La defensa de los derechos sexuales y reproductivos ha sido una prioridad para diversas organizaciones internacionales durante años. Aunque se han logrado avances significativos, muchos de estos derechos continúan sin plena operatividad. La decisión de revocar
Marco jurídico internacional del derecho al aborto

El derecho al aborto es un derecho humano fundamental, arraigado en el derecho internacional. Es un corolario de derechos esenciales como la intimidad, la autodeterminación, la autonomía corporal y la integridad, reconocidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos y protegidos por el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como por varios convenios regionales. Además, el aborto es una forma de atención médica, y su denegación puede considerarse una violación del derecho a la salud.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) subraya que "las leyes y políticas sobre el aborto deben proteger la salud y los derechos humanos de las mujeres". Los órganos de tratados de la ONU han reiterado que negar el acceso al aborto cuando la vida o la salud de la mujer están en peligro, o cuando el embarazo es resultado de violación o incesto, viola el derecho a la salud y a la intimidad. Un ejemplo concreto es el Protocolo de Maputo (2003) de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, que reconoce el aborto como un derecho humano.
Situación global del derecho al aborto

El derecho al aborto goza de una protección desigual en el mundo. La prohibición total es una excepción, pero muchos estados, principalmente en América Latina, África, Oriente Medio y Asia, limitan el aborto a casos de peligro para la salud o la vida de la persona embarazada.
- En el África subsahariana, se producen 6,2 millones de abortos inseguros cada año, causando al menos 15.000 muertes evitables.
- El 97% de las mujeres en edad fértil de América Latina viven en un estado con leyes restrictivas sobre el aborto.
Casos específicos y restricciones
Estados Unidos: Revocación de Roe contra Wade y sus consecuencias

La decisión del Tribunal Supremo de EE.UU. en junio de 2022, que anuló
Polonia: Legislación restrictiva y desafíos legales

Polonia es uno de los países europeos con una legislación más restrictiva. Desde una sentencia del Tribunal Constitucional en octubre de 2020, que ilegalizó el aborto en casos de embarazo inviable, solo se permite cuando la vida o la salud de la mujer corren peligro, o en caso de violación o incesto. Esta decisión fue criticada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y la Comisión Europea, quienes señalaron la falta de independencia del Tribunal Constitucional polaco. Doce mujeres presentaron demandas ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos por violaciones de sus derechos.
Senegal: Penalización y encarcelamiento
En Senegal, el Código Penal condena a las mujeres que practican abortos clandestinos a penas de hasta dos años de prisión. Esta prohibición también lleva a que las mujeres que abortan sean procesadas por infanticidio, delitos que explican el 38% de la población penitenciaria femenina en el país. El personal médico que realiza abortos también se enfrenta a penas de prisión.
Movimientos antiderechos y sus estrategias
La prohibición del aborto suele ser la principal reivindicación de los movimientos antiderechos (también conocidos como antigénero y antifeministas), que justifican su postura con una relectura del derecho a la vida que otorgaría protección al "niño" o "niña" antes de nacer. Esta interpretación, contraria al derecho internacional, se apoya en documentos como la Declaración de Ginebra, promovida por la administración Trump y apoyada por estados conservadores como Brasil, Egipto, Uganda, Hungría y Polonia. Es crucial destacar que este es un documento puramente declarativo y sin valor jurídico.
- En Polonia, la asociación ultraconservadora
Ordo Iuris fue instrumental en la decisión del Tribunal Constitucional de 2020. - Estos movimientos, a menudo minoritarios, intentan revertir los derechos humanos a pesar de la desaprobación de la opinión pública. Encuestas muestran que la mayoría de la población en Estados Unidos y a nivel global apoya el aborto.
Avances recientes en la protección del derecho al aborto
Especial: situación del aborto en América Latina, ¿cuáles son los desafíos?
A pesar de los retrocesos en algunos lugares, también se han logrado importantes avances en la protección del derecho al aborto en otras regiones:
- En Irlanda, la liberalización del aborto tras el referéndum de 2018 marcó una victoria histórica.
- El estado mexicano de Oaxaca legalizó el aborto durante las primeras 12 semanas de embarazo en 2019, siendo el segundo estado de México en hacerlo. Actualmente, el procedimiento está permitido en 9 de los 32 estados de México.
- En diciembre de 2020, Argentina legalizó completamente el aborto, que antes solo se permitía en casos de violación o por motivos de salud.
- Benín amplió considerablemente los motivos para recurrir al aborto con una ley de 2021.
- En 2021, San Marino despenalizó completamente el aborto hasta las doce semanas de gestación.
- Francia, en 2024, se convirtió en el primer país del mundo en incluir explícitamente el aborto como libertad garantizada en su Constitución.
Obstáculos para el acceso efectivo al aborto, incluso donde es legal
La legalización del aborto por sí sola no garantiza el acceso efectivo al mismo. Existen numerosos obstáculos técnicos y de procedimiento:
- En Irlanda del Norte, a pesar de la legalización del aborto en 2019, la falta de implementación de servicios impide el acceso efectivo.
- En Chile, aunque el aborto es legal en casos específicos, el 97% de las mujeres no tienen acceso, debido en parte a la "cláusula institucional de objeción de conciencia".
Objeción de conciencia y sus efectos
Las cláusulas de objeción de conciencia, que permiten eximir a profesionales sanitarios de realizar actos contrarios a sus convicciones, pueden ser un obstáculo significativo si no están adecuadamente reguladas. La objeción de conciencia institucional, como en Chile, permite que una institución, en lugar de un individuo, se niegue a realizar abortos, afectando gravemente el acceso.
En España, a pesar de que la ley establece que el aborto debe realizarse en la red sanitaria pública, la mayoría (8 de cada 10) se lleva a cabo en centros privados. Esto se debe, en gran parte, a la falta de un mecanismo efectivo para garantizar el acceso en casos de objeción de conciencia del personal médico. La Ley Orgánica 1/2023 introdujo la obligación de crear registros de personal sanitario objetor para planificar la prestación, pero un año después de su entrada en vigor, solo cinco comunidades autónomas contaban con dicho registro.
En la Guayana Francesa, 14 ginecólogos del hospital público de Cayena se han acogido a la objeción de conciencia, lo que obliga a las personas a recurrir a abortos farmacológicos ofrecidos por médicos o enfermeras no hospitalarios, limitando el acceso al aborto quirúrgico.
Desigualdades territoriales y socioeconómicas
Las estadísticas nacionales y territoriales revelan desigualdades. En Francia, la media de abortos en los departamentos de ultramar es el doble que en la Francia continental, a pesar de que el acceso puede ser más difícil en esos territorios.
La desigualdad socioeconómica también juega un papel crucial. Muchas mujeres, especialmente las que viven en la pobreza o en zonas rurales, no pueden costearse los viajes necesarios para acceder a servicios de aborto seguros en otros lugares donde las leyes son menos restrictivas.
Importancia de la despenalización y el acceso al aborto seguro

Restringir o prohibir el aborto no elimina la necesidad de abortar, sino que pone en peligro la vida de las personas afectadas. No existen diferencias estadísticas significativas en las tasas de aborto entre estados que lo penalizan y los que no: la tasa es de 37 por cada 1.000 personas en países con prohibiciones totales o restricciones severas, y de 34 por cada 1.000 personas en países donde el aborto está ampliamente permitido. La OMS estima que seis de cada diez embarazos imprevistos terminan en aborto, representando aproximadamente el 30% del total de embarazos a nivel mundial.
Obligar a una mujer a continuar con su embarazo o a buscar un método de aborto inseguro constituye una violación de sus derechos humanos, incluyendo el derecho a la vida, la salud, la intimidad, la autonomía y la no discriminación. La atención integral del aborto, que incluye información, la práctica del aborto y atención posterior, es una intervención sencilla y segura cuando se realiza con métodos recomendados por la OMS y por profesionales capacitados.
Consecuencias del aborto inseguro
Alrededor del 45% de los abortos se realizan en condiciones de riesgo. El aborto peligroso es una causa importante y prevenible de morbimortalidad materna, con complicaciones físicas y psíquicas. Los riesgos incluyen aborto incompleto, hemorragias, infecciones, perforación uterina y daños en órganos internos.
La imposibilidad de acceder a una asistencia de calidad para el aborto infringe varios derechos humanos de las mujeres y las niñas, afectando su bienestar físico y psicológico durante toda la vida. Además, tiene un costo económico significativo para los sistemas de salud y para los hogares, mientras que la legalización del aborto se ha relacionado con mejoras en la educación de las mujeres, su participación en el mercado laboral y el crecimiento del PIB.
La propuesta de consagrar el derecho al aborto en la Constitución
La experiencia, como la revocación de
- En Francia, la mayoría parlamentaria propuso introducir el derecho al aborto en la Constitución para blindarlo frente al ascenso de la extrema derecha.
- En el ámbito de la UE, el Parlamento Europeo ha votado simbólicamente la inclusión del derecho fundamental al aborto en la Carta de Derechos Fundamentales de la UE.
- Varios estados de Estados Unidos, como California y Nueva Jersey, han propuesto consagrar el derecho al aborto en sus constituciones como reacción a la anulación de
Roe contra Wade . - Algunos estados, como Kenia, han modificado sus constituciones para permitir el aborto en casos específicos, aunque sigue siendo excepcional.