En España, todo nacido tiene derecho a tener apellidos y conocer a sus progenitores. Sin embargo, la situación de los hijos no reconocidos fuera del matrimonio plantea interrogantes sobre cómo ejercer este derecho. La filiación, que es la relación de parentesco entre padres e hijos, constituye un estado civil con derechos y obligaciones, regulado por el Código Civil español.
¿Qué es la Filiación y Cómo se Determina?
La filiación se define como el vínculo jurídico que une a padres e hijos. Existen dos tipos principales:
- Filiación por naturaleza: Puede ser matrimonial o no matrimonial.
- Filiación por adopción: Puede ser de menores o mayores de edad.
Ambos tipos de filiación producen los mismos efectos legales desde el momento en que se establecen.
La determinación de la filiación se realiza de diversas maneras:
- Filiación matrimonial: Se determina legalmente por la inscripción del nacimiento junto con el matrimonio de los padres, o por sentencia firme.
- Filiación no matrimonial:
- Por declaración conforme del padre o progenitor no gestante en el Registro Civil al inscribir el nacimiento.
- Por reconocimiento ante el Encargado del Registro Civil, en testamento o en otro documento público.
- Por resolución en expediente tramitado según la legislación del Registro Civil.
- Por sentencia firme.
- En cuanto a la madre o progenitor gestante, se determina al hacerse constar su filiación en la inscripción de nacimiento.
Reclamación de la Paternidad o Filiación
Cuando la filiación no ha sido determinada legalmente, el Código Civil ofrece la herramienta de la acción de reclamación de la filiación, regulada en los artículos 131 y siguientes. Esta acción permite reconocer legalmente el parentesco.
¿Quién Puede Reclamar la Filiación?
Los sujetos legitimados para ejercer la acción de reclamación varían según si la filiación es matrimonial o no matrimonial, y si existe o no posesión de estado.
La posesión de estado se refiere a la apariencia de ser titular de un estado civil determinado, es decir, la apariencia de ser hijo de alguien. La jurisprudencia exige ciertos requisitos para su existencia:
- Nomen: Que el menor utilice los apellidos del presunto progenitor.
- Tractus: Una relación familiar normalizada entre el presunto progenitor y el hijo.
- Fama: Que el entorno social del niño lo considere hijo de los presuntos progenitores.
Considerando la posesión de estado, la acción de reclamación se diferencia:
- Filiación matrimonial y no matrimonial con posesión de estado: Puede reclamar cualquier persona con interés legítimo, salvo que contradiga otra filiación legalmente determinada.
- Filiación matrimonial sin posesión de estado: La acción es imprescriptible y corresponde a cualquiera de los progenitores o al hijo. Si el hijo fallece, la acción corresponde a sus herederos por el tiempo restante.
- Filiación no matrimonial sin posesión de estado: La acción corresponde al hijo durante toda su vida. Sus herederos podrán ejercerla si el hijo fallece en los plazos establecidos. Los progenitores también pueden ejercitar la acción en el plazo de un año desde el conocimiento de los hechos.
Proceso de Reclamación de la Paternidad
Si se le niega la filiación de un hijo, puede acudir a los tribunales. La determinación legal de la filiación por sentencia firme se regula en la Ley de Enjuiciamiento Civil (artículos 764 y siguientes).
El procedimiento judicial se inicia mediante la interposición de una demanda de reclamación de filiación. Es fundamental aportar un principio de prueba de los hechos en los que se fundamenta la demanda para que sea admitida a trámite.
Tras la admisión de la demanda, la parte contraria dispone de 20 días hábiles para contestar. Posteriormente, se celebrará el juicio donde se practicarán y valorarán las pruebas.
En estos juicios, es admisible la investigación de la paternidad mediante toda clase de pruebas, incluidas las biológicas. Las acciones de reclamación e impugnación de paternidad son irrenunciables una vez iniciadas, salvo excepciones.

Requisitos para una Demanda de Paternidad
Para que una demanda de paternidad sea admitida a trámite, es imprescindible aportar un principio de prueba de los hechos en los que se funda la pretensión. Este principio de prueba puede incluir:
- Mensajes, fotografías o testimonios de testigos.
- Documentos que evidencien una relación afectiva o sexual en la época de la concepción.
- Indicios biológicos preliminares.
Es necesaria la asistencia de abogado y procurador (salvo excepciones), y la intervención preceptiva del Ministerio Fiscal.
Prueba de Paternidad Biológica
La prueba más determinante en una reclamación de paternidad es el análisis de ADN, que establece la relación biológica con alta probabilidad. Sin embargo, la paternidad puede declararse incluso sin pruebas biológicas directas, basándose en el reconocimiento (expreso o tácito), la posesión de estado, la convivencia con la madre en la fecha de la concepción, u otros indicios.
El Tribunal Supremo ha dictaminado que la negativa a la práctica de la prueba biológica no puede interpretarse como una confesión presunta, pero sí constituye un indicio cualificado a valorar junto con otros hechos.

Procedimiento y Efectos de la Demanda de Paternidad
El procedimiento se tramita conforme a las especialidades de los procesos sobre filiación de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Tras la presentación de la demanda y el principio de prueba, se da traslado a los demandados y al Ministerio Fiscal. El tribunal puede acordar la práctica de pruebas biológicas.
La negativa injustificada a someterse a pruebas biológicas puede llevar al tribunal a declarar la filiación reclamada, siempre que existan otros indicios.
Una vez confirmada la paternidad mediante sentencia firme, esta se inscribe en el Registro Civil. La declaración de filiación produce efectos personales (apellidos, patria potestad, guarda y visitas) y patrimoniales (obligación de alimentos, derechos sucesorios).
Medidas Cautelares y Efectos de la Filiación
Durante el proceso, el juez puede adoptar medidas cautelares para proteger al menor, asegurar la efectividad de la sentencia y preservar la prueba. Estas pueden incluir:
- Alimentos provisionales.
- Medidas personales (visitas supervisadas, prohibición de salida del país, etc.).
- Pruebas biológicas inmediatas y aseguramiento de muestras.
- Garantías patrimoniales.
- Anotación preventiva de la demanda en el Registro Civil.
Los efectos de la filiación declarada son amplios, abarcando aspectos personales como la determinación de apellidos y patria potestad, y patrimoniales como la obligación de alimentos y los derechos sucesorios.
¿Qué es filiación?
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