Derechos de reproducción de cedro y compatibilidad de pensiones para creadores

El Centro Español de Derechos Reprográficos (CEDRO), entidad encargada de la gestión de los derechos reprográficos en España, ha publicado una serie de recomendaciones para la cesión de derechos en el contexto del entrenamiento de modelos de inteligencia artificial (IA). Estas directrices, difundidas en diciembre de 2025, buscan orientar a los creadores y editores sobre cómo abordar estas nuevas formas de explotación de obras.

Recomendaciones de CEDRO para la cesión de derechos en IA

CEDRO subraya la importancia de la verificación de la titularidad de los derechos, determinando si estos han sido cedidos al editor o si aún pertenecen al escritor o traductor. Asimismo, se recomienda evaluar el alcance económico de la cesión, especificando cómo se utilizarán las obras desde una perspectiva económica y analizando el impacto en los profesionales del sector.

Un punto crucial es la necesidad de negociar una remuneración justa. Para ello, es fundamental calcular el valor económico del contenido y pactar compensaciones equitativas, no solo por el uso en el entrenamiento de modelos de IA, sino también por futuras comercializaciones de estos. CEDRO también enfatiza la protección de la integridad de las obras, evitando su desvirtuación y garantizando que su tratamiento respete la esencia y el contenido original.

La trazabilidad es otro aspecto indispensable, asegurando que los acuerdos permitan verificar el uso real de las obras y comprobar el cumplimiento de lo pactado. Una de las principales demandas del sector es la transparencia, garantizando que las empresas tecnológicas accedan a las obras de forma lícita y con la autorización de los titulares.

Finalmente, CEDRO aconseja revisar los contratos para identificar posibles impedimentos en la cesión de derechos necesarios y asegurar el cumplimiento de la normativa vigente.

Infografía detallando las recomendaciones de CEDRO para la cesión de derechos en IA, incluyendo puntos clave como titularidad, alcance económico, remuneración, integridad y transparencia.

Marco legal y derechos de autor

La legislación española protege los derechos de explotación de los autores. El Artículo 17 de la ley establece que corresponde al autor el ejercicio exclusivo de los derechos de explotación de su obra en cualquier forma, incluyendo reproducción, distribución, comunicación pública y transformación, sin necesidad de autorización, salvo excepciones legales.

Por otro lado, el Artículo 32.1 especifica que la reproducción, distribución o comunicación pública, total o parcial, de artículos periodísticos aislados en un dossier de prensa dentro de una organización requiere la autorización de los titulares de derechos.

Compatibilidad de la pensión de jubilación con actividades creativas

Carlos Muñoz Viada, director de Asesoría Jurídica de la Asociación Colegial de Escritores (ACE), aborda la compatibilidad de la pensión de jubilación con ingresos derivados de actividades creativas.

Régimen general y excepciones para creadores

Generalmente, la percepción de la pensión de jubilación es compatible con actividades por cuenta propia, siempre que los ingresos no superen el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) anual. Para 2026, este límite se fija en 17.094 €.

Sin embargo, existe una excepción significativa para las actividades creativas y artísticas. En estos casos, se permite compatibilizar la pensión de jubilación con ingresos sin límite de cuantía, siempre que el jubilado se dé de alta en el régimen especial de compatibilidad regulado por el Real Decreto-ley 1/2023. Este régimen garantiza que un escritor jubilado pueda percibir ingresos de su actividad creativa sin restricciones.

Trámites y requisitos para la compatibilidad

Si los ingresos derivados de la actividad creativa no superan el SMI, no se requiere ningún trámite adicional más allá de la declaración anual de la renta. Si los ingresos exceden el SMI, es necesario darse de alta en el régimen especial de compatibilidad, abonar una cuota de solidaridad y declarar los ingresos.

Para solicitar el alta en este régimen especial, los jubilados deben cumplir ciertos requisitos:

  • Haber alcanzado la edad legal de jubilación (66 años y 10 meses en 2026), con al menos 15 años cotizados, incluyendo dos en los últimos 15 años.
  • Tener reconocida el 100% de la base reguladora para la pensión.

Procedimiento de alta en el régimen especial de compatibilidad

El procedimiento para darse de alta aún no está completamente definido, generando cierta inseguridad jurídica. Se recomienda el siguiente proceso:

  1. Comunicación al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS): Se sugiere utilizar el formulario vigente 6-067, añadiendo manualmente una casilla para "COMPATIBILIDAD ARTÍSTICA O CREATIVA (Art. 249 quáter TRLGSS)".
  2. Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA): Dado que la actividad es por cuenta propia, es necesario darse de alta en el RETA. Aunque no existe un formulario específico, se recomienda realizar el alta estándar y, adicionalmente, solicitar a través del servicio CASIA (Coordinación, Atención y Soporte Integral al Autorizado RED) de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) el registro de la situación "adicional de COMPATIB. JUBILACIÓN Y CREACIÓN ARTÍSTICA, para cotizar por contingencias profesionales y solidaridad".

La TGSS ha indicado verbalmente que internamente reciben la comunicación del INSS, pero se aconseja la comunicación expresa a través de CASIA para evitar problemas.

Diagrama de flujo explicando los pasos para darse de alta en el régimen especial de compatibilidad para actividades creativas.

Actividades vinculadas con la creación y sentencias relevantes

Se consideran actividades vinculadas con la creación el trabajo por cuenta ajena y la actividad por cuenta propia desempeñada por autores de obras literarias, artísticas o científicas, según la Ley de Propiedad Intelectual. Esto incluye la percepción o no de derechos de propiedad intelectual.

Sentencias clave sobre compatibilidad y derechos de autor

Dos sentencias recientes son de gran relevancia:

  • Una sentencia favorable a un funcionario con jubilación demorada, que le permite cobrar un complemento adicional y darse de alta en el régimen de compatibilidad sin perjuicio.
  • Otra sentencia que confirma la compatibilidad del 100% de la pensión con trabajos por cuenta propia, calculando los ingresos sobre las bases netas (ingresos brutos menos gastos). Esto significa que, aunque los ingresos brutos superen el SMI, si los ingresos netos están por debajo, la pensión es compatible sin necesidad de cotizar.

Es importante destacar que el alta en el régimen de compatibilidad no es compatible con la pensión por incapacidad laboral. Quienes cobran una pensión por incapacidad solo pueden obtener ingresos por debajo del límite del SMI.

Principales exigencias del colectivo autoral

Las principales peticiones de autores y autoras incluyen:

  • Normalizar y estandarizar los procesos administrativos del sistema de compatibilidad.
  • Extender el régimen de compatibilidad a los casos de incapacidad.
  • Permitir la adhesión al régimen a beneficiarios de pensiones no contributivas y con complemento a mínimos.
  • Eximir a los beneficiarios de cualquier obligación de cotización o, en su defecto, establecer un sistema de rendición de cuentas anual.

Campaña de sensibilización de CEDRO

La cuarta edición de la campaña de CEDRO se centra en los derechos de autor de obras escritas, buscando visibilizar cómo su protección garantiza una cultura que enriquece la educación, fortalece la identidad y fomenta el pensamiento crítico. La iniciativa se difunde bajo el hashtag #12Razones.

CEDRO defiende la necesidad de garantizar la remuneración, autorización y transparencia en el uso de obras por parte de sistemas de inteligencia artificial, advirtiendo sobre los sesgos y discriminaciones que pueden surgir cuando no se respetan estos derechos.

¿Derechos de autor en la era digital?

Gestión de derechos por parte de CEDRO

CEDRO recauda fondos generados por usos específicos de obras (fotocopias, digitalización, etc.) y los distribuye entre autores y editores. Entre los usos gestionados se encuentran:

  • Copias privadas: Uso para fines privados, no profesionales ni comerciales.
  • Copias en universidades: Remuneración por usos de libros y publicaciones periódicas en centros de investigación.
  • Préstamo público: Remuneración por el préstamo de obras en bibliotecas.
  • Agregación de contenidos: Compensación por la agregación de fragmentos de contenidos.
  • Extranjero: Remuneración procedente de entidades extranjeras por el uso de obras españolas.

Derechos de autor sobre cartas y correspondencia

Las cartas, históricamente un canal de comunicación fundamental, hoy encuentran su equivalente en el correo electrónico. La reproducción, distribución, comunicación pública o transformación de cartas y epistolarios requiere la autorización del titular de derechos.

En el ámbito de la correspondencia, pueden concurrir otros derechos como el de intimidad, honor o propia imagen. La divulgación del contenido de una carta privada sin autorización puede vulnerar estos derechos.

Ilustración comparando la correspondencia tradicional (cartas) con la digital (correos electrónicos) y su vinculación con los derechos de autor.

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