Reconocimiento de Paternidad: Requisitos y Proceso Legal

El reconocimiento de la paternidad de un hijo, legalmente denominado “filiación”, es el vínculo de parentesco que une a padres e hijos. A nivel jurídico, la filiación constituye un estado civil que genera derechos y obligaciones para ambas partes y se encuentra regulada en los artículos 108 y siguientes del Código Civil español. Entender cómo se determina y se reclama la paternidad es fundamental para garantizar los derechos tanto del progenitor como del hijo.

Tipos de Filiación

Existen diversos tipos de filiación que surten los mismos efectos desde que tienen lugar:

  • Filiación por naturaleza: Puede ser matrimonial o no matrimonial.
  • Filiación por adopción: Se aplica tanto a menores como a mayores de edad.
Esquema de los diferentes tipos de filiación legal

Formas de Determinación Legal de la Filiación

Antes de abordar cómo reclamar la filiación, es crucial conocer las vías por las cuales se determina o reconoce legalmente:

Filiación Matrimonial

La filiación matrimonial quedará determinada legalmente por la inscripción del nacimiento, junto con la del matrimonio de los padres, o por sentencia firme.

Filiación No Matrimonial

La filiación no matrimonial, por su parte, puede determinarse legalmente de varias maneras:

  • En el momento de la inscripción del nacimiento, mediante la declaración conforme realizada por el padre o progenitor no gestante en el correspondiente formulario oficial del Registro Civil.
  • Por el reconocimiento ante el Encargado del Registro Civil, en testamento o en otro documento público.
  • Por resolución recaída en expediente tramitado según la legislación del Registro Civil.
  • Por sentencia firme.

Respecto a la madre o progenitor gestante, su filiación se hace constar en la inscripción de nacimiento practicada dentro de plazo.

El Reconocimiento Voluntario de la Paternidad: Requisitos

Cuando los padres no están casados, el reconocimiento de la paternidad requiere un acto voluntario. Este es un acto personalísimo, pues solo puede llevarlo a cabo la persona directamente interesada que asume la paternidad.

Documentos y Formalidades para el Reconocimiento Voluntario

Si los padres no están casados y el padre reconoce al menor como su hijo, debe presentarse una solicitud de inscripción por parte de ambos progenitores para el reconocimiento de la filiación. En el Registro Civil se procederá a la inscripción y se expedirá el certificado de reconocimiento. Una de las principales razones que motivan otorgar este acto ante notario es la de proteger los derechos del niño.

Consentimiento del Hijo o de Descendientes

Existen consideraciones específicas según la edad o situación del hijo:

  • Si el hijo es mayor de edad o menor emancipado, hace falta su consentimiento expreso o tácito.
  • Si el hijo ha fallecido, el reconocimiento solo es eficaz si deja descendientes y los de grado más próximo lo consienten.

No obstante, el padre y la madre pueden reclamar que se declare judicialmente la paternidad o la maternidad no matrimoniales, aunque el hijo haya denegado el consentimiento.

La Acción de Reclamación de Filiación (Paternidad)

Si la filiación no ha sido determinada de forma voluntaria, el Código Civil proporciona la herramienta de la acción de reclamación de la filiación para poder reconocer el parentesco. Esta acción viene regulada en los artículos 131 y siguientes del Código Civil.

¿Quién Puede Reclamar la Filiación? (Legitimación Activa)

Los sujetos legitimados para ejercitar la acción de reclamación se diferencian según la filiación sea matrimonial o no matrimonial y según exista o no posesión de estado.

¿Qué es la Posesión de Estado?

La posesión de estado es la apariencia de ser titular o de tener un estado civil determinado, es decir, la apariencia de ser el hijo de alguien, siéndolo o no biológicamente. Por ejemplo, el progenitor que durante años ha ejercido como padre de un niño, pero no lo es biológicamente. La jurisprudencia exige una serie de requisitos para que se entienda que existe posesión de estado, salvo casos especiales en los que no es necesario que se cumplan todos:

  • Nomen: Que el menor utilice los apellidos del que pretende ser padre o madre.
  • Tractus: Relación familiar normalizada entre el que pretende ser padre o madre y el hijo.
  • Fama: Que el entorno próximo del niño lo considere como hijo de los progenitores que pretenden serlo.

Plazos para Reclamar la Filiación

Según la existencia o no de posesión de estado, los plazos y legitimados varían:

  • Filiación matrimonial y no matrimonial con posesión de estado: Podrá reclamar la filiación cualquier persona con interés legítimo, con la única excepción de si la filiación que se reclama contradice otra legalmente determinada.
  • Filiación matrimonial sin posesión de estado: La acción de reclamación de filiación es imprescriptible (no hay plazo para reclamar) y corresponde a cualquiera de los dos progenitores o al hijo. Si el hijo falleciera antes de transcurrir cuatro años desde que alcanzara la plena capacidad o durante el año siguiente al descubrimiento de las pruebas, su acción corresponderá a sus herederos por el tiempo que faltara para completar estos plazos.
  • Filiación no matrimonial sin posesión de estado: La acción de reclamación corresponderá al hijo durante toda su vida. Si el hijo falleciera antes de transcurrir cuatro años desde que alcanzara la mayoría de edad o desde que se eliminaran las medidas de apoyo, o durante el año siguiente al descubrimiento de las pruebas, su acción corresponderá a sus herederos por el tiempo que faltara para completar estos plazos. Igualmente, los progenitores podrán ejercitar la acción en el plazo de un año desde que hubieran tenido conocimiento de los hechos.
Diagrama de flujo del proceso de reclamación judicial de paternidad

Proceso Judicial de Reclamación de Paternidad: Documentos y Pruebas

Si la filiación es negada, se puede acudir a los tribunales para conseguir el reconocimiento. La determinación legal de la filiación por sentencia firme se regula en los artículos 764 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Presentación de la Demanda y Requisitos Iniciales

El procedimiento judicial se inicia interponiendo una demanda de reclamación de filiación frente a las personas a las que se atribuya la condición de progenitores y de hijo.

Es muy importante tener en cuenta que es necesario aportar junto a la demanda un principio de prueba de los hechos en los que se funde, pues de lo contrario esta no se admitirá. Este principio de prueba puede consistir en cualquier elemento que demuestre que, en el momento de la concepción del niño, los progenitores tenían algún tipo de relación.

Fase de Pruebas en Juicio

Una vez admitida a trámite la demanda, la parte contraria dispondrá de 20 días hábiles para contestarla por escrito. Posteriormente, se celebrará el correspondiente juicio donde se practicarán y valorarán las pruebas pertinentes para acreditar la filiación.

En este tipo de juicios sobre filiación, es admisible la investigación de la paternidad y de la maternidad mediante toda clase de pruebas, incluso las biológicas. Una clave fundamental en estos casos es la petición de prueba de ADN.

ADN Prueba de Paternidad - Toma de muestras de ADN

Efectos y Consecuencias del Reconocimiento de Paternidad

Con independencia de la forma en que se lleve a cabo, los efectos que despliega el reconocimiento de un hijo son los derivados de la filiación y tienen, además, efectos retroactivos. El padre adquiere la patria potestad y la obligación de proporcionar una pensión alimenticia al niño, esto último nace desde el momento de su solicitud.

Saber quiénes son nuestros padres y el consiguiente reconocimiento de nuestros derechos como hijos es una información civil básica que todos podemos demandar, independientemente de la relación o situación que mantengan los progenitores entre sí.

Contar con un abogado de familia es fundamental para garantizar los derechos fundamentales del niño, como el acceso a la herencia o a la pensión alimenticia, así como poder gozar de protección y cuidados en términos legales.

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