entre los años 50 y 2010, como de imágenes digitales originales creadas en la última década.
Calidad y Fiel Representación
Los archivos ofrecen una resolución de 300 ppp, con tamaños que varían desde los 25 x 30 cm de media hasta los 65 x 80 cm de media. Las imágenes están calibradas con el color, brillo y tonalidad exactas, garantizando la máxima fidelidad respecto a la obra de arte original. Cada imagen se trata de forma individual para asegurar su fiabilidad.
Gestión y Derechos de Reproducción Digital
Museo Nacional del Prado Difusión (MNPD)
La gestión comercial de los derechos de las imágenes del Museo Nacional del Prado está encomendada a Museo Nacional del Prado Difusión S.A.U. (MNPD). Todas las imágenes del Museo Nacional del Prado están protegidas por la Ley de Propiedad Intelectual y sujetas a derechos de reproducción por parte de su propietario: el Museo Nacional del Prado.
Condiciones y Restricciones de Uso
MNPD se reserva el derecho a no autorizar la cesión de uso de las imágenes cuando su utilización pueda menoscabar o dañar la imagen del Museo como institución pública, o sea contraria o se aleje de sus fines institucionales. Queda prohibida la utilización de las imágenes para cualquier fin (no solo de carácter comercial o publicitario) sin autorización de Museo Nacional del Prado Difusión, así como su reproducción, distribución o transformación sin contar con la autorización de sus legítimos titulares.
Los usuarios que, sin la debida autorización, utilicen las imágenes o procedan a su reproducción, distribución o transformación, quedarán obligados al abono del triple de la tarifa publicitada en concepto de indemnización por los daños y perjuicios ocasionados. La misma cantidad se exigirá a quienes utilicen las imágenes para fines distintos a los autorizados o realicen actos no comprendidos en dicha autorización.
La cesión de los derechos de reproducción y publicación de las imágenes no es exclusiva, y el Banco de Imágenes del Museo Nacional del Prado tiene la potestad de conceder los mismos derechos a terceras partes. Bajo ninguna circunstancia, el solicitante podrá ceder, vender, prestar, publicar o usar en cualquier otro tipo de soporte las imágenes adquiridas sin un permiso especial. Asimismo, el solicitante no utilizará el nombre, logotipos o cualquier nombre similar del Museo del Prado de ninguna manera en conexión con cualquier imagen, excepto en la forma establecida expresamente en el contrato.
Proceso de Solicitud y Acuerdo de Licencia
Mediante el acuerdo de licencia, MNPD cede los derechos de reproducción y distribución de la imagen al solicitante de forma no exclusiva y para su incorporación únicamente en el producto descrito, en el medio, con el propósito, en el territorio, durante el periodo y en un número de copias que no supere la tirada indicada. Cualquier uso que exceda de estos derechos o de los requisitos impuestos para su ejercicio dará lugar a exigir el pago del triple de la tarifa abonada, sin perjuicio de apercibir al licenciatario para que cese de inmediato en el uso indebido. En el caso de que el medio a utilizar la imagen implique su difusión por internet (TVE, etc.), el Banco de Imágenes del Museo Nacional del Prado proporcionará las imágenes digitales tras recibir el pago completo de la tarifa.
Los derechos de autor de la fotografía de la imagen pertenecen al Museo Nacional del Prado, excepto que se indique lo contrario. Para la reproducción y difusión de imágenes creadas por artistas vivos o fallecidos (si no han transcurrido 70 años de su muerte), se requiere el consentimiento del titular de los derechos de autor o de su agente (como VEGAP en España, DACS en Reino Unido, ADAGP en Francia, etc.), además de la licencia del Museo Nacional del Prado.
El solicitante deberá utilizar la imagen de manera legal y solo para fines legales, e indemnizará a Museo Nacional del Prado Difusión contra todas las reclamaciones, daños, pérdidas o gastos que surjan de cualquier acción de terceros relacionada con el uso de la imagen por parte del solicitante. Se deberá remitir a Museo Nacional del Prado Difusión, sin coste, un ejemplar de la publicación que contenga la imagen solicitada (indicando como referencia el número de factura). El pago debe cubrir también todos los gastos bancarios e impuestos locales.
Un escáner para salvar obras de arte milenarias
La Tradición de Copiar en Sala en el Museo del Prado
Una Práctica Histórica Preservada
La copia ha sido, desde tiempo inmemorial, la mejor manera de aprender a pintar. Aunque este método está prácticamente abandonado en la mayoría de los museos, el Museo del Prado respeta esta antigua tradición. Permite a un número muy restringido de personas acceder a sus salas para copiar directamente del original algunas de las obras maestras y aprender de los grandes pintores de la historia.
Reglamentación y Evolución Histórica
Desde el siglo XIX, la pinacoteca ha mantenido una "lista negra" de obras que no se pueden reproducir en sala para evitar aglomeraciones. En el reglamento de la institución de 1863, se incluyó por primera vez el requisito de que el original y la copia no podían ser del mismo tamaño, una exigencia que ha evolucionado. Actualmente, se fija una diferencia mínima de 5 cm por lado (en otro tiempo era de 3 cm), además de un tamaño máximo de 1,30m. En el Reglamento del museo de 1897, se contempló la posibilidad de exponer estos trabajos, mostrando la calidad pictórica del copista. En 1920, la cuestión quedó regulada de manera casi definitiva, con modificaciones posteriores introducidas por el Reglamento del Real Patronato de 1993.
Entre las modificaciones más relevantes se encuentra la prohibición de copiar ciertas obras icónicas y muy visitadas, cuya reproducción en sala supondría un estorbo para el público. Ejemplos de estas obras son Las meninas, El jardín de las delicias, La maja vestida y La maja desnuda.

Requisitos y Proceso para Copistas
Cualquiera que desee ser candidato a copista en el Museo del Prado debe dirigir una solicitud a la Oficina de Copias de la pinacoteca, acompañada de su currículum vitae, un informe lo más completo posible de su obra y una carta de recomendación que avale su trabajo. El Museo del Prado recibe cada año unas 30 solicitudes para esta actividad, con un coste aproximado de 300 euros. Este número es significativamente inferior al de hace unas décadas, reflejo de los cambios en las sensibilidades y el mercado del arte.
Para no entorpecer las visitas, solo se permite un copista por sala y una copia de obra a la vez por artista. Aunque el permiso de copia tiene una duración de un año, la reproducción debe concluirse entre 6 y 7 semanas, salvo prórroga expresa. Todas las reproducciones realizadas se escanean y documentan en los archivos del Museo del Prado, impidiendo que ningún copista pueda venderlas haciéndolas pasar por un original.
El Valor de la Copia "In Situ"
En la actualidad, se realizan unas 70 copias al año en el museo. Este número reducido se explica por el limitado número de copistas autorizados y por la complejidad del proceso. Copiar directamente del original exige un notable esfuerzo físico (estar de pie durante varias horas), un elevado grado de concentración (debido al interés de los visitantes) y la ausencia de las ayudas técnicas disponibles en un estudio para el encuadre. Precisamente estas dificultades son las que otorgan un valor especial a las copias realizadas íntegramente en el Museo, diferenciándolas de las copias de estudio o las obtenidas mediante impresión directa sobre lienzo.
Protección de Datos Personales
La Sociedad Estatal Museo Nacional del Prado Difusión S.A.U.; S.M.E. con CIF A84888056 y domicilio en la C/ Casado del Alisal, 10, bajo B, 28014, Madrid, informa que la finalidad de los datos recogidos en el formulario de solicitud de derechos de reproducción de imágenes es gestionar dicha solicitud, en base al consentimiento del interesado titular de los datos. Sus datos no serán cedidos ni comunicados a terceras empresas. El interesado puede acceder a sus datos, rectificarlos, suprimirlos, hacer su portabilidad, limitarse u oponerse a su tratamiento, ejercer su derecho a no ser objeto de decisiones automatizadas, así como obtener información clara y transparente sobre el tratamiento de los mismos. En caso de que se entienda que sus derechos se han visto menoscabados, se puede presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
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