La adopción y el acogimiento familiar son dos vías fundamentales para ofrecer un hogar y estabilidad a niños, niñas y adolescentes en situación de vulnerabilidad. Sin embargo, a menudo se confunden sus procesos y objetivos. Este artículo busca aclarar las diferencias entre ambos y detallar los procedimientos implicados.
Diferenciando Conceptos: Acogimiento vs. Adopción
La principal distinción entre el acogimiento familiar y la adopción radica en su duración y finalidad. El acogimiento tiene una duración determinada y su principal objetivo es ayudar al menor, mientras que la adopción es una medida firme e irreversible, estableciendo vínculos legales permanentes entre la familia y el menor, al igual que con hijos e hijas biológicos.
Es importante entender que existen realidades difíciles que exigen la separación de niños, niñas y adolescentes de sus familias de origen. Estos menores sufren maltrato, abandono o negligencias en sus cuidados. Para garantizar su seguridad, son separados de sus familias biológicas.

El Acogimiento Familiar: Un Hogar Temporal
Cuando un menor es separado de su familia, la primera opción es el acogimiento en familia extensa, si algún miembro de su familia (tíos, abuelos, etc.) puede y quiere cuidarlos. Esta es la modalidad de acogimiento familiar más común.
Si no hay nadie de su familia que pueda hacerse cargo, los menores pasan a crecer en un centro de protección. Aunque están bien cuidados, estos niños, niñas y adolescentes necesitan sanar heridas y experimentar una infancia "normal", creciendo en un hogar, aunque sea de manera temporal. Es aquí donde las familias acogedoras juegan un papel crucial.
¿Qué son las Familias Acogedoras?
Las familias acogedoras son familias solidarias que cuidan a estos niños y niñas el tiempo que necesitan mientras su familia biológica no puede hacerlo. La familia acogedora actúa como un "paraguas mientras pasa la tormenta", ya que la idea es que los menores regresen algún día con su familia biológica, si las circunstancias lo permiten. Estos niños y niñas solo quieren que les quieran y sentir que no están solos.
ACOGER ES: ¿Qué son las Familias de Acogida?
Modalidades de Acogimiento Familiar
El sistema de protección a la infancia contempla diversas modalidades de acogimiento para adaptarse a las necesidades específicas de cada menor:
- Acogimiento de Urgencia: Dirigido a niños y niñas menores de 6 años, con una duración no superior a seis meses, mientras se valora la medida de protección familiar más adecuada.
- Acogimiento Temporal: Tiene carácter transitorio. Puede ser porque se prevea la reintegración del niño o niña en su familia de origen, o mientras se adopta una medida de protección de mayor estabilidad (como el acogimiento permanente o la adopción). Su duración máxima es de dos años, salvo prórroga justificada por el interés superior del menor.
- Acogimiento Permanente: Se constituye al finalizar el plazo de dos años de acogimiento temporal si no es posible la reintegración familiar, o en casos donde las circunstancias del niño o niña y su familia así lo aconsejen. Si un menor lleva tiempo en un acogimiento temporal y se propone el permanente, la familia lo cuida hasta la mayoría de edad. Es una modalidad que se da cuando no se prevé que un niño o una niña pueda volver con su familia biológica y la posibilidad de adopción es improbable.
Otras Modalidades de Acogimiento
- Especializado: Se desarrolla en una familia con cualificación, experiencia y formación específica para menores con necesidades o circunstancias especiales, con plena disponibilidad.
- Profesionalizado: Se formaliza en casos de acogimiento familiar especializado donde la familia de acogida cuenta con formación cualificada y experiencia, estableciendo una relación laboral con la Entidad Pública.
- Fines de semana y vacaciones: Dirigido a niños, niñas y adolescentes en acogimiento residencial, con el fin de ofrecer alternativas de ocio y tiempo libre en un ambiente familiar.
En todas las modalidades, la familia acogedora debe asegurar el bienestar psicológico y físico del niño, niña o adolescente, cubriendo sus necesidades y ejerciendo una parentalidad social.
La Adopción: Vínculos Permanentes
La adopción es permanente y se da cuando una persona o una familia desea tener un hijo o una hija, estableciendo con ellos lazos de filiación plena. Se activa en casos como el de un bebé rechazado al nacer, donde se ponen en marcha los mecanismos para que ese bebé vaya en adopción. Mientras se busca a la familia adoptiva, se le informa y se realiza el proceso burocrático, la Ley establece que esos bebés deben estar con una familia de acogida.
Además de los bebés rechazados al nacer, otros menores que, por diversas circunstancias (negligencias en cuidados, abandono, adicciones), son retirados de sus hogares para garantizar su seguridad, también pueden ir a adopción. La decisión de si van a adopción dependerá de cada caso y siempre teniendo en cuenta el interés superior del niño o la niña.
Si un menor es retirado de su familia biológica y no se prevé ni se aconseja su regreso, debería estar con una familia de acogida mientras se realizan los trámites necesarios para que se integre en su familia definitiva, su familia adoptiva. Muchas familias de acogida que han vivido este proceso describen como "maravilloso" poder entregar un hijo o hija a unos padres adoptivos que llevaban tanto tiempo esperando.
Adopción en la Edad Adulta
Aunque menos común, también existe la adopción en la edad adulta, a menudo vinculada a un acogimiento permanente previo.
El Proceso para ser Familia Acogedora
El procedimiento para acoger es mucho más sencillo que el de adopción. Para acoger, solo hay que rellenar una documentación, hacer un breve curso y recibir una valoración psicosocial. Una familia puede obtener la idoneidad para acoger en unos meses. En el acogimiento, no son las familias las que esperan mucho tiempo por un hijo o hija, sino los niños y niñas los que esperan tener una familia que les cuide.
Fases del Proceso de Acogimiento
- Ofrecimiento y Documentación: Las personas interesadas deben presentar su ofrecimiento, indicando los intervalos de edad y las características de los menores que desean acoger, junto con la documentación requerida.
- Valoración de Idoneidad: Tras recibir la información inicial, se lleva a cabo una fase de formación obligatoria. Posteriormente, se valora si las familias son adecuadas para acoger, de acuerdo con la normativa. Si la valoración es favorable, se indicarán las características de los niños y niñas que podrán integrarse. La declaración de idoneidad, con una vigencia de tres años, se inscribe en el Registro correspondiente. Las personas interesadas tienen la obligación de comunicar cambios en su situación personal y familiar.
- Selección y Acoplamiento: Una vez realizada la selección, se ofrece a la familia acogedora la información disponible sobre el menor o grupo de hermanos, y las condiciones del acogimiento propuesto, solicitando su aceptación. A partir de este momento, comienza el acoplamiento, una fase previa a la formalización donde, a través de encuentros y salidas, el menor y la familia se conocen y adaptan mutuamente. Este periodo es crucial para facilitar la vinculación.
- Seguimiento y Apoyo: Una vez constituido el acogimiento familiar, los equipos técnicos de los Servicios de Gestión para la Adopción y el Acogimiento Familiar (SAAF) realizan un seguimiento periódico a través de entrevistas, visitas domiciliarias y coordinación con servicios sociales, sanitarios y educativos. Proporcionan el asesoramiento y apoyo necesarios durante todo el proceso.
- Prestación Extraordinaria: Existe una prestación económica dirigida a sufragar gastos específicos no cubiertos por el sistema asistencial público, como ortodoncia o fisioterapia.

El Compromiso del Acogimiento Familiar
El acogimiento familiar es una medida de protección necesaria y muy beneficiosa para los niños y niñas acogidos. Implica un compromiso de las familias, incluyendo el aceptar y facilitar las relaciones del menor con su familia de origen, especialmente con hermanos y hermanas. Profesionales con experiencia acompañan y apoyan a los niños, niñas y sus familias de acogida durante todo el proceso.
El objetivo general del acogimiento es cumplir el derecho del menor a crecer en una familia, respondiendo a sus necesidades físicas, emocionales, cognitivas y sociales, manteniendo como horizonte el retorno con su familia de origen cuando sea posible. Además, se compromete a cumplir su derecho a conservar los vínculos con sus progenitores, familiares y allegados mediante contactos y visitas. La duración del acogimiento dependerá de cada situación, hasta que mejoren las circunstancias que motivaron la separación, hasta que se proponga una solución estable o hasta que el menor alcance la mayoría de edad o emancipación.
Cruz Roja en el Fomento del Derecho a Vivir en Familia
El proyecto de Acogimiento Familiar de Cruz Roja se enmarca en los servicios que ofrece para hacer frente a las necesidades de la infancia en dificultad. Este proyecto refuerza el carácter voluntario de la organización. El compromiso social y el sentido de gratuidad y voluntariedad de las familias acogedoras conectan directamente con su filosofía solidaria.
Cruz Roja Española colabora, desarrolla y gestiona el proyecto de Acogimiento Familiar desde hace más de 30 años con el apoyo y financiación del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, la Dirección General de Derechos de la Infancia y Adolescencia, y las Administraciones Territoriales competentes. Se trata de un modelo mixto de gestión entre iniciativa pública e iniciativa social, donde trabajan personal de Cruz Roja y de los Servicios Territoriales de Protección a la Infancia.
Apoyo Proporcionado por Cruz Roja
Cruz Roja proporciona apoyo en todas las fases del acogimiento familiar:
- Sensibilización, Información y Orientación.
- Formación en conocimientos y habilidades.
- Estudio y Valoración de las capacidades de las personas interesadas en acoger.
- Apoyo en la preparación a la familia de acogida para formalizar el acogimiento.
- Soporte técnico de carácter psicológico, social y educativo: las familias acogedoras reciben una atención individualizada, grupal y comunitaria de carácter continuado durante el tiempo que dura la medida y tras su finalización.
Actualmente, el proyecto de Acogimiento Familiar de Cruz Roja se lleva a cabo en 6 Comunidades Autónomas y 20 provincias, incluyendo Andalucía (Almería, Granada, Málaga y Jaén), Cataluña (Barcelona), Castilla y León, Galicia, La Rioja y Murcia.